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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución Sintetizada 404/2023

Resolución RESOL-2023-404-APN-ENRE#MEC

ACTA N° 1845

Expediente EX-2018-29634480-APN-SD#ENRE

Buenos Aires, 11 de MAYO de 2023

El Señor Interventor del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Dejar sin efecto la Resolución del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) Nº 193 de fecha 24 de junio de 2022, de acuerdo con lo previsto en el artículo 18 de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549 y por las razones expuestas en los considerandos del presente acto. 2.- Dar a publicidad la solicitud de Acceso y Ampliación a la Capacidad de Transporte existente presentada por la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSBA S.A.), a requerimiento de LUZ DE TRES PICOS SOCIEDAD ANÓNIMA (LUZ DE TRES PICOS S.A) para la incorporación del nuevo Parque Eólico El Mataco III de CIEN COMA OCHO MEGAVATIOS (100,8 MW), a conectarse a la Estación Transformadora (ET) Tres Picos Oeste en el nivel de 33 kV, a través del Parque Eólico (PE) Mataco y la solicitud del Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública (CCyNP) para la obra consistente en la instalación en la ET Tres Picos Oeste de UN (1) sexto transformador 132/34,5/13,8 kV 75 MVA y la construcción de UN (1) nuevo campo de 33 kV para la conexión del PE Mataco III”. 3.- La publicación dispuesta en esta resolución se realizará mediante un AVISO en la página web del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD y se solicitará a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) que haga lo propio, por el plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos, y también se publicará por DOS (2) días consecutivos en un diario de amplia difusión del lugar en que la obra vaya a realizarse o donde pueda afectar eléctricamente, otorgando un plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos a ser computados desde el día siguiente de la última publicación efectuada, para que quien considere que la obra pueda afectarlo en cuanto a las prestaciones eléctricas recibidas o sus intereses económicos, plantee su oposición fundada por escrito ante el ENRE o, en el caso del Acceso, presente un proyecto alternativo al del solicitante que produzca una optimización del funcionamiento técnico-económico del Sistema Argentino de Interconexión (SADI) o plantee observaciones u oposiciones sobre la base de la existencia de perjuicios para el mismo. 4.- Establecer que en caso de registrarse oposición común a varios usuarios o, respecto del Acceso, la presentación de un proyecto alternativo al del solicitante u observaciones al mismo, se convocará a una Audiencia Pública para recibir dichas oposiciones y permitir al solicitante contestarlas y exponer sus argumentos. 5.- Disponer que, operado el vencimiento de los plazos señalados en el sin que se registre la presentación de oposición fundada en los términos establecidos, o, para el caso del Acceso, proyecto alternativo a del solicitante, este ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) procederá a emitir un acto administrativo autorizando el Acceso requerido y otorgando el Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública (CCyNP) para la Ampliación referida en el artículo 2 del presente acto. 6.- LUZ DE TRES PICOS S.A. deberá incorporar en su proyecto todas las observaciones y requerimientos técnicos presentados por TRANSBA S.A. y CAMMESA a efectos de garantizar el correcto funcionamiento del Sistema Argentino de Interconexión (SADI). 7.- Hacer saber a TRANSBA S.A. que, en el marco de su Sistema de Gestión Ambiental, implementado en cumplimiento de la Resolución ENRE N° 558 del 4 de noviembre del 2022, TRANSBA S.A. deberá incorporar en el primer informe de avance que presente luego de finalizadas las obras, la auditoría ambiental de cierre de las mismas y ajustar el programa de monitoreo a fin de asegurar la realización de mediciones de los Campos Electromagnéticos (CEM) que permitan verificar el cumplimiento de los estándares fijados por la Resolución SE N° 77/1998 en los perímetros de la ETTPO. 8.- Hacer saber que las instalaciones involucradas en la presente solicitud de Acceso y Ampliación deberán cumplir con las resoluciones ENRE N° 163 de fecha 29 de mayo de 2013 (Estaciones Transformadoras) y ENRE N° 400 de fecha 16 de noviembre de 2011 (Señalización de instalaciones eléctricas). 9.- Notifíquese a LUZ DE TRES PICOS S.A., a TRANSBA S.A., TRANSENER S.A., a CAMMESA, al ORGANISMO PROVINCIAL PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE (OPDS) de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES y al ORGANISMO DE CONTROL DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES (OCEBA). 10.- Regístrese, comuníquese, publique en extracto, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.Firmado: Interventor del ENRE, Sr. Walter Domingo Martello.-.

Lohana Arturo, Asistente Administrativa, Secretaria del Directorio.

e. 15/05/2023 N° 34728/23 v. 15/05/2023

Fecha de publicación 15/05/2023