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SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA

Resolución 67/2023

RESOL-2023-67-APN-SCYP

Ciudad de Buenos Aires, 04/05/2023

VISTO el EX-2023-37268286- -APN-DRRHHYCP#SCYP, la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023 N° 27.701, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 1035 del 8 de noviembre de 2018 y sus modificatorios, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, 195 del 28 de febrero de 2020 y su modificatorio, 328 del 31 de marzo de 2020, 426 de fecha 21 de julio de 2022, 88 de fecha 23 de febrero de 2023, las Decisiones Administrativas Nros. 675 de fecha 13 de julio de 2022, 681 de fecha 15 de julio de 2022, 699 de fecha 20 de julio de 2022, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 27.701 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023.

Que por el Decreto N° 1035 de fecha 8 de noviembre de 2018 y sus modificatorios se facultó a las/los Ministras/os, Secretarias/os de la Presidencia de la Nación, Secretarias/os de Gobierno en sus respectivos ámbitos y autoridades máximas de organismos descentralizados a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas prórrogas.

Que, asimismo, mediante el Decreto N° 863 de fecha 29 de diciembre de 2022, se autorizó a las/los Ministras/os, Secretarias/os de la Presidencia de la Nación y a las autoridades máximas de organismos descentralizados, a prorrogar –por ciento ochenta (180) días- las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas, en las mismas condiciones de las designaciones o de sus últimas prórrogas, con el fin de asegurar el normal desenvolvimiento de las distintas Jurisdicciones y Entidades que conforman la Administración Pública Nacional, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por el decreto 260 del 12 de marzo de 2020.

Que mediante las Decisiones Administrativas Nros. 675 de fecha 13 de julio de 2022, 681 de fecha 15 de julio de 2022, 699 de fecha 20 de julio de 2022; se designaron a los funcionarios identificados en el Anexo IF-2023-43650197-APN-DRRHHYCP#SCYP que forma parte integrante de la presente medida, en los cargos allí especificados, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles.

Que, mediante Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaria y sus respectivos objetivos, entre los que se encuentran los correspondientes a la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que, mediante el Decreto N° 88 del 23 de febrero de 2023, se transfirió la SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y CONTENIDOS DE DIFUSIÓN dependiente de la SECRETARÍA DE MEDIOS Y COMUNICACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a la órbita de la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que razones operativas justifican prorrogar las designaciones transitorias de los agentes mencionados, por un nuevo plazo de CIENTO OCHENTA (180) días.

Que se ha dado cumplimiento a lo establecido en la Resolución de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 53 del 27 de mayo de 2021.

Que, a través del Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), concertado entre el Estado Empleador y los Sectores Gremiales mediante el Acta Acuerdo y su Anexo del 05 de septiembre de 2008.

Que las personas propuestas deben ser exceptuadas del cumplimiento de los requisitos mínimos previstos en el artículo 14 del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios.

Que las presentes prórrogas de designaciones se encuentran alcanzadas por lo dispuesto en el inciso d) del artículo 2° del Decreto N° 426 de fecha 21 de julio de 2022, donde se exceptúa las prórrogas de designaciones transitorias y de contratos.

Que mediante NO-2023-37056790-APN-DPCYF#SCYP se ha certificado la existencia de crédito presupuestario necesario a fin de atender el gasto resultante de las prórrogas alcanzadas por la presente medida.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 1035/18 y sus modificatorios y el artículo 1° del Decreto N° 328/20.

Por ello,

LA SECRETARIA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°. - Danse por prorrogadas las designaciones transitorias de los agentes que se detallan en el anexo que como IF-2023-43650197-APN-DRRHHYCP#SCYP, forma parte integrante de la presente medida, a partir de las fechas allí detalladas y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, en los cargos y niveles allí consignados, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL, homologado por el Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios, autorizándose el correspondiente pago de las Funciones Ejecutivas del referido Convenio, y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 de dicho ordenamiento.

ARTÍCULO 2°. - Los cargos involucrados deberán ser cubiertos de conformidad con los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II Capítulos III, IV y VIII, y IV del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por Decreto N° 2098/08 sus modificatorios y complementarios, en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de las fechas consignadas en el anexo que como IF-2023-43650197-APN-DRRHHYCP#SCYP forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 3°. - El gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 20-17 SAF 368 SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

ARTÍCULO 4°. - Comuníquese a la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABIENTE DE MINISTROS, conforme lo dispuesto en el artículo 2° del Decreto N° 328 del 31 de marzo de 2020.

ARTÍCULO 5°. - Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Gabriela Carla Cerruti

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 08/05/2023 N° 32013/23 v. 08/05/2023

Fecha de publicación 08/05/2023