Edición del
30 de Abril de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN

Decisión Administrativa 330/2023

DECAD-2023-330-APN-JGM - Adscripción.

Ciudad de Buenos Aires, 21/04/2023

VISTO el Expediente N° EX-2022-45140443-APN-DD#ME y el Decreto Nº 639 del 18 de abril de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto tramita la solicitud de adscripción efectuada por la HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN de la agente Laura Carina DELAMER, quien revista en un cargo de la planta permanente del INSTITUTO NACIONAL DE FORMACIÓN DOCENTE, organismo desconcentrado del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, Nivel B, Grado 9, Agrupamiento Profesional, Tramo Intermedio del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios.

Que la referida solicitud obedece a la necesidad de contar con la colaboración de la mencionada agente para realizar diversas tareas de asesoría técnico profesional sobre las iniciativas legislativas trabajadas en la comisión de Educación.

Que la presente medida no implica menoscabo moral ni económico alguno para la citada agente, quien ha prestado su conformidad a la presente medida.

Que ha tomado intervención el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE EDUCACIÓN.

Que la presente medida se dicta en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 100, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y de lo dispuesto en el Anexo I, apartado 4 del Decreto N° 639 del 18 de abril de 2002.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1°- Adscríbese a la HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN, por el término de TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días contados a partir del dictado de la presente medida, a la agente Laura Carina DELAMER (D.N.I. Nº 21.702.474), quien revista en un cargo de la planta permanente del INSTITUTO NACIONAL DE FORMACIÓN DOCENTE, organismo desconcentrado del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, Nivel B - Grado 9, Agrupamiento Profesional, Tramo Intermedio, del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios.

ARTÍCULO 2°- Establécese que la agente mencionada en el artículo 1° de la presente medida deberá acreditar su prestación de servicios en forma fehaciente y mensual ante la DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS del MINISTERIO DE EDUCACIÓN mediante certificación extendida por la máxima autoridad del organismo de destino, caso contrario se procederá a la retención de sus haberes.

ARTÍCULO 3°- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Agustín Oscar Rossi - Jaime Perczyk

e. 24/04/2023 N° 28027/23 v. 24/04/2023

Fecha de publicación 24/04/2023