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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SALUD SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN

Disposición 54/2020

DI-2020-54-APN-SSCRYF#MS

Ciudad de Buenos Aires, 30/03/2020

VISTO el Expediente N° EX-2018--25453071-APN-DNCSSYRS#MS del registro del MINISTERIO DE SALUD, las Leyes N° 17.132, el Decreto Nº 3216/67, la Ley Nº 23.873, los Decretos PEN N° 10/2003 y N° 587/2004, las Resoluciones Ministeriales N° 1814/2015 y N° 1448-E/2016, y;

CONSIDERANDO:

Que el ordenamiento racional, la planificación y distribución de los Recursos Humanos en Salud son un componente central de las políticas de Recursos Humanos en Salud.

Que la Ley N° 17.132, su modificatoria la Ley N° 23.873 y sus Decretos reglamentarios determinan las alternativas de requerimientos que un profesional médico debe cumplir para anunciarse como especialista en una especialidad determinada.

Que las especialidades médicas reconocidas fueron armonizadas con las jurisdicciones provinciales y aprobadas por la Resolución Ministerial N° 1814/2015.

Que entre dichas especialidades médicas se encuentra la especialidad de NEUROLOGÍA.

Que mediante la Resolución Ministerial N° 2082/10 se ha reconocido a la SOCIEDAD NEUROLÓGICA ARGENTINA como entidad científica certificante de la especialidad de NEUROLOGÍA.

Que la Resolución Ministerial Nº 1448-E/2016 establece la necesidad de las entidades científicas de adecuarse al procedimiento de reconocimiento aprobado por ANEXO IF-2016-00500122-APN-DNRSCSS#MS.

Que la SOCIEDAD NEUROLÓGICA ARGENTINA como entidad científica certificante de la especialidad de NEUROLOGÍA ha cumplimentado con los requisitos establecidos en dicho procedimiento.

Que las modalidades de certificación que ha informado la entidad concuerdan con lo establecido por la Ley Nº 17.132, leyes modificatorias, complementarias y sus respectivas reglamentaciones.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO ha analizado que la formación propuesta por la entidad certificante cumple con los estándares de una formación de postgrado, sin perjuicio de realizar propuestas de mejora que son incorporadas en este acto administrativo.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE CALIDAD EN SERVICIOS DE SALUD Y REGULACIÓN SANITARIA y la DIRECCION NACIONAL DE HABILITACIÓN, FISCALIZACIÓN Y SANIDAD DE FRONTERAS han tomado la intervención correspondiente.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que se actúa conforme a lo dispuesto en el Artículo 4° de la Resolución Ministerial Nº 1448-E/2016.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN

DISPONE:

Artículo 1°.- Renuévase el reconocimiento de la SOCIEDAD NEUROLÓGICA ARGENTINA como entidad científica certificante de la especialidad de NEUROLOGÍA.

Artículo 2°.- El reconocimiento dispuesto por el artículo anterior tendrá una duración de CINCO (5) años a partir de la publicación de la presente y deberá ser renovado con los mismos requerimientos con un mínimo de TREINTA (30) días previo a su vencimiento, acorde lo dispuesto por la Resolución Ministerial N° 1448-E/2016.

Artículo 3°.- Encomiéndase a la SOCIEDAD NEUROLÓGICA ARGENTINA en función a la modalidad de la certificación de la entidad que:

a. Si bien se enumeran las áreas de competencia que el alumno debe adquirir al finalizar el curso, se recomienda que en el programa presentado se especifiquen los contenidos de la parte práctica, sus contenidos, como así también cuales de estos se asocian a la parte teórica y asimismo se indique con precisión cómo se articula el curso con la residencia o concurrencia que realiza el profesional en la especialidad de Neurología.

b. También se estima conveniente estructurar los objetivos y contenidos discriminados por año de curso, detallando las prácticas y procedimientos que el especialista debería adquirir en cada uno de los módulos.

c. Se sugiere utilizar como recurso para la elaboración de futuras ediciones del programa la “Guía para el desarrollo de la evaluación del desempeño en las residencias del equipo de Salud” y la “Guía para el desarrollo de la evaluación del desempeño en las residencias del equipo de salud” de la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO.

d. Se recomienda asimismo que en lo sucesivo, de cumplimiento con lo establecido por la Resolución Nº 2643/19 dictada por el entoces MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA modificatoria de la Resolución Ministerial Nº 160/11.

e. La incorporación de las mejoras enumeradas previamente será evaluada al momento de renovar nuevamente el reconocimiento de la entidad.

Artículo 4°.- Encomiéndese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE HABILITACIÓN, FISCALIZACIÓN Y SANIDAD DE FRONTERAS a otorgar la autorización para anunciarse como especialistas en NEUROLOGÍA a los profesionales médicos que presenten una certificación de la especialidad extendida por la SOCIEDAD NEUROLÓGICA ARGENTINA en los términos que su reglamentación interna lo contempla.

Artículo 5°.- Todo cambio en los mecanismos de certificación extendida por la entidad deberá ser previamente autorizado por este MINISTERIO. Este incumplimiento dará lugar a la revocación del presente reconocimiento.

Artículo 6°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dase a DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese.

Judit Marisa Díaz Bazán

e. 13/04/2023 N° 24183/23 v. 13/04/2023

Fecha de publicación 13/04/2023