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MINISTERIO DE SALUD

Decisión Administrativa 406/2023

DECAD-2023-406-APN-JGM - Contratación Directa por Exclusividad N° 80-0044-CDI22.

Ciudad de Buenos Aires, 22/05/2023

VISTO el Expediente Nº EX-2022-71914552-APN-DCYC#MS, los Decretos Nros. 1023 de fecha 13 de agosto de 2001 y 1030 de fecha 15 de septiembre de 2016, ambos con sus respectivas normas modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución N° 21 de fecha 10 de enero de 2023 del MINISTERIO DE SALUD se autorizó la convocatoria de la Contratación Directa por Exclusividad N° 80-0044-CDI22 de la citada Cartera Ministerial, llevada a cabo para la adquisición de DOCE (12) kits del medicamento Onasemnogén Abeparvovec (Zolgensma®), con servicio de logística incluido, solicitada por la DIRECCIÓN DE COBERTURAS DE MEDICAMENTOS ESPECIALES Y DE ALTO PRECIO del mencionado organismo, y se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rigió el llamado de la referida contratación directa.

Que el objeto de la contratación es dar cobertura a DOCE (12) pacientes con diagnóstico de Atrofia Muscular Espinal tipo I, con dos copias del gen SMN2, de hasta NUEVE (9) meses de edad, sin soporte ventilatorio o con ventilación no invasiva (de corta VNI) hasta 6 horas/día, con alimentación oral exclusiva y que cumplan con los criterios objetivos de inclusión que oportunamente definirá la autoridad de aplicación y que hayan sido evaluados favorablemente por la Comisión de expertos que intervenga.

Que se difundió el Proceso de Compra en el Sistema Electrónico de Contrataciones de la Administración Nacional denominado COMPR.AR.

Que la mencionada contratación se encuentra excluida del Control de Precios Testigo conforme lo establecido en el artículo 3°, inciso c) del Anexo I de la Resolución N° 36/17 de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN y sus modificatorias.

Que en el marco de la referida Contratación Directa por Exclusividad se emitieron las Circulares Modificatorias N° 1, N° 2 y N° 3, las cuales fueron difundidas y comunicadas conforme el procedimiento previsto en el artículo 50 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 1030/16.

Que conforme surge del Acta de Apertura de fecha 27 de enero de 2023 se recibió la oferta correspondiente a la firma NOVARTIS ARGENTINA S.A. para el renglón 1 por un monto total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES DIECIOCHO MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL (USD 18.876.000).

Que obra la intervención de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA (ANMAT), organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD.

Que en virtud de lo dispuesto por la Ley N° 24.437 y sus normas modificatorias y complementarias, ha tomado intervención la DIRECCIÓN NACIONAL DE COMPRE ARGENTINO Y PROGRAMA DE DESARROLLO DE PROVEEDORES de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA.

Que la DIRECCIÓN DE MEDICAMENTOS ESPECIALES Y ALTO PRECIO del MINISTERIO DE SALUD elaboró el correspondiente informe técnico del cual surge que la oferta de la firma NOVARTIS ARGENTINA S.A. se ajusta técnicamente a las especificaciones del Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rigió el llamado.

Que, por lo expuesto, la Dirección de Compras y Contrataciones del citado Ministerio, en función de los análisis administrativos y técnicos preliminares y la documentación obrante en el Expediente respectivo, recomendó la adjudicación de la oferta de NOVARTIS ARGENTINA S.A. para el renglón 1 por ser válida y económicamente conveniente.

Que mediante la Resolución N° 667 de fecha 5 de abril de 2023 del MINISTERIO DE SALUD se aprobó el procedimiento de selección llevado a cabo en la citada contratación.

Que, por lo expuesto, corresponde proceder a la adjudicación de la referida Contratación Directa por Exclusividad N° 80-0044-CDI22 del MINISTERIO DE SALUD de acuerdo a la mencionada recomendación.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMACIÓN Y CONTROL PRESUPUESTARIO del MINISTERIO DE SALUD ha certificado la existencia de crédito presupuestario.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, por el artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, aprobado por el Decreto N° 1344/07 y sus modificatorios y por el artículo 9°, inciso e) y su Anexo del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto N° 1030/16, sus modificatorios y normas complementarias.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Adjudícase la Contratación Directa por Exclusividad N° 80-0044-CDI22, llevada a cabo para la adquisición de DOCE (12) kits del medicamento Onasemnogén Abeparvovec (Zolgensma®), con servicio de logística incluido, solicitada por la DIRECCIÓN DE COBERTURAS DE MEDICAMENTOS ESPECIALES Y DE ALTO PRECIO del mencionado organismo, a favor de la firma NOVARTIS ARGENTINA S.A. (CUIT N° 30-51662039-7) por la suma total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES DIECIOCHO MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL (USD 18.876.000).

ARTÍCULO 2º.- La suma total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES DIECIOCHO MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL (USD 18.876.000) a la que asciende la referida contratación se imputará con cargo a las partidas presupuestarias pertinentes del Presupuesto del MINISTERIO DE SALUD, de acuerdo con el siguiente detalle: para el ejercicio 2023 el importe de DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOCE MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL (USD 12.584.000) y para el ejercicio 2024, el importe de DÓLARES ESTADOUNIDENSES SEIS MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL (USD 6.292.000).

ARTÍCULO 3º.- Autorízase a la Ministra de Salud a aprobar la ampliación, disminución, resolución, rescisión, declaración de caducidad y aplicación de penalidades al adjudicatario o cocontratante respecto de la contratación que por este acto se adjudica.

ARTÍCULO 4°.- Autorízase a la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRACIONES del MINISTERIO DE SALUD a suscribir la pertinente Orden de Compra.

ARTÍCULO 5°.- Hágase saber que contra la presente se podrá interponer, a su opción, recurso de reconsideración dentro del plazo de DIEZ (10) días hábiles a partir de su notificación o recurso jerárquico directo dentro del plazo de QUINCE (15) días hábiles a partir de su notificación, en ambos casos ante la autoridad que dictó el acto impugnado, conforme lo dispuesto por los artículos 84 y 90 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 - T.O. 2017.

ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Agustín Oscar Rossi - E/E Victoria Tolosa Paz

e. 23/05/2023 N° 37953/23 v. 23/05/2023

Fecha de publicación 23/05/2023