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3 de Mayo de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - ADUANA COLÓN

“-----Se pone en conocimiento del Sr. Lucio Carabelli (D.N.I. 18.138.831), que en el marco de la Actuación 17549-51-2019/23 (013-SC-80-2020/2), se ha resuelto CONDENARLO, por ser considerado autor material de la infracción prevista y penada en el art. 970 apartados 1 y 2 del Código Aduanero (Ley Nº 22.415), al pago de una MULTA igual a UNA (01) vez el importe de los tributos que gravan la importación para consumo del vehículo objeto del ilícito (VW Fusca 1300 chasis Nº B8553612), equivalente a Pesos Setenta y Cinco Mil Quinientos Cincuenta y Nueve con Sesenta y Tres Centavos ($75.559,63), con más otra MULTA SUSTITUTIVA DE LA PENA DE COMISO de dicho rodado, por no poder el mismo ser aprehendido (conf. art. 922 del C.A.), la cual resulta coincidente con su valor en plaza, es decir Pesos Ciento Cincuenta y Un Mil Setecientos Cuarenta con Trece Centavos ($151.740,13), arrojando entonces en conjunto ambas multas aplicadas la suma total de PESOS DOSCIENTOS VEINTISIETE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON SETENTA Y SEIS CENTAVOS ($227.299,76-.) Asimismo se CONFIRMA la liquidación tributaria de Dólares Estadounidenses Cinco Mil Cuatrocientos Cincuenta y Cinco con Dieciocho Centavos (u$s5.455,18) en concepto de derechos de importación adeudados (conf. art. 274 del Código Aduanero-.) Se PONE en conocimiento del nombrado que de no abonar el importe de los tributos y de las multas impuestas dentro de los QUINCE (15) DÍAS de quedar ejecutoriada esta resolución, se dará inicio al procedimiento de ejecución de conformidad con lo previsto por los arts. 1122, siguientes y concordantes del Código Aduanero (Ley Nº 22.415-.) Se HACE SABER al condenado que contra el presente pronunciamiento podrá interponer, en forma optativa, recurso de apelación ante el Tribunal Fiscal de la Nación o demanda contenciosa ante la Justicia Federal, dentro del plazo de quince (15) días hábiles a contar desde la publicación del presente acto, en los términos de los arts. 1132 y 1133 del Código Aduanero (Ley Nº 22.415) Firmado: Hugo Ramón MARSILLI – Administrador Aduana de Colón - Aduana de Colón sita en Alejo Peyret 114 – COLÓN – ENTRE RÍOS”.

Marcelo Alejandro Molina, Empleado Administrativo, Sección Económica Financiera.

e. 14/04/2023 N° 24837/23 v. 14/04/2023

Fecha de publicación 14/04/2023