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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE CULTURA

Resolución 456/2023

RESOL-2023-456-APN-MC

Ciudad de Buenos Aires, 26/04/2023

VISTO el Expediente N° EX-2023-28062998- -APN-DGD#MC, la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, la Ley N° 25.197, el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que entre los objetivos asignados al MINISTERIO DE CULTURA por la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias se encuentran los de: “Entender en la formulación y ejecución de las políticas, planes, programas y proyectos de la jurisdicción destinadas a estimular y favorecer a las culturas en todas sus formas (...) Dirigir políticas de conservación, resguardo y acrecentamiento del Patrimonio Cultural de la Nación” (…) “Promover políticas de incentivo y desarrollo cultural de la Nación, propiciando la creación, la experimentación y la democratización del acceso a bienes culturales” y: “Ejecutar políticas públicas tendientes a reconocer y fortalecer la diversidad cultural, integrar las diferentes expresiones que conforman la identidad nacional, y ampliar la participación y organización popular…”

Que, asimismo, de conformidad con las disposiciones del Decreto N° 50/19 y sus modificatorios, la SECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL tiene como objetivos, entre otros: “Diseñar y gestionar políticas y acciones para la conservación, resguardo y acrecentamiento del Patrimonio Cultural de la Nación”, y: “Fomentar la divulgación del Patrimonio Cultural de la Nación y su acceso a través de la multiplicidad de vías existentes.”

Que, en tal aspecto, en virtud del artículo 2° del Ley N° 25.197, el patrimonio cultural argentino se compone del universo de “bienes culturales”, entendidos como “todos aquellos objetos, seres o sitios que constituyen la expresión o el testimonio de la creación humana y la evolución de la naturaleza y que tienen un valor arqueológico, histórico, artístico, científico o técnico excepcional”, entre los cuales se encuentran comprendidos “los documentos de archivos, incluidos (…) grabaciones sonoras y análogos”.

Que, así, resulta adecuado llevar adelante la convocatoria denominada “PAN: Panorama de Audioexperimentación Nacional”, consistente en el otorgamiento de becas para la realización de piezas radiofónicas originales e inéditas de investigación artística sobre las culturas sonoras e identidades acústicas de los municipios del conurbano bonaerense.

Que, tal iniciativa tiene como objetivos, entre otros, fortalecer la producción y circulación de nuevas músicas y formatos radiofónicos y difundir la investigación y producción artística para el medio radiofónico, contribuyendo en la creación y difusión de piezas radiofónicas sobre las culturas sonoras e identidades acústicas del conurbano bonaerense.

Que, a los efectos de facilitar la implementación de la Convocatoria, la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN PATRIMONIAL dependiente de la SECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL será la autoridad de aplicación e interpretación de sus Bases y Condiciones, encontrándose facultada para dictar las normas de carácter operativo o interpretativo que resulten necesarias.

Que el gasto que demande la presente será imputado con cargo a las partidas presupuestarias asignadas al Ejercicio 2023, conforme la Ley N° 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023, distribuido por la Decisión Administrativa N° 4/23 (DECAD-2023-4-APN-JGM).

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones y facultades otorgadas mediante la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias y las facultades conferidas por el artículo 1°, inciso g) del Decreto N° 101/85 y sus modificatorios y Decreto N° 1344/07 y sus modificatorios.

Por ello,

EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar la Convocatoria “PAN: Panorama de Audioexperimentación Nacional”, conforme a las Bases y Condiciones que, como ANEXO I (IF-2023-35802181-APN-DNGP#MC), forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2°.- Destinar la suma de PESOS UN MILLÓN OCHOCIENTOS MIL ($1.800.000.-), a la atención de NUEVE (9) Becas de PESOS DOSCIENTOS MIL ($200.000.-) cada una.

ARTÍCULO 3°.- Establecer como fecha de apertura de la Convocatoria aprobada por el artículo 1°, el segundo día hábil siguiente a la publicación del presente acto en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 4°.- La DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN PATRIMONIAL de la SECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL será la autoridad de aplicación e interpretación de las bases y condiciones de la Convocatoria “PAN: Panorama de Audioexperimentación Nacional” aprobada por el artículo 1°, encontrándose facultada para dictar las normas de carácter operativo o interpretativo que resulten necesarias para su implementación con intervención, cuando corresponda, de las áreas técnicas dependientes de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA.

ARTÍCULO 5°.- El gasto que demande la presente medida se atenderá con cargo a las partidas presupuestarias correspondientes a la JURISDICCIÓN 72 - MINISTERIO DE CULTURA.

ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese.

Tristán Bauer

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 24/05/2023 N° 38239/23 v. 24/05/2023

Fecha de publicación 24/05/2023