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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE ECONOMÍA

Resolución 553/2023

RESOL-2023-553-APN-MEC

Ciudad de Buenos Aires, 29/04/2023

Visto el expediente EX-2022-65491221- -APN-DGDA#MEC la Ley de Ministerios -t.o. 1992- y sus modificaciones, las leyes 25.164 y 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2023, los decretos 1421 del 8 de agosto de 2002, 214 del 27 de febrero de 2006, 2098 del 3 de diciembre de 2008, 355 del 22 de mayo de 2017, 415 del 30 de junio de 2021, 103 del 2 de marzo de 2022,426 del 21 de julio de 2022 y 432 del 25 de julio de 2022, la decisión administrativa 4 del 9 de enero de 2023, las resoluciones 53 del 22 de marzo de 2022 de la Secretaría de Gestión y Empleo Público de la Jefatura de Gabinete de Ministros (RESOL-2022-53-APN-SGYEP#JGM) y 180 del 5 de abril de 2022 del Ministerio de Economía (RESOL-2022-180-APN-MEC), y

CONSIDERANDO:

Que mediante el decreto 415 del 30 de junio de 2021 y su modificatorio 103 del 2 de marzo de 2022, se homologó el Acta Acuerdo suscripta el 26 de mayo de 2021 entre el Estado Empleador y los Sectores Gremiales, por cuya cláusula tercera se acordó elaborar una propuesta de Régimen de Valoración por Evaluación y Mérito para la promoción de Nivel para el personal del Sistema Nacional de Empleo Público comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el decreto 2098 del 3 de diciembre de 2008, por parte del Estado Empleador previa consulta a las Entidades Sindicales en el ámbito de la Comisión Permanente de Interpretación y Carrera (Co.P.I.C.).

Que, elaborada la propuesta, la citada Comisión Permanente de Interpretación y Carrera (Co.P.I.C.) se ha expedido favorablemente mediante el Acta N° 172 del 11 de febrero de 2022 (cf., IF-2022-16064393-APN-COPIC).

Que a través del artículo 2° de la resolución 53 del 22 de marzo de 2022 de la Secretaría de Gestión y Empleo Público de la Jefatura de Gabinete de Ministros (RESOL-2022-53-APN-SGYEP#JGM) se aprobó el Régimen de Valoración por Evaluación y Mérito para la promoción de Nivel para el personal del Sistema Nacional de Empleo Público comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el decreto 2098/2008, que reviste en la planta permanente, que cuente con estabilidad al momento de manifestar su voluntad de participar del citado proceso y que se encuentre en condiciones de promover a los niveles A, B, C, D y E del citado convenio.

Que, en dicho marco, el Ministerio de Economía promueve el desarrollo de carrera de sus agentes de planta permanente bajo los lineamientos de la ley 25.164, fortaleciendo la igualdad de oportunidades, potenciando la carrera administrativa y la mejora de las condiciones laborales en la repartición, todo lo cual es condición y sustento para la inclusión, formulación e implementación de políticas de fortalecimiento del empleo público, que sin duda redundan en la mejor gestión de esta jurisdicción.

Que mediante la resolución 180 del 5 de abril de 2022 del Ministerio de Economía (RESOL-2022-180-APN-MEC) se dio inicio al proceso para la implementación del Régimen de Valoración por Evaluación y Mérito para la promoción de Nivel para el personal del Sistema Nacional de Empleo Público comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el decreto 2098/2008, se designó a los integrantes del Comité de Valoración, y se designó a la Secretaria Técnica Administrativa.

Que el servicio jurídico del Ministerio de Economía se expidió en cuanto a que se dio lugar a la aplicación de la concurrencia y liquidación del Suplemento por Agrupamiento conjuntamente con el Suplemento por Función Específica, con fundamento en lo dispuesto en el inciso b, del artículo 94 del decreto 2098/2008 (cf., IF-2022-56166730-APN-DALYC#MEC).

Que la Dirección de Interpretación y Asistencia Normativa de la Oficina Nacional de Empleo Público de la Subsecretaría de Empleo Público de la Secretaría de Gestión y Empleo Público de la Jefatura de Gabinete de Ministros, se expidió en relación a la aplicación de la concurrencia (cf., PV-2023-24131153-APN-DIYAN#JGM) referenciando lo establecido por la Comisión Permanente de Interpretación y Carrera (Co.P.I.C.), que se ha expedido mediante el Acta N° 207 del 13 de febrero de 2023 respecto de la asignación de Suplementos por Función Específica en el marco del Régimen de Valoración por Evaluación y Mérito para la promoción de Nivel para el personal del Sistema Nacional de Empleo Público (cf., IF-2023-19785915-APN-COPIC).

Que en el artículo 22 del anexo II a la resolución 53/2022 de la Secretaría de Gestión y Empleo Público (RESOL-2022-53-APN-SGYEP#JGM) se establece que “al trabajador de Planta Permanente con estabilidad adquirida que se encuentre ejerciendo una Función Ejecutiva en el marco del SINEP, ya sea a través de una asignación transitoria de funciones o mediante el respectivo proceso de selección, se le deberá instrumentar mediante el acto administrativo correspondiente la reasignación del ejercicio de dicha Función Ejecutiva a la nueva situación escalafonaria que hubiera obtenido el agente producto de su postulación y posesión del cargo en el presente régimen”.

Que a través de la resolución 823 del 2 de diciembre de 2021 del Ministerio de Economía (RESOL-2021-823-APN-MEC) se le asignaron con carácter transitorio, las funciones en el cargo de Director de Análisis Fiscal de la Dirección Nacional de Investigaciones y Análisis Fiscal de la Subsecretaría de Ingresos Públicos de la Secretaría de Hacienda del citado Ministerio, a Eduardo Rodríguez (MI N° 18.286.009), conforme el detalle del anexo II (IF-2022-105376708-APN-DGRRHH#MEC) que integra esta medida.

Que por lo expuesto y en virtud de los antecedentes vinculados en el expediente citado en el Visto, procede la designación de los agentes que se detallan en el anexo I (IF-2022-113432868-APN-DGRRHH#MEC) que integra en esta medida, en el puesto, agrupamiento, nivel, grado y tramo, que para cada caso allí se indican, y se reasignan las funciones con carácter transitorio, a Eduardo Rodríguez, conforme se detalla en el anexo II (IF-2022-105376708-APN-DGRRHH#MEC) que integra esta medida, conforme el cargo con función ejecutiva que allí se detalla.

Que los integrantes del Comité de Valoración han actuado en un todo de acuerdo con la resolución 53/2022 de la Secretaría de Gestión y Empleo Público de la Jefatura de Gabinete de Ministros (RESOL-2022-53-APN-SGYEP#JGM).

Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.

Que esta medida se dicta en virtud de las atribuciones previstas en la Ley de Ministerios -t.o. 1992- y sus modificaciones, en el artículo 3° del decreto 355 del 22 de mayo de 2017, en la resolución 53/2022 de la Secretaría de Gestión y Empleo Público de la Jefatura de Gabinete de Ministros (RESOL-2022-53-APN-SGYEP#JGM), y de conformidad con el artículo 2° del decreto 426 del 21 de julio de 2022.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Desígnanse, a partir del dictado de esta medida, de acuerdo con lo establecido en el Régimen de Valoración para la Promoción por Evaluación y Mérito, aprobado en el artículo 2° de la resolución 53 del 22 de marzo de 2022 de la Secretaría de Gestión y Empleo Público de la Jefatura de Gabinete de Ministros (RESOL-2022-53-APN-SGYEP#JGM), a los agentes de la planta permanente del Ministerio de Economía que se detallan en el anexo I (IF-2022-113432868-APN-DGRRHH#MEC) que integra esta medida en el puesto, agrupamiento, nivel, tramo y grado, conforme allí se consignan.

ARTÍCULO 2°.- Reasígnase, a partir de la fecha de posesión de la nueva situación escalafonaria que se detalla en el anexo I (IF-2022-113432868-APN-DGRRHH#MEC) que integra esta medida, aprobada por el artículo 1° de esta resolución, el ejercicio de la función ejecutiva oportunamente otorgada mediante la resolución 823 del 2 de diciembre de 2021 del Ministerio de Economía (RESOL-2021-823-APN-MEC), al funcionario que se detalla en el anexo II (IF-2022-105376708-APN-DGRRHH#MEC) que integra esta medida, en el cargo que allí se consigna, perteneciente al Ministerio de Economía.

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de esta medida será imputado con cargo a las partidas presupuestarias correspondientes al Ministerio de Economía para el ejercicio 2023.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Sergio Tomás Massa

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 03/05/2023 N° 30790/23 v. 03/05/2023

Fecha de publicación 03/05/2023