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7 de Mayo de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución Sintetizada 661/2023

RESOL-2023-661-APN-ENACOM#JGM FECHA 10/5/2023 ACTA 86

EX-2022-75219430-APN-DNSA#ENACOM

El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1 - Aprobar los actos de Concurso Público Simplificado convocado para la provincia de SANTA CRUZ, a través de la RESOL-2022-1173-APN-ENACOM#JGM, conforme el cronograma establecido. 2 - Adjudicar a la firma UNIVERSAL VIDEO CABLE S.R.L., integrada por las señoras Natalia Andrea TOMASSO con un DIECISÉIS POR CIENTO CON SESENTA Y SEIS CENTÉSIMAS (16.66%) de participación en la formación de la voluntad social, Cynthia Tamara TOMASSO con un DIECISÉIS POR CIENTO CON SESENTA Y SIETE CENTÉSIMAS (16.67%) de participación en la formación de la voluntad social y Cristina Beatriz NAI con un CINCUENTA POR CIENTO (50%) de participación en la formación de la voluntad social, y el señor Antonio TOMASSO con un DIECISÉIS POR CIENTO CON SESENTAY SIETE CENTÉSIMAS (16.67%) de participación en la formación de la voluntad social, una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de 1 servicio de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia en el canal 234, frecuencia 94.7 MHz., categoría E, para la localidad de PUERTO SANTA CRUZ, provincia de SANTA CRUZ. 3 - El plazo de la licencia adjudicada abarcará un período de 10 años, contados a partir de la fecha del acto administrativo de autorización de inicio de emisiones regulares, a cuyo vencimiento podrá ser prorrogada a solicitud de la licenciataria. 4 - Dentro de los 180 días corridos de notificado el acto administrativo de adjudicación, la adjudicataria deberá cumplimentar con los requisitos técnicos tendientes a contar con la habilitación técnica de las instalaciones y autorización para el inicio de las transmisiones regulares, que forma parte integrante de la Resolución RESOL-2022-1012-APN-ENACOM#JGM. La señal distintiva será asignada al momento de la habilitación definitiva del servicio. Los requisitos técnicos tendientes a contar con la habilitación de las instalaciones del servicio e inicio de las transmisiones regulares, se cumplimentarán a través de la presentación de la documentación técnica definitiva y, aprobada la misma, de la inspección técnica de las instalaciones. La inspección técnica de las instalaciones podrá acreditarse a través de la presentación de un Certificado Simplificado de Inspección Técnica, al que refiere el Instructivo aprobado por la Resolución RESOL-2022-1012- APN-ENACOM#JGM. ARTÍCULO 5°.- Dentro del plazo de 30 días corridos de notificada la presente, la licenciataria, deberá presentar la “DECLARACIÓN JURADA ANUAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL”, a la que refiere la RESOL- 2020-1230-APN-ENACOM#JGM. 6 - La licenciataria asumirá la responsabilidad de realizar los trámites pertinentes ante la ANAC. 7 - Dentro de los 90 días corridos de notificada la presente, la licenciataria, deberá regularizar su situación ante la AFIP. 8 - El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones definidas por los Artículos precedentes, importará la caducidad del presente acto de adjudicación. 9 - Notifíquese, comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Firmado: Claudio Julio Ambrosini, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.

NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas.

Silvana Beatriz Rizzi, Jefa de Área, Área Despacho.

e. 12/05/2023 N° 34372/23 v. 12/05/2023

Fecha de publicación 12/05/2023