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26 de Diciembre de 2012

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES SUBSECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA Y COMPETENCIAS NACIONALES

Disposición 29/2023

DI-2023-29-APN-SSIDYCN#MTYD

Ciudad de Buenos Aires, 29/05/2023

VISTO el Expediente EX-2023-53784363- -APN-DDE#MTYD, la Ley N° 20.655 y sus modificatorias, las Resoluciones Conjuntas Nros. 2 del 6 de julio de 2022 y 1 del 28 de febrero de 2023, ambas del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES y el MINISTERIO DE SALUD, las Disposiciones Nros. 13 del 18 de julio de 2022 y 23 del 26 de septiembre de 2022, ambas de la SUBSECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA Y COMPETENCIAS NACIONALES de la SECRETARÍA DE DEPORTES del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 20.655 y sus modificatorias dispuso que el Estado atenderá al deporte en sus diversas manifestaciones, considerando entre sus objetivos la universalización del deporte y la actividad física como derecho de la población y como factor coadyuvante a la formación integral de las personas, tanto dentro del marco del sistema educativo como en los demás aspectos de la vida social.

Que la Resolución Conjunta N° 2/22 del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES y el MINISTERIO DE SALUD, modificada por su similar N° 1/23 del mismo registro, creó el PROGRAMA DE PROMOCIÓN DE ACCESO A LA SALUD Y LA PRÁCTICA DEPORTIVA EN CLUBES Y OTRAS ENTIDADES DEPORTIVAS, a fin de financiar los gastos que demande la práctica de actividades deportivas ofertadas por las entidades que se inscriban al mismo, realizadas por personas de entre CINCO (5) y DIECISIETE (17) años de edad inclusive, quienes por su intermedio también acceden a la atención y el seguimiento de su estado de salud integral.

Que la Disposición N° 13/22 de esta SUBSECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA Y COMPETENCIAS NACIONALES -entre otras cuestiones- convocó a las asociaciones, entidades y/o instituciones deportivas legalmente constituidas en el país a participar del referido programa y determinó en su Anexo I las actividades deportivas a ser ofrecidas, cuyo número fue ampliado por la Disposición N° 23/22 de esta Subsecretaría.

Que por el artículo 3° de la Resolución Conjunta N° 2/22 del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES y el MINISTERIO DE SALUD y su modificatoria, se facultó a la SUBSECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA Y COMPETENCIAS NACIONALES a modificar el valor del módulo previsto en el artículo 3º del reglamento del programa.

Que así las cosas, esta Subsecretaría ha advertido la necesidad de actualizar el valor del módulo, con el objeto de potenciar el alcance de la política pública llevada adelante, manteniendo el normal y habitual desarrollo de las actividades dictadas por los clubes inscriptos en el Programa, e impulsando el crecimiento de las mismas.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES tomó la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de lo establecido en los Decretos Nros. 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificaciones y 55 del 13 de enero de 2020 y el artículo 3° de la Resolución Conjunta N° 2/22 del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES y el MINISTERIO DE SALUD y su modificatoria.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA Y COMPETENCIAS NACIONALES

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Modifícase el valor unitario del módulo-deportivo establecido en el artículo 3° del Reglamento del PROGRAMA DE PROMOCIÓN DE ACCESO A LA SALUD Y LA PRÁCTICA DEPORTIVA EN CLUBES Y OTRAS ENTIDADES DEPORTIVAS, que como Anexo integra la Resolución Conjunta N° 2/22 del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES y el MINISTERIO DE SALUD y su modificatoria, cuyo nuevo monto será de PESOS TRECE ($ 13).

ARTÍCULO 2°.- Esta disposición comenzará a regir el 1 de junio de 2023.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Sergio Luis Palmas

e. 01/06/2023 N° 40544/23 v. 01/06/2023

Fecha de publicación 01/06/2023