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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SEGURIDAD

Resolución 359/2023

RESOL-2023-359-APN-MSG

Ciudad de Buenos Aires, 01/06/2023

VISTO el Expediente EX-2023-50359907- -APN-DNCJYMP#MSG, del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley N° 26.538, la Resolución Conjunta M.J. y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016 y sus modificatorias, y las Resoluciones del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 828 del 27 de septiembre de 2019 y N° 549 del 19 de agosto de 2022, y.

CONSIDERANDO:

Que ante la FISCALÍA COORDINADORA DE SAN CARLOS DE BARILOCHE, TERCERA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE RÍO NEGRO, a cargo del Doctor Martín LOZADA, tramita el Legajo N° MPF-BA-05780-2019, caratulado “ROBLES MONJE DELIA ELISA C/ MONJE CONTRERAS JUAN CARLOS S/ ABUSO SEXUAL”.

Que la mencionada FISCALÍA solicitó a este Ministerio, mediante oficio de fecha de 15 de marzo de 2023, se ