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Primera sección


MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - DIRECCIÓN DE NORMATIVA LABORAL

Disposición 211/2023

DI-2023-211-APN-DNL#MT

Ciudad de Buenos Aires, 10/03/2023

VISTO el EX-2021-57584514- -APN-DGD#MT del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o.1976) y sus modificatorias, la RESOL-2022-273-APN-ST#MT, y

CONSIDERANDO:

Que en el IF-2021-70033650-APNDTD#JGM del EX-2021-57584514- -APN-DGD#MT, obra la escala salarial que integra el acuerdo homologado por el artículo 1° de la Resolución citada en el visto y registrado bajo el Nº 940/22, celebrado entre el SINDICATO GRAN BUENOS AIRES DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS, por la parte sindical, y la AGENCIA DE PLANIFICACIÓN, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 992/08 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que en el IF-2021-70033650-APNDTD# JGM del EX-2021-57584514- -APN-DGD#MT, obra la escala salarial que integra el acuerdo homologado por el artículo 2° de la Resolución citada en el visto y registrado bajo el Nº 941/22, celebrado entre el SINDICATO GRAN BUENOS AIRES DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS, por la parte sindical, y la AGENCIA DE PLANIFICACIÓN, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 992/08 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que en la referida Resolución también se dispuso evaluar la procedencia de establecer los promedios de las remuneraciones para, en caso de corresponder, fijar los topes previstos en el segundo párrafo del Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que en cumplimiento de lo dispuesto se emitió en estas actuaciones el correspondiente informe técnico al cual se remite en orden a la brevedad, donde se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para la determinación del promedio mensual de remuneraciones y del tope indemnizatorio resultante.

Que la presente se dicta en orden a lo establecido en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y por delegación efectuada por Disposición DI-2021-288-APN-DNRYRT#MT, prorrogada por su similar DI-2022-3730-APN-DNRYRT#MT, conforme a la Resolución RESOL-2021-301-APN-MT.

Por ello,

EL DIRECTOR DE NORMATIVA LABORAL

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Fíjanse los importes promedio de las remuneraciones de los cuales surgen los topes indemnizatorios, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, derivados del acuerdo homologado por el artículo 1° de la RESOL-2022-273-APN-ST#MT y registrado bajo el número Nº 940/22 conforme a lo detallado en el archivo embebido que, como ANEXO I DI-2023-26544360-APN-DNRYRT#MT forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2º.- Fíjanse los importes promedio de las remuneraciones de los cuales surgen los topes indemnizatorios, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, derivados del acuerdo homologado por el artículo 2° de la RESOL-2022-273-APN-ST#MT y registrado bajo el número Nº 941/22 conforme a lo detallado en el archivo embebido que, como ANEXO II DI-2023-26543087-APN-DNRYRT#MT forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 3º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Subsecretaría de Gestión Administrativa para la intervención correspondiente. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin de que se registren los importes promedio de las remuneraciones fijados por este acto y los topes indemnizatorios resultantes. Cumplido, procédase a la guarda correspondiente.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Jorge Pablo Titiro

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 24/04/2023 N° 27512/23 v. 24/04/2023

Fecha de publicación 24/04/2023