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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Comunicación “B” 12537/2023

10/05/2023

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Ref.: Aclaraciones respecto del Decreto N ° 194/23.

Nos dirigimos a Uds. con relación a consultas recibidas sobre el Decreto del asunto, a los fines de recordarles la obligatoriedad de ofrecer y abrir las “Cuentas especiales para exportadores” (punto 2 de la Comunicación “A” 7571) y las “Cuentas especiales para titulares con actividad agrícola” (punto 2 de la comunicación “A” 7556).

Asimismo, les aclaramos que las cuentas mencionadas no tienen fecha de vencimiento conforme la normativa vigente.

Por último, les informamos que la rueda “CAM9” estará vigente: para el Anexo I del Decreto N ° 194/23 hasta el 31 de mayo del corriente año inclusive, y para los bienes expuestos en el Anexo II del citado Decreto hasta el 31 de agosto de 2023 inclusive.

Saludamos a Uds. atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Ricardo M. Tustanoski, Jefe de Aplicaciones Normativas - Mariano E. Leguiza, Gerente de Aplicaciones Normativas a/c.

e. 22/05/2023 N° 37348/23 v. 22/05/2023

Fecha de publicación 22/05/2023