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SERVICIO EXTERIOR

Decreto 242/2023

DCTO-2023-242-APN-PTE - Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en Japón.

Ciudad de Buenos Aires, 28/04/2023

VISTO el Expediente N° EX-2023-15664578-APN-DGD#MRE, la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que, oportunamente, el Gobierno de JAPÓN concedió el plácet de estilo al señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario Rubén Eduardo Miguel TEMPONE para su designación como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República ante dicho Estado.

Que por el Expediente citado en el Visto tramita el traslado desde el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO a la Embajada de la República en JAPÓN del señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario Rubén Eduardo Miguel TEMPONE, designándolo Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en JAPÓN.

Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y PLANIFICACIÓN EXTERIOR del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO ha intervenido en el ámbito de su competencia.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se encuentra facultado para disponer en la materia, de acuerdo con las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Trasládase desde el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO a la Embajada de la República en JAPÓN al señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario Rubén Eduardo Miguel TEMPONE (D.N.I. N° 13.176.579).

ARTÍCULO 2°.- Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en JAPÓN al señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario Rubén Eduardo Miguel TEMPONE.

ARTÍCULO 3°.- Los gastos que demande el cumplimiento del presente decreto se imputarán a las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

FERNÁNDEZ - Agustín Oscar Rossi - Santiago Andrés Cafiero

e. 02/05/2023 N° 30629/23 v. 02/05/2023

Fecha de publicación 02/05/2023