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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE CULTURA

Resolución 591/2023

RESOL-2023-591-APN-MC

Ciudad de Buenos Aires, 16/05/2023

VISTO el Expediente N° EX-2023-46936865- -APN-DGD#MC, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 y su Decreto reglamentario N° 1421 del 8 de agosto de 2002, los Decretos N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, N° 355 de fecha 22 de mayo de 2017 y N° 859 de fecha 26 de septiembre de 2018, la Resolución N° 289 de fecha 23 de marzo de 2023 del MINISTERIO DE CULTURA, y

CONSIDERANDO:

Que el cargo de DIRECTOR/A del MUSEO NACIONAL DE ARTE ORIENTAL dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MUSEOS de la SECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL del MINISTERIO DE CULTURA, Nivel B, con Función Ejecutiva Nivel IV, se encuentra vacante.

Que atento a la particular naturaleza de las tareas asignadas a la mencionada Unidad Organizativa y con el objeto de asegurar el normal desenvolvimiento de la Jurisdicción, resulta necesario proceder a la asignación de funciones con carácter transitorio en el mencionado cargo hasta tanto se designe el titular del mismo, en los términos del Título X del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (S.I.N.E.P.), homologado por el Decreto N° 2098/08, y del Artículo 15, inciso a), del Anexo I al Decreto N° 1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164.

Que el Artículo 108 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (S.I.N.E.P.), homologado por el Decreto N° 2098/08, establece que la subrogancia recaerá en el personal que reviste en calidad de permanente y goce de estabilidad, por alguna de las causas que allí establece y siempre que el período a cubrir sea superior a TREINTA (30) días corridos; y en el inciso a) refiere al supuesto en que el cargo se halle vacante.

Que mediante el Expediente citado en el Visto, la DIRECCIÓN NACIONAL DE MUSEOS prestó conformidad a la asignación de la función de Directora del MUSEO NACIONAL DE ARTES ORIENTAL a la Licenciada Rocío María BOFFO (C.U.I.L. N°27-23979180-3), quien revista en un cargo perteneciente a la Planta Permanente de este MINISTERIO DE CULTURA Nivel A, Grado 4, Tramo Inicial del Agrupamiento Profesional del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (S.I.N.E.P.), en virtud de su promoción por ascenso vertical, aprobada por Resolución M.C. N° 289/23 (RESOL-2023-289-APN-MC).

Que la agente en cuestión posee la idoneidad y el mérito suficientes para desempeñar dichas funciones de dirección.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.

Que se solicitó oportunamente la intervención de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, continuadora de las competencias en materia de empleo de la entonces SECRETARIA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN, de conformidad con las previsiones del artículo 3° del Decreto N° 355/17.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS han tomado intervención en el ámbito de sus respectivas competencias.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del Artículo 3° del Decreto N° 355/17 y sus modificatorios.

Por ello,

EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Dar por asignadas transitoriamente, a partir del día 23 de marzo de 2023, las funciones de Directora del MUSEO NACIONAL DE ARTE ORIENTAL dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MUSEOS de la SECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL del MINISTERIO DE CULTURA, Nivel B, con Función Ejecutiva Nivel IV, a la Licenciada Rocío María BOFFO (C.U.I.L. N°27-23979180-3), agente de la Planta Permanente, Nivel A, Grado 4, Tramo Inicial del Agrupamiento Profesional del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (S.I.N.E.P.), en los términos del Título X del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (S.I.N.E.P.), homologado por el Decreto N° 2098/08 y de lo prescripto por el Artículo 15, inciso a) del Anexo I al Decreto N° 1421/02.

ARTÍCULO 2°.- Establecer que la asignación transitoria de funciones dispuesta en el artículo precedente en el cargo allí mencionado se extenderá hasta tanto se instrumente su cobertura definitiva con arreglo a los respectivos regímenes de selección, no pudiendo superar el plazo de TRES (3) años, conforme lo dispuesto en los artículos 110 y 111 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP).

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande la presente medida se atenderá con cargo a las partidas presupuestarias correspondiente a la JURISDICCIÓN 72 – MINISTERIO DE CULTURA.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese.

Tristán Bauer

e. 18/05/2023 N° 36312/23 v. 18/05/2023

Fecha de publicación 18/05/2023