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Legislación y Avisos Oficiales
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JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA

Resolución 165/2023

RESOL-2023-165-APN-SEDRONAR#JGM

Ciudad de Buenos Aires, 28/04/2023

VISTO el Expediente N° EX-2023-47757301-APN-CGDS#JGM, la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438 del 12 de marzo de 1992 y sus modificatorias), los Decretos Nros. 101 del 16 de enero de 1985, Nº 50 del 19 de diciembre de 2019, Nº 51 del 10 de enero de 2020 y Nº 606 de fecha 20 de julio de 2020, la Decisión Administrativa N° 1865 del 14 de octubre de 2020 y la Resolución N° RESOL-2023-71-APN-SEDRONAR#JGM del 1° de Marzo de 2023, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 11 del Decreto de Necesidad de Urgencia Nº 7/19 transfiere de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS los créditos presupuestarios, bienes, personal con sus cargos y dotaciones vigentes a la fecha.

Que por el Decreto Nº 50/19 se aprueba el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y, asimismo, las misiones y funciones de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA y sus respectivas Subsecretarías.

Que por el Decreto Nº 606/20 se sustituyeron, del ANEXO II -Objetivos- aprobado por el artículo 2º del Decreto Nº 50/19 y sus modificatorios, en el Apartado V, JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, los Objetivos de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA y de sus dependientes Subsecretarías, por los obrantes en la PLANILLA ANEXA (IF-2020-38974984-APN-DNDO#JGM) que forma parte integrante del citado Decreto.

Que la Decisión Administrativa N° 1865/20 aprueba la estructura organizativa del primer y segundo nivel operativo de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA.

Que de acuerdo a la norma citada supra, es competencia de la DIRECCIÓN NACIONAL DE ATENCIÓN CRÍTICA dependiente de la SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN Y ACOMPAÑAMIENTO EN MATERIA DE DROGAS establecer una red de los centros de internación, dispositivos ambulatorios y consultorios externos en coordinación con el MINISTERIO DE SALUD y las áreas correspondientes de la Administración Pública Nacional, Provincial y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de acuerdo con los lineamientos establecidos por la Secretaría, definiendo los protocolos de intervención dispuestos por la Ley de Salud Mental N° 26.657, así como también, planificar e implementar un sistema de atención inmediata, derivación y acompañamiento integral para las personas que atraviesen situaciones de consumo problemático.

Que el inciso g) del artículo 1° del Decreto Nº 101/85 delega en los señores Ministros, Secretarios ministeriales y Secretarios y Jefe de la Casa Militar de la Presidencia de la Nación, la facultad para resolver sobre los asuntos de su jurisdicción relativos a las contribuciones y subsidios, incluidas becas, con cargo a las partidas presupuestarias correspondientes a la administración central, cuentas especiales y organismos descentralizados de su jurisdicción, con intervención del Ministerio de Salud y Acción Social, cuando corresponda, de acuerdo con la Ley N° 17.502 y sus modificatorias.

Que por la Resolución N° RESOL-2023-71-APN-SEDRONAR#JGM se aprobó el “PROGRAMA DE SUBSIDIOS PARA EL ABORDAJE INTEGRAL DE PERSONAS CON CONSUMO PROBLEMATICOS”.

Que, por el Artículo 11 de la Resolución citada, se aprobaron los “ARANCELES PRESTACIONALES EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE SUBSIDIOS PARA EL ABORDAJE INTEGRAL DE PERSONAS CON CONSUMO PROBLEMÁTICOS”, que como ANEXO VIII forma parte integral de la citada medida.

Que desde la DIRECCIÓN NACIONAL DE ATENCIÓN CRÍTICA, mediante el Informe Técnico N° IF-2023-48034883-APN-DNAC#JGM, se ha sugerido disponer un incremento a partir del 1° de Abril de 2023, respecto a los aranceles máximos aprobados por la Resolución Nº RESOL-2023-71-APN-SEDRONAR#JGM para cada Categoría y modalidad prestacional prevista, conforme el detalle contenido en el ANEXO I (IF-2023-48025659-APN-DNAC#JGM).

Que, de acuerdo a los fundamentos expuestos por la citada Dirección Nacional, y en virtud del incremento de los costos fijos y otras variables que integran el presupuesto de las Instituciones Prestadoras adheridas al “PROGRAMA DE SUBSIDIOS PARA EL ABORDAJE INTEGRAL DE PERSONAS CON CONSUMO PROBLEMATICOS”, suscitados desde la última actualización dispuesta, es preciso disponer un nuevo aumento de los aranceles reconocidos en concepto de los servicios prestados con el objetivo de fortalecer las acciones que desarrollan y evitar una merma en la calidad de la prestación que ofrecen.

Que, lo indicado precedentemente, también se enmarca en el objetivo de posibilitar el adecuado financiamiento de las intervenciones que realizan estos establecimientos, procurando una mejora integral en términos de calidad prestacional, así como también, propender a la profundización de las estrategias dispuestas por este Organismo en torno a la asistencia en materia de los consumos problemáticos.

Que la SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN Y ACOMPAÑAMIENTO EN MATERIA DE DROGAS ha prestado conformidad con lo propiciado en el marco de las presentes.

Que la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE LA SEDRONAR han tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS LEGALES DE LA SEDRONAR ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente se dicta en uso de las facultades atribuidas por el inciso g) del artículo 1° del Decreto Nº 101/85 y por la Resolución N° RESOL-2023-71-APN-SEDRONAR#JGM.

Por ello,

LA SECRETARIA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Déjese sin efecto, a partir del 1° de Abril de 2023, el Titulo 2° - ARANCELES PRESTACIONALES - del ANEXO VIII (IF-2023-08261231-APN-DNAC#JGM) de la Resolución N° RESOL-2023-71-APN-SEDRONAR#JGM de fecha 1° de Marzo de 2023.

ARTÍCULO 2°.- Apruébense los “ARANCELES PRESTACIONALES EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE SUBSIDIOS PARA EL ABORDAJE INTEGRAL DE PERSONAS CON CONSUMO PROBLEMATICOS” que como ANEXO I (IF-2023-48025659-APN-DNAC#JGM) forma parte de la presente Resolución, los que regirán a partir del 1° de Abril de 2023 y resultan de aplicación al Programa regulado por la Resolución N° RESOL-2023-71-APN-SEDRONAR#JGM.

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente será atendido con cargo a las partidas específicas para el correspondiente año financiero.

ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Gabriela Andrea Torres

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 03/05/2023 N° 30559/23 v. 03/05/2023

Fecha de publicación 03/05/2023