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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SALUD

Resolución 938/2023

RESOL-2023-938-APN-MS

Ciudad de Buenos Aires, 12/05/2023

VISTO el expediente EX-2023-10746446-APN-DD#MS, la Ley N° 24.004 y su Decreto Reglamentario N° 2497 de fecha 9 de diciembre de 1993, el Decreto Nº 178 de fecha 15 de marzo de 2017, la Resolución N° 432 de fecha 27 de noviembre de 1992 de la entonces SECRETARIA DE SALUD ,la Resolución N° 194 de fecha 3 de noviembre de 1995 del ex MINISTERIO DE SALUD Y ACCIÓN SOCIAL, la Resolución N° 2546 de fecha 21 de setiembre de 2021 del MINISTERIO DE SALUD y la Decisión Administrativa N° 891 de fecha 12 de septiembre de 2022 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y,

CONSIDERANDO:

Que por la Decisión Administrativa N°891 de fecha 12 de septiembre de 2022, se aprueba la Estructura organizativa de esta cartera sanitaria, y se crea la DIRECCIÓN DE ENFERMERÍA, como segundo nivel operativo bajo la órbita de la DIRECCIÓN NACIONAL DE TALENTO HUMANO Y CONOCIMIENTO dependiente de SUBSECRETARÍA DE CALIDAD REGULACION Y FISCALIZACION y la SECRETARIA DE CALIDAD EN SALUD.

Que en el marco de las políticas de salud, rige el PROGRAMA NACIONAL DE GARANTÍA DE CALIDAD DE LA ATENCIÓN MÉDICA (PNGCAM), a través de la Resolución Nº 432 de fecha 27 de noviembre de 1992 de la entonces SECRETARÍA DE SALUD actual MINISTERIO DE SALUD, modificada por la Resolución N° 856 de fecha 11 de julio de 2017 de este Ministerio.

Que por Resolución N° 2546 de fecha 21 de septiembre de 2021, el MINISTERIO DE SALUD crea el PLAN NACIONAL DE CALIDAD EN SALUD 2021-2024, con la finalidad de fortalecer la rectoría y la gobernanza del sistema de salud para desarrollar una cultura de calidad e incentivar la mejora sostenida de la misma en la prestación de los servicios integrales de salud, como también ser una estrategia de implementación del mencionado “PNGCAM”.

Que la DIRECCIÓN DE ENFERMERÍA tiene entre sus acciones, administrar y actualizar el registro de estructura, distribución y formación del personal de enfermería, fortaleciendo el desempeño de la gestión deEnfermería en áreas de calidad y seguridad de pacientes.

Que la Resolución N° 194 de fecha 3 de noviembre de 1995 del ex MINISTERIO DE SALUD Y ACCIÓN SOCIAL, establece en su artículo 1° la aprobación de las “Normas de Organización y Funcionamiento de Servicios de Enfermería en Establecimientos de Atención Médica” en el Marco del PROGRAMA NACIONAL DE GARANTÍA DE CALIDAD DE LA ATENCIÓN MÉDICA.

Que la elaboración de normas de organización y funcionamiento y de guías de práctica clínica de los Servicios de Salud y de la seguridad de pacientes; la promoción del desarrollo del programa de calidad en establecimientos asistenciales y programas; la generación de acciones e instrumentos que permitan propender a la seguridad de pacientes en los establecimientos asistenciales, basados en los derechos que les asisten, son funciones del PROGRAMA NACIONAL DE GARANTÍA DE CALIDAD DE LA ATENCIÓN MÉDICA y su instrumentación a través del Plan Nacional de Calidad en Salud 2021-2024.

Que considerando los avances de la profesión de Enfermería como disciplina autónoma; y en el marco de las funciones del PROGRAMA NACIONAL DE GARANTÍA DE CALIDAD DE LA ATENCIÓN MÉDICA, resulta pertinente derogar la Resolución N°194/1995, considerando que la misma ha devenido atemporal en función del avance de los cuidados centrados en la persona, en la seguridad de pacientes y la atención de calidad de la Gestión de la Enfermería en Argentina.

