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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución Sintetizada 656/2023

RESOL-2023-656-APN-ENACOM#JGM FECHA 10/5/2023 ACTA 86

EX-2022-48489217-APN-DNFYD#ENACOM

El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1 - APROBAR el proyecto presentado por la COOPERATIVA ELÉCTRICA DE CONSUMO Y OTROS SERVICIOS DE SALADILLO LIMITADA, en el marco de la convocatoria, cuyo PLIEGO DE BASES fuera aprobado por Resolución ENACOM Nº 1.969/2022 y del PROGRAMA CONECTIVIDAD aprobado por la Resolución ENACOM N° 3.597/2016. 2 - ADJUDICAR a la COOPERATIVA ELÉCTRICA DE CONSUMO Y OTROS SERVICIOS DE SALADILLO LIMITADA, la suma de PESOS VEINTICUATRO MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y CINCO MIL CIENTO TRES CON NUEVE CENTAVOS ($ 24.575.103,09.-) en concepto de Aportes no Reembolsables, para la ejecución del proyecto aprobado en el Artículo precedente. 3 - DESTINAR la suma de hasta PESOS VEINTICUATRO MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y CINCO MIL CIENTO TRES CON NUEVE CENTAVOS ($ 24.575.103,09.-), del Fondo Fiduciario del Servicio Universal previsto en la Ley N° 27.078 a la adjudicación indicada en el Artículo precedente. 4 - ESTABLECER de conformidad a lo previsto en el Artículo 18 del PLIEGO DE BASES, aprobado por Resolución ENACOM Nº 1.969/2022, dentro de los 20 días hábiles de notificada la presente Resolución, el adjudicatario deberá acreditar la apertura de una cuenta bancaria específica que estará afectada al proyecto aprobado en el Artículo 1. La falta de cumplimiento de los requisitos establecidos para la firma del Convenio dará por decaída automáticamente la adjudicación. 5 - ESTABLECER de conformidad a lo previsto en el Artículo 18 del PLIEGO DE BASES, aprobado por Resolución ENACOM Nº 1.969/2022, dentro de los 20 días hábiles de notificada la presente Resolución, el adjudicatario deberá acreditar la constitución de las garantías previstas en el Artículo 8 de la referida Convocatoria. La falta de cumplimiento de los requisitos establecidos para la firma del Convenio dará por decaída automáticamente la adjudicación. 6 - COMUNÍQUESE, notifíquese al interesado, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Firmado: Claudio Julio Ambrosini, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.

NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas.

Silvana Beatriz Rizzi, Jefa de Área, Área Despacho.

e. 12/05/2023 N° 34368/23 v. 12/05/2023

Fecha de publicación 12/05/2023