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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución 711/2023

RESOL-2023-711-APN-INCAA#MC

Ciudad de Buenos Aires, 24/05/2023

VISTO el EX-2021-115133544- -APN-GCYCG#INCAA del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, los Decretos Nº 1536 de fecha 20 de agosto de 2002 y Nº 178 de fecha 3 de abril de 2023 y las Resoluciones INCAA N° 1 de fecha 2 de enero de 2017 y sus modificatorias, N° 65 de fecha 12 de enero de 2017, Nº 1506-E de fecha 6 de diciembre de 2021, N° 232-E de fecha 23 de febrero de 2022, y;

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias en su artículo 1° pone a cargo del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES el fomento y regulación de la actividad cinematográfica en el territorio de la República Argentina y de la actividad cinematográfica nacional en el exterior, asignándole la facultad de otorgar subsidios a la producción cinematográfica nacional, como así también la de adoptar otras medidas de fomento según las necesidades particulares de los distintos tipos de producciones.

Que, a esos efectos, el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES dictó las Resoluciones INCAA N° 1/2017, aprobando el RÉGIMEN GENERAL DE FOMENTO, y N° 65/2017 aprobando el RÉGIMEN DE FOMENTO REGIONAL.

Que por Resolución Nº 232-E/2022, se creó el COMITÉ DE EVALUACIÓN DE PROYECTOS DE FICCIÓN Y ANIMACIÓN DE LARGOMETRAJES REGIONALES, el que estará conformado por CINCO (5) integrantes, teniendo la siguiente composición: UN PRODUCTOR, UN DIRECTOR, UN GUIONISTA, UN ACTOR y UN TÉCNICO CINEMATOGRÁFICO, con la debida trayectoria y experiencia, incumbiendo además para su composición, la paridad de género y la representación de todas las regiones.

Que el mencionado COMITÉ sesionará y evaluará los proyectos asignados, y la duración en los cargos de sus integrantes, será por el término de SEIS (6) meses.

Que en los casos de películas de Animación, al COMITÉ se le sumará la integración de UN (1) productor con antecedentes en películas nacionales de animación; y además, cuando un proyecto de ficción o animación estuviese destinado a la infancia se adicionará, a los demás integrantes, UN (1) Licenciado en Psicopedagogía o Licenciado en Psicología con especialización en infancia, y UN (1) productor con antecedentes en películas nacionales destinadas a la infancia.

Que mediante Acta identificada como IF-2023-56372487-APN-SGPA#INCAA, de fecha 4 de mayo de 2023, el CONSEJO ASESOR, acuerda por UNANIMIDAD designar a los siguientes integrantes para el COMITÉ DE EVALUACIÓN DE PROYECTOS DE FICCIÓN Y ANIMACIÓN DE LARGOMETRAJES REGIONALES N° 3: Cristina RASCHIA, (DNI: 10.779.485) de CUYO; Paula Verónica RODRÍGUEZ, (DNI: 31.341.113) de NEA; Rodrigo MOSCOSO, (DNI: 23.437.804) de NOA; Luis Maria REY, (DNI: 14.727.840) de PATAGONIA; y Ana Lucia FRAU, (DNI: 32.808.144) de CENTRO.

Que la Gerencia General, la Subgerencia de Gestión de Producción Audiovisual y la Gerencia de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención que les compete.

Que la facultad para el dictado de la presente Resolución surge de la Ley 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias y los Decretos N° 1536/2002 y Nº 178/2023.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Designar al COMITÉ DE EVALUACIÓN DE PROYECTOS DE FICCIÓN Y ANIMACIÓN DE LARGOMETRAJES REGIONALES N° 3, el que estará conformado por los siguientes miembros: Cristina RASCHIA, (DNI: 10.779.485) de CUYO; Paula Verónica RODRÍGUEZ, (DNI: 31.341.113) de NEA; Rodrigo MOSCOSO, (DNI: 23.437.804) de NOA; Luis Maria REY, (DNI: 14.727.840) de PATAGONIA; y Ana Lucia FRAU, (DNI: 32.808.144) de CENTRO.

ARTÍCULO 2°.- Determinar que los integrantes designados en el artículo que antecede, cesarán en sus funciones a los SEIS (6) meses, contados a partir de la fecha que se estipule en el contrato, el cual será firmado oportunamente, cumpliendo funciones de asesoramiento técnico, sin relación de dependencia con el Instituto, bajo la modalidad de contrato de locación de obra.

ARTICULO 3°.- Establecer que la presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.

ARTICULO 4°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Nicolas Daniel Batlle

e. 30/05/2023 N° 39375/23 v. 30/05/2023

Fecha de publicación 30/05/2023