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SERVICIO EXTERIOR

Decreto 240/2023

DCTO-2023-240-APN-PTE - Desígnase Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de la República en la República de Rwanda.

Ciudad de Buenos Aires, 28/04/2023

VISTO el Expediente Nº EX-2023-12915148-APN-DGD#MRE, la Ley del Servicio Exterior de la Nación Nº 20.957 y sus modificatorias y el Decreto N° 841 del 9 de diciembre de 2021, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 841/21 se dispuso el traslado desde el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO a la Embajada de la República en la REPÚBLICA DE KENIA de la entonces Ministra Plenipotenciaria de Segunda Clase Gabriela MARTINIC, y se la designó Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de la República ante dicho Estado.

Que, oportunamente, el Gobierno de la REPÚBLICA DE RWANDA concedió el plácet de estilo para la designación de la citada funcionaria como Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de la República ante el citado país.

Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y PLANIFICACIÓN EXTERIOR del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO ha intervenido en el ámbito de su competencia.

Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se halla facultado para disponer en la materia de acuerdo con las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Desígnase Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de la República en la REPÚBLICA DE RWANDA a la señora Ministra Plenipotenciaria de Primera Clase Gabriela MARTINIC (D.N.I. N° 20.206.218), sin perjuicio de sus actuales funciones como Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de la República en la REPÚBLICA DE KENIA.

ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será imputado a las partidas presupuestarias específicas de la Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

FERNÁNDEZ - Agustín Oscar Rossi - Santiago Andrés Cafiero

e. 02/05/2023 N° 30627/23 v. 02/05/2023

Fecha de publicación 02/05/2023