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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SEGURIDAD

Resolución 334/2023

RESOL-2023-334-APN-MSG

Ciudad de Buenos Aires, 24/05/2023

VISTO el Expediente EX-2023-54909779- -APN-DNCJYMP#MSG del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley N° 26.538, la Resolución Conjunta M.J. y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016 y sus modificatorias, y las Resoluciones del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 828 del 27 de septiembre de 2019, N° 289 del 17 de junio de 2021, N° 434 del 30 de agosto de 2021 y N° 549 del 19 de agosto de 2022, y

CONSIDERANDO

Que ante el JUZGADO DE INSTRUCCIÓN EN LO PENAL N° 2 de la Provincia de SAN LUIS, a cargo del Doctor Ariel Gustavo PARRILLIS, tramitan los autos caratulados ESC. N° 1701/21, “SISTEMA FEDERAL DE BÚSQUEDA DE PERSONAS DESAPARECIDAS Y EXTRAVIADAS (SIFEBU) MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA NACIÓN-SOLICITA ALERTA SOFÍA”.

Que oportunamente se dictó la RESOL-2021-289-APN-MSG mediante la cual se ofreció una recompensa, de acuerdo a la Ley N° 26.538, de PESOS DOS MILLONES ($2.000.000), destinada a aquellas personas que brinden datos útiles que permitan dar con el paradero de Guadalupe Belén LUCERO CIALONE, Argentina, titular del D.N.I. N° 55.151.732, quien habría sido vista por última vez el día 14 de junio de 2021, aproximadamente a las 19:20 horas, en el Barrio 544 Viviendas de la ciudad de San Luis, provincia homónima.

Que con posterioridad se dictó la RESOL-2021-434-APN-MSG mediante la cual se incrementó dicha recompensa, de acuerdo a la Ley N° 26.538, a la suma de PESOS CINCO MILLONES ($5.000.000).

Que, mediante oficio de fecha 14 de abril de 2023, la Doctora María Alejandra MANGANO, en su carácter de integrante del equipo de trabajo de fiscales designado para intervenir conjuntamente (Res. MP 246/21) en el expediente FMZ nro.9787/2021 (caso coirón 36.666/21), que tramita en la Fiscalía Federal de San Luis en los términos del artículo 196 del Código Procesal Penal de la Nación, solicitó a este Ministerio se sustituya la imagen utilizada en los afiches de difusión por otras que reflejan de mejor forma las características físicas de la menor al momento de su desaparición.

Que en el artículo 5° de la RESOL- 2021- 434-APN-MSG, mediante IF2021-79729088-APN-DNCJYMP#MSG, se estableció el afiche de difusión para lograr el paradero de Guadalupe Belén LUCERO CIALONE.

Que, a través de la RESOL-2022-549-APN-MSG de fecha 19 de agosto de 2022, el “PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA pasó a denominarse “PROGRAMA NACIONAL DE RECOMPENSAS”, el cual funciona dentro de la órbita de la DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN JUDICIAL Y MINISTERIOS PÚBLICOS, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL Y COOPERACIÓN JUDICIAL de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD Y POLÍTICA CRIMINAL de este Organismo.

Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.

Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en el artículo 4°, inciso b), apartado 9, de la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y sus modificatorias, en los artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538, y de conformidad con lo dispuesto en la Resolución Conjunta M.J. y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16 y sus modificatorias, y la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 828/2019.

Por ello,

El MINISTRO DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el artículo 5º de la RESOL-2021-434-APN-MSG, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“Artículo 5°.- Instrúyase a las Fuerzas Federales de Seguridad para que procedan a la difusión y publicación en todas sus formas del afiche que obra como (IF-2023-56144226-APN-DRPJ#MSG), correspondiente a la recompensa ofrecida, formando parte de la presente.”

ARTÍCULO 2º.- Encomiéndese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL de este Ministerio la difusión de la presente en medios gráficos de circulación nacional.

ARTÍCULO 3°.- Instrúyase a las Fuerzas Federales de Seguridad la difusión y publicación, en todas sus formas, del afiche que obra como (IF-2023-56144226-APN-DRPJ#MSG) correspondiente a la recompensa ofrecida, el cual forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- La presente medida entra en vigencia a partir de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.

ARTÍCULO 5º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Aníbal Domingo Fernández

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 30/05/2023 N° 39169/23 v. 30/05/2023

Fecha de publicación 30/05/2023