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Legislación y Avisos Oficiales
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MINISTERIO DEL INTERIOR

Resolución 65/2023

RESOL-2023-65-APN-MI

Ciudad de Buenos Aires, 19/04/2023

VISTO el Expediente N° EX-2022-139187267- -APN-DGDYL#MI, la Ley N° 19.945 (t.o. por el Decreto Nº 2135 del 18 de agosto de 1983) y sus modificatorias y la Disposición N° 5 de fecha 10 de marzo 2023 de la Dirección Nacional Electoral, y

CONSIDERANDO:

Que por el Documento N° OJ-2022-139187412-APN-DEYCE#MI se importó al Sistema GEDO el Oficio Judicial que contiene el Expediente “S” 48/2022 caratulado “Registro Nacional de Divisiones Electorales s/distrito ENTRE RÍOS s/modificación de circuitos 81 y 83 (sección electoral 4 -Diamante-)”, remitido por la CÁMARA NACIONAL ELECTORAL.

Que se ha puesto en conocimiento de la propuesta en trámite a todos los partidos políticos reconocidos en el distrito pertinente.

Que a través de la Resolución N° 48 de fecha 30 de agosto de 2022, la CÁMARA NACIONAL ELECTORAL resolvió aprobar el proyecto de modificación de los circuitos 81 y 83, correspondientes a la sección electoral 4 (Diamante), distrito ENTRE RIOS.

Que mediante la Disposición N° 5/23 de la Dirección Nacional Electoral se ordenó la publicación en el Boletín Oficial de la REPÚBLICA ARGENTINA, por el plazo de DOS (2) días, del Extracto del Informe Técnico N° IF-2022-139205520-APN-DEYCE#MI elaborado por la Dirección de Estadística y Cartografía Electoral, dependiente de la Dirección Nacional Electoral, encontrándose cumplido lo ordenado en el inciso 2, del artículo 40 del Código Electoral Nacional aprobado por la Ley Nº 19.945 (t.o. por el Decreto Nº 2135 del 18 de agosto de 1983) y sus modificatorias, en cuanto se refiere a la publicación del respectivo informe técnico.

Que agotado el plazo allí dispuesto y no habiéndose verificado observaciones a la propuesta en trámite, corresponde aprobar el proyecto de modificación de los circuitos 81 y 83, correspondientes a la sección electoral 4 (Diamante), distrito ENTRE RIOS.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha intervenido en el ámbito de sus competencias.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas en el inciso 3 del artículo 40, del Código Electoral Nacional aprobado por la Ley Nº 19.945 (t.o. por el Decreto Nº 2135 del 18 de agosto de 1983) y sus modificatorias.

Por ello,

EL MINISTRO DEL INTERIOR

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase la modificación de los circuitos 81 y 83, correspondientes a la sección electoral 4 (Diamante), distrito ENTRE RIOS, elaborada por el Juzgado Federal con Competencia Electoral de la Provincia de ENTRE RIOS, en el marco del Expediente “S” 48/2022 caratulado “Registro Nacional de Divisiones Electorales s/distrito ENTRE RÍOS s/modificación de circuitos 81 y 83 (sección electoral 4 -Diamante-)” remitido por la CÁMARA NACIONAL ELECTORAL.

ARTÍCULO 2º.- Procédase a la actualización de la información cartográfica pertinente por medio de la Dirección de Estadística y Cartografía Electoral, dependiente de la Dirección Nacional Electoral de la SECRETARÍA DE ASUNTOS POLÍTICOS de este Ministerio.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Eduardo Enrique de Pedro

e. 21/04/2023 N° 27342/23 v. 21/04/2023

Fecha de publicación 21/04/2023