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Legislación y Avisos Oficiales
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JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO

Resolución 194/2023

RESOL-2023-194-APN-SGYEP#JGM

Ciudad de Buenos Aires, 15/05/2023

VISTO los Expedientes Nros. EX-2023-09228369-APN-SGYEP#JGM y EX-2021-77616186-APN-GA#SSN del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, respectivamente, la Ley N° 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023, la Ley del Sistema de Protección Integral de los Discapacitados N° 22.431 y sus modificatorios, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, el Decreto Nº 669 de fecha 13 de agosto de 2020, las Decisiones Administrativas Nros. 449 de fecha 7 mayo de 2021 y su modificatoria y 4 de fecha 9 de enero de 2023, la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39 de fecha 18 de marzo 2010 y sus modificatorias, las Resoluciones de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nros. 168 de fecha 5 de agosto de 2022 y 64 de fecha 16 de febrero de 2023, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP).

Que por el Decreto Nº 669 de fecha 13 de agosto de 2020, se homologa el Acta Acuerdo de fecha 29 de mayo de 2020 de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios, estableciendo con carácter excepcional y transitorio, como otro Tipo de Convocatoria, a la Convocatoria Interna.

Que, mediante el dictado de la Decisión Administrativa N° 449 de fecha 7 mayo de 2021 y su modificatoria, se incorporaron y asignaron cargos vacantes a la Planta Permanente de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN con el fin de proceder a la cobertura de cargos vacantes y financiados, mediante los correspondientes procesos de selección de personal a realizarse con carácter de excepción al artículo 7° de la Ley N° 27.591.

Que por la Ley N° 27.701 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023, distribuido por la Decisión Administrativa N° 4 de fecha 9 de enero de 2023.

Que mediante la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39 de fecha 18 de marzo de 2010 y sus modificatorias, se aprobó el REGLAMENTO DE SELECCIÓN PARA EL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO.

Que por la Resolución de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 168 de fecha 5 de agosto de 2022, se dio inicio al proceso para la cobertura de CUARENTA (40) cargos vacantes y financiados de la planta permanente de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN y se designó a los integrantes del Comité de Selección Nº 2 y al Coordinador Concursal y su alterno, conforme con lo establecido por el artículo 14 del Anexo I a la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39/10 y sus modificatorias.

Que, conforme lo dispuesto por el artículo 8º de la Ley del Sistema de Protección Integral de los Discapacitados N° 22.431 y sus modificatorios, corresponde llevar a cabo los procesos de selección respecto de los cargos reservados para ser ocupados exclusivamente por personas con discapacidad.

Que mediante la Resolución de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 64 de fecha 16 de febrero de 2023, se aprobaron las Bases del Concurso y el Llamado a Convocatoria para la cobertura de CINCO (5) cargos vacantes y financiados de la planta permanente de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN.

Que los integrantes del Comité de Selección tienen entre sus responsabilidades, las de aprobar las bases de la convocatoria, evaluar a los postulantes y elaborar el orden de mérito.

Que, por su parte, la Coordinación Concursal tiene entre sus responsabilidades, las de impulsar el proceso de selección para concluirlo dentro de los plazos previstos.

Que el Comité de Selección Nº 2, en el marco de sus competencias aprobó las grillas de valoración de antecedentes, ratificó las actas de Evaluación de Antecedentes Laborales y Curriculares, y de Evaluación Técnica.

Que por Acta N° 9 de fecha 21 de abril de 2023, IF-2023-45052018-APN-DPSP#JGM, el Comité de Selección Nº 2 elaboró y elevó los Órdenes de Mérito correspondientes a diversos cargos vacantes del Agrupamiento General.

Que se ha dado cumplimiento a las etapas del proceso de selección para la cobertura de dichos cargos, conforme el Régimen de Selección antes mencionado.

Que por todo lo expuesto, corresponde aprobar el Orden de Mérito, de conformidad al Anexo I de la presente medida.

Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO de la SUBSECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.

Que el servicio jurídico permanente ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios y la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA Nº 39 de fecha 18 de marzo 2010 y sus modificatorias.

Por ello,

LA SECRETARIA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébense las Órdenes de Mérito, elevadas por el Comité de Selección Nº 2, correspondiente al proceso de Convocatoria Interna convocado mediante la Resolución de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 168 de fecha 5 de agosto de 2022, para la cobertura de los cargos vacantes y financiados pertenecientes a la Planta Permanente de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN de acuerdo al detalle obrante en el Anexo I IF-2023-48366576-APN-DPSP#JGM, que forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Ana Gabriela Castellani

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 18/05/2023 N° 36019/23 v. 18/05/2023

Fecha de publicación 18/05/2023