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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE Y SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN

Resolución Conjunta 2/2023

RESFC-2023-2-APN-SIGEN

Ciudad de Buenos Aires, 26/04/2023

VISTO las Leyes N° 22.520 y N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, el Decreto N° 31 del 20 de enero de 2023, la Resolución de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN N° 74 de fecha 30 de mayo de 2014, la Resolución Conjunta RESFC-2022-1-APN-SIGEN de fecha 12 de abril de 2022 y el Expediente Electrónico N° EX-2023-19909332-APN-SIGEN del registro de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 22.520 se creó el MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE estableciendo entre sus funciones la de asistir al Presidente de la Nación en la formulación, implementación y ejecución de la política ambiental y su desarrollo sostenible como política de Estado, en el marco de lo dispuesto en el artículo 41 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, en los aspectos técnicos relativos a la política ambiental y la gestión ambiental de la Nación, proponiendo y elaborando regímenes normativos relativos al ordenamiento ambiental del territorio y su calidad ambiental.

Que el artículo 100 de la Ley N° 24.156, establece que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN es el órgano normativo, de supervisión y coordinación del sistema de control interno. Que el mencionado sistema de control interno se integra por la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN y por las Unidades de Auditoría Interna del Sector Público Nacional, las que actuarán coordinadas técnicamente por este Organismo de Control.

Que el artículo 104 inciso b) de la Ley N° 24.156 establece entre las funciones de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, la de emitir y supervisar la aplicación, por parte de las unidades correspondientes, de las normas de auditoría interna.

Que por Resolución SIGEN N° 74 de fecha 30 de mayo de 2014, se aprobó la Guía para Auditorías Ambientales constituyéndose en un instrumento para la ejecución de auditorías en la temática ambiental por parte de las áreas competentes de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN y por las Unidades de Auditoría Interna del Sector Público Nacional, orientado a asistir a la gestión y la toma de decisiones, en pos de contribuir al logro de los objetivos de gobierno.

Que mediante el Decreto N° 31 de fecha 20 de enero de 2023, se declaró prioritaria la política pública nacional de manejo y gestión sostenible de los recursos utilizados por los organismos del Sector Público Nacional y las prácticas de consumo y de habitabilidad implementados en virtud de la aplicación de dicha norma.

Que el constante crecimiento a nivel mundial del uso de recursos naturales y energía deja en evidencia la necesidad de trabajar de manera conjunta y colaborativa, la modificación de los patrones insostenibles de producción y consumo. Que resulta imprescindible imponer límites al crecimiento desmedido del uso de los bienes y servicios que nos proveen los ecosistemas, siendo preciso -para lograr la modificación de los mencionados patrones insostenibles repensar la forma en que nos relacionamos con los sistemas ecológicos y comenzar a implementar desde los cimientos de la sociedad, una economía que tenga en cuenta los ciclos de la naturaleza, la entropía del proceso económico y que sea de utilidad al conjunto de la población.

Que el actual escenario de finitudes de recursos y la evolución de la consciencia socio ambiental en las instituciones, han hecho que las prácticas de sostenibilidad reciban especial atención.

Que cada organismo del Sector Público Nacional es responsable de la organización de sus sedes, edificios, oficinas y otras reparticiones, en las cuales se puede implementar una gestión más eficiente y sostenible, fomentando la transparencia activa en los gastos públicos y considerando la vinculación de este abordaje con la responsabilidad social.

Que en ese entendimiento, la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN y el MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, diseñaron el Índice de Seguimiento y Sostenibilidad (ISSos), el cual se constituye como una herramienta de diagnóstico, evaluación y seguimiento; cuyo propósito es analizar y medir la adopción de medidas sostenibles en el Sector Público Nacional.

Que la citada herramienta se compone de CUATRO (4) etapas a saber: 1) Relevamiento y conformación de la Línea de Base; 2) Identificación de Compromisos y Mejoras; 3) Seguimiento y Monitoreo y 4) Retroalimentación.

Que mediante la Resolución Conjunta RESFC-2022-1-APN-SIGEN de fecha 12 de abril de 2022, se aprobó el Informe Ejecutivo Reporte de Resultados Etapa N° 1 - ISSos (Índice de Seguimiento y Sostenibilidad) de la Unidad de Auditoría Interna del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (IF-2022- 25722353-APNUAI#MAD).

Que durante el año 2022 se cumplimentó el Instructivo de Trabajo N° 06/2022 - SNI HERRAMIENTA DE CONTROL PARA LA APLICACIÓN DEL ÍNDICE DE SEGUIMIENTO Y SOSTENIBILIDAD -ISSOSETAPA N° 2 (IF-2022-77354617-APN-SNI#SIGEN), cuyo objetivo fue que las Organizaciones pudieran identificar compromisos de mejora para optimizar los resultados de los ejes de sostenibilidad que, en la primera etapa obtuvieron valores bajos.

Que producto del análisis de los datos resultantes del mencionado Instructivo de Trabajo, la Unidad de Auditoría Interna del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y la Gerencia de Planificación y Desarrollo Normativo de esta Sindicatura, elaboraron el Informe de Resultados Segunda Etapa Índice de Seguimiento y Sostenibilidad - ISSos.

Que ello así, deviene necesario aprobar el Informe de Resultados Segunda Etapa Índice de Seguimiento y Sostenibilidad - ISSos.

Que la medida adoptada no implica erogación presupuestaria adicional para el ESTADO NACIONAL.

Que los Servicios Jurídicos Permanentes de las Jurisdicciones involucradas han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por las Leyes N° 22.520 y N° 24.156.

Por ello,

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE

EL SÍNDICO GENERAL DE LA NACIÓN,

RESUELVEN:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Informe de Resultados Segunda Etapa Índice de Seguimiento y Sostenibilidad – ISSos, que como Anexo (IF-2023-22398186-APN-GPYDN#SIGEN) forma parte integrante de la presente resolución conjunta.

ARTÍCULO 2°.- La presente medida no implica erogación presupuestaria alguna para el ESTADO NACIONAL.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Juan Cabandie - Carlos Antonio Montero

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n. El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en la página web: https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/2022/02/if-2023-22398186-apn-gpydnsigen_1.pdf

e. 09/05/2023 N° 32513/23 v. 09/05/2023

Fecha de publicación 09/05/2023