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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

Resolución 255/2023

RESOL-2023-255-APN-INASE#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 28/04/2023

VISTO el Expediente EX-2022-126086253--APN-DRV#INASE del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, y

CONSIDERANDO:

Que con fecha 23 de noviembre de 2022 la ESTACIÓN EXPERIMENTAL AGROINDUSTRIAL OBISPO COLOMBRES, ha solicitado la baja de las inscripciones en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, creado por el Artículo 19 de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247, de las creaciones fitogenéticas de garbanzo (Cicer arietinum L.) de denominaciones TUC 403, TUC 464 y TUC G-470, y de la creación fitogenética de poroto de denominación TUC 510.

Que el Artículo 30 a) de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247 establece que caducará el Título de Propiedad sobre un cultivar por renuncia del propietario a sus derechos, en cuyo caso el cultivar será de uso público.

Que el Artículo 36 a) del Decreto Nº 2.183 de fecha 21 de octubre de 1991, Reglamentario de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247 establece que el derecho del obtentor sobre una variedad caducará por renuncia del obtentor a sus derechos, en cuyo caso la variedad será de uso público.

Que el Artículo 38 del Decreto Nº 2.183 de fecha 21 de octubre de 1991, Reglamentario de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247 establece que se publicarán a cargo del interesado en el Boletín Oficial las renuncias a los Títulos de Propiedad otorgados.

Que la Dirección de Registro de Variedades del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado de la órbita de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, ha dictaminado al respecto.

Que la suscripta es competente para dictar el presente acto, en virtud de lo establecido en los Artículos 8° y 9º del Decreto Nº 2.817 de fecha 30 de diciembre de 1991, ratificado por la Ley Nº 25.845.

Por ello,

LA PRESIDENTA DEL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Declárese la caducidad de los derechos de propiedad pertinentes de la ESTACIÓN EXPERIMENTAL AGROINDUSTRIAL OBISPO COLOMBRES sobre las creaciones fitogenéticas de garbanzo (Cicer arietinum L.) de denominaciones TUC 403, TUC 464 y TUC G-470, y de la creación fitogenética de poroto de denominación TUC 510, inscriptas en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, creado por el Artículo 19 de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247, mediante las Resoluciones Nros. 97 de fecha 13 de mayo de 2014, RESOL-2021-525-APN-INASE#MAGYP de fecha 7 de octubre de 2021, ambas del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita del ex – MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y 29 de fecha 7 de marzo de 2005 de la ex – SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del ex – MINISTERIO DE ECONOMÍA y PRODUCCIÓN, pasando las mismas a ser de uso público, en virtud de la renuncia solicitada por el titular (Artículo 30 a) Reglamentario de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247).

ARTÍCULO 2º.- Regístrese, comuníquese, publíquese a cargo del interesado en el Boletín Oficial y archívese.

Silvana Babbitt

e. 02/06/2023 N° 41029/23 v. 02/06/2023

Fecha de publicación 02/06/2023