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Legislación y Avisos Oficiales
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ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución Sintetizada 613/2023

RESOL-2023-613-APN-ENACOM#JGM FECHA 9/5/2023 ACTA 86

EX-2022-75346254-APN-DNSA#ENACOM

El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1 - Aprobar los actos de Concurso Público Simplificado convocado para la provincia de SANTA FE, a través de la RESOL-2022-1173-APN-ENACOM#JGM, conforme el cronograma establecido. 2 - Adjudicar al señor Ricardo Ismael GUASSARDO, una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de 1 servicio de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia en el canal 297, frecuencia 107.3 MHz., categoría E (dir. y Hma 40m), adoptando un sistema irradiante directivo con reducción de la potencia radiada efectiva (PRE) a 250 W en el sector acimutal de 100 a 200 grados respecto al norte geográfico (dirección hacia Rosario) y reducción de la altura media de antena (Hma) a 40 metros, para la localidad de ALDAO, provincia de SANTA FE. 3 - El plazo de la licencia adjudicada abarcará un período de 10 años, contados a partir de la fecha del acto administrativo de autorización de inicio de emisiones regulares, a cuyo vencimiento podrá ser prorrogada a solicitud del licenciatario. 4 - Dentro de los 180 días corridos de notificado el acto administrativo de adjudicación, el adjudicatario deberá cumplimentar con los requisitos técnicos tendientes a contar con la habilitación técnica de las instalaciones y autorización para el inicio de las transmisiones regulares. La señal distintiva será asignada al momento de la habilitación definitiva del servicio. Los requisitos técnicos tendientes a contar con la habilitación de las instalaciones del servicio e inicio de las transmisiones regulares, se cumplimentarán a través de la presentación de la documentación técnica definitiva y, aprobada la misma, de la inspección técnica de las instalaciones. La inspección técnica de las instalaciones podrá acreditarse a través de la presentación de un “Certificado Simplificado de Inspección Técnica”, al que refiere el Instructivo aprobado por la Resolución RESOL-2022-1012-APN-ENACOM#JGM. 5 - Dentro del plazo de 30 días corridos de notificada la presente el licenciatario deberá presentar la “DECLARACIÓN JURADA ANUAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL” a la que refiere la RESOL-2020-1230-APN-ENACOM#JGM. 6 - El licenciatario asumirá la responsabilidad de realizar los trámites pertinentes ante la ANAC. 7 - El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones definidas por los Artículos precedentes importará la caducidad del presente acto de adjudicación. 8 - Notifíquese, comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Firmado: Claudio Julio Ambrosini, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.

NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas.

Silvana Beatriz Rizzi, Jefa de Área, Área Despacho.

e. 11/05/2023 N° 33717/23 v. 11/05/2023

Fecha de publicación 11/05/2023