Que en ese contexto se proponen las Directrices de Organización y Funcionamiento de Gestión de Enfermería y marco para cuidados progresivos, que constituyen los ejes fundamentales relacionados a la Calidad de atención en Enfermería, la gestión de los cuidados, las especificidades de los procesos según los niveles de atención y la calidad de Enfermería en relación a la estructura funcional para los establecimientos sanitarios de la esfera pública y/o privada, incorporando el marco de los cuidados progresivos, como modo de brindar regulación de una práctica que centra la actividad en las personas.

Que el documento que se propicia representa un avance normativo basado en la detección de necesidades de adecuación de las directrices a la realidad imperante actualmente en el ámbito de acción de la Enfermería y la atención sanitaria basada en la calidad de la atención, en la seguridad de pacientes y en las estrategias y acciones específicas vinculadas al PLAN NACIONAL DE CALIDAD EN SALUD 2021-2024.

Que de este modo se impulsa el ejercicio de buenas prácticas que fortalecen la continuidad de la atención centrada en la persona desde una mirada de integración transdisciplinaria, como uno de los pilares fundamentales que permiten una verdadera articulación en beneficio de las personas, la familia y/o comunidad mediante cuidados integrales a lo largo del curso de vida.

Que en la elaboración de las Directrices de Organización y Funcionamiento de Gestión de Enfermería y marco para cuidados progresivos participaron representantes de las organizaciones societarias de enfermería, los máximos referentes de los Hospitales Nacionales bajo la coordinación técnica y administrativa de la DIRECCIÓN DE ENFERMERÍA, perteneciente a la DIRECCIÓN NACIONAL DE TALENTO HUMANO y CONOCIMIENTO; a quienes se les agradece su fundamental participación.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE TALENTO HUMANO Y CONOCIMIENTO y la DIRECCIÓN NACIONAL DE CALIDAD EN SERVICIOS DE SALUD Y REGULACIÓN SANITARIA propician la medida.

Que la SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN y la SECRETARÍA DE CALIDAD EN SALUD han prestado conformidad a la presente medida, y propician la incorporación al PROGRAMA NACIONAL DE GARANTÍA DE CALIDAD DE LA ATENCIÓN MÉDICA.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. Decreto N° 438/92) y modificatorias, y por el artículo 103 de la Constitución Nacional.

Por ello,

LA MINISTRA DE SALUD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º. -Derógase la Resolución N° 194 de fecha 3 de noviembre de 1995 del ex MINISTERIO DE SALUD Y ACCIÓN SOCIAL “NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE SERVICIOS DE ENFERMERÍA EN ESTABLECIMIENTO DE ATENCIÓN MÉDICA EN MARCO DEL PROGRAMA NACIONAL DE GARANTÍA DE CALIDAD DE LA ATENCIÓN MÉDICA”.

ARTÍCULO 2 º. -Apruébanse las “Directrices de Organización y Funcionamiento de Gestión de Enfermería y Marco de los Cuidados Progresivos”; que como anexo (IF-2023-11212465-APN-DEN#MS) forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 3°. -Incorpóranse al PROGRAMA NACIONAL DE GARANTÍA DE CALIDAD DE LA ATENCIÓN MÉDICA las “Directrices de Organización y Funcionamiento de Gestión de Enfermería y Marco de los Cuidados Progresivos” aprobada en al artículo 2°.

ARTÍCULO 4°. -Difúndase a través de la DIRECCIÓN NACIONAL DE CALIDAD EN SERVICIOS DE SALUD Y REGULACIÓN SANITARIA el documento que se aprueba en el artículo 2º de la presente, a fin de asegurar el máximo conocimiento y aplicación del mismo en el marco del PROGRAMA NACIONAL DE GARANTÍA DE CALIDAD DE LA ATENCIÓN MÉDICA.

ARTÍCULO 5°. -Invítase a las jurisdicciones a adherir a la presente.

ARTÍCULO 6°. -Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y oportunamente, archívese.

Carla Vizzotti

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 15/05/2023 N° 34745/23 v. 15/05/2023

Fecha de publicación 15/05/2023