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6 de Julio de 1989

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución Sintetizada 373/2023

Resolución RESOL-2023-373-APN-ENRE#MEC

ACTA N° 1842

Expediente EX-2022-114634681-APN-SD#ENRE

Buenos Aires, 2 de MAYO de 2023

El Señor Interventor del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Dar a publicidad el pedido de Acceso a la Capacidad de Transporte Existente presentada por la EMPRESA DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA (EDENOR S.A.), a requerimiento de INDUSTRIAS JUAN F. SECCO SOCIEDAD ANÓNIMA (INDUSTRIAS JUAN F SECCO S.A.), para para la Ampliación de la Central Térmica San Martin Norte IIID I (CT SMN IIIDI), vinculada a la Subestación Transformadora (SET) Suárez 13,2 kV, jurisdicción de EDENOR S.A. 2.- Publicar la solicitud mencionada en el artículo 1 de la presente resolución, mediante un AVISO en la página web del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) y solicitar a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) que haga lo propio en su portal de Internet, por el plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos, otorgando un plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos, contados desde el día siguiente de la última publicación efectuada, a fin que, quien lo considere procedente, presente un proyecto alternativo de Acceso que produzca una optimización del funcionamiento técnico-económico del Sistema Argentino de Interconexión (SADI) o presente observaciones u oposiciones sobre la base de la existencia de perjuicios para el mismo. 3.- Establecer que, en caso de presentarse un proyecto alternativo al del solicitante u observaciones a los mismos, se convocará a una Audiencia Pública para permitir a las partes contestar las mismas y exponer sus argumentos. 4.- Disponer que, en caso que no hubiera ninguna presentación fundada al vencimiento de los plazos señalados o proyecto alternativo al del solicitante, este Ente Nacional procederá a dictar un acto administrativo autorizando el Acceso a la Capacidad de Transporte Existente referido en el artículo 1. 5.- Hacer saber a INDUSTRIAS JUAN F SECCO S.A. que deberá dar cumplimiento a las observaciones y requerimientos técnicos efectuados por EDENOR S.A. y CAMMESA, conforme lo indicado en sus respectivos informes técnicos registrados en el expediente como IF-2022-114704867-APN-SD#ENRE e IF-2022-127909277-APN-SD#ENRE, a efectos de garantizar el correcto funcionamiento del SADI. 6.- Hacer saber a EDENOR S.A. que en el marco de su Sistema de Gestión Ambiental (SGA) - implementado en cumplimiento de la Resolución ENRE N° 558 de fecha 4 de noviembre de 2022- EDENOR S.A. deberá incorporar en el primer Informe de Avance que presente luego de finalizadas las obras, la Auditoría Ambiental de Cierre de las mismas y ajustar el Programa de Monitoreo a fin de asegurar la realización de mediciones de los Campos Electromagnéticos (CEM) que permitan verificar el cumplimiento de los estándares fijados por la Resolución de la Ex SECRETARÍA DE ENERGÍA (Ex SE) N° 77 de fecha 12 de marzo de 1998. 7.- Establecer, que una vez otorgada la habilitación comercial de la Ampliación de la Central Térmica a Biogás San Martín Norte III D de 3,12 MW, el responsable de las instalaciones deberá comunicarle a este Organismo su puesta en servicio y dar cumplimiento a los requisitos de la Resolución ENRE N° 558/2022. 8.- Intimar a INDUSTRIAS JUAN F SECCO S.A. a que dentro del plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos presentes ante este Ente Nacional la declaración jurada en los términos del punto 3.5.1.3 del Anexo 17 de Los Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y el Cálculo de Precios aprobados por Resolución de la Ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA (Ex SEE) N° 61 de fecha 29 de abril de 1992, sus modificatorias y complementarias (-Los Procedimientos- texto según Resolución de la Ex SECRETARÍA DE RECURSOS RENOVABLES Y MERCADO ELÉCTRICO -Ex SRRyME- N° 7 de fecha 26 de marzo de 2019). 9.- Notifíquese a INDUSTRIAS JUAN F SECCO S.A., a EDENOR S.A., a CAMMESA y al ORGANISMO DE CONTROL DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES (OCEBA). 10.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Firmado: Interventor del ENRE, Sr. Walter Domingo Martello.-.

Lohana Arturo, Asistente Administrativo, Secretaria del Directorio.

e. 04/05/2023 N° 31072/23 v. 04/05/2023

Fecha de publicación 04/05/2023