MINISTERIO DE SALUD
Resolución 914/2023
RESOL-2023-914-APN-MS
Ciudad de Buenos Aires, 09/05/2023
VISTO el Expediente N° EX-2023-28730438-APN-DNCSSYRS#MS, el Decreto N° 1759/72 (T.O. 2017) y la Resolución MS N° 897 de fecha 4 de mayo de 2023, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución MS N° 897 de fecha 4 de mayo de 2023, se establecieron los nuevos aranceles modulares para los HOSPITALES PÚBLICOS DE GESTIÓN DESCENTRALIZADA.
Que como surge de los considerandos de la resolución mencionada en el párrafo anterior, correspondía la aplicación de un aumento del 93,77 % a los aranceles vigentes, acorde el índice de actualización seleccionado por el COMITÉ DEL RÉGIMEN DE HOSPITALES PÚBLICOS DE GESTIÓN DESCENTRALIZADA y lo informado por la Dirección de Economía de la Salud.
Que debido a un error material e involuntario en el ANEXO I de la citada resolución se consignaron erróneamente los montos de los aranceles modulares para los HOSPITALES PÚBLICOS DE GESTIÓN DESCENTRALIZADA, los cuales no se ajustan al índice establecido.
Que el artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto N° 1.759/72 T.O. 2017, establece que: (…) En cualquier momento podrán rectificarse los errores materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere lo sustancial del acto o decisión (…).
Que, conforme a la norma transcripta, la rectificación procede de oficio en cualquier momento y sin más trámite, para la subsanación de errores materiales siempre que no se altere la sustancia del acto administrativo, tal como se verifica en el presente.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE CALIDAD EN SERVICIOS DE SALUD Y REGULACIÓN SANITARIA ha propiciado la presente rectificación a efectos de enmendar el error material e involuntario referido.
Que, atendiendo a las razones expuestas, corresponde sustituir el ANEXO I (IF-2023-28774709-APNDMCYSP#MS), aprobado a través del Artículo 1° de la Resolución MS N° 897 de fecha 4 de mayo de 2023, por un nuevo documento (IF-2023-51248500-APN-SSCRYF#MS), con la finalidad de corregir el defecto material y establecer los montos correctos de los nuevos aranceles modulares para los HOSPITALES PÚBLICOS DE GESTIÓN DESCENTRALIZADA.
Que la rectificación dispuesta no altera la substancia del acto administrativo que le sirve de antecedente.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se adopta en uso de las atribuciones contenidas por la Ley de Ministerios N° 22.520, sus modificatorias y complementarias, el Decreto N° 939/2000 y el artículo 101 del Decreto N° 1759/72 (T.O. 2017).
Por ello,
LA MINISTRA DE SALUD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. - Sustitúyase el artículo 1° de la Resolución MS N° 897 de fecha 4 de mayo de 2023, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Apruébense los nuevos aranceles modulares para los HOSPITALES PÚBLICOS DE GESTIÓN DESCENTRALIZADA que se detallan en el Anexo I (IF-2023-51248500-APN-SSCRYF#MS), que forma parte de la presente Resolución.”
ARTÍCULO 2°. - Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Carla Vizzotti
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 10/05/2023 N° 33267/23 v. 10/05/2023
Fecha de publicación 10/05/2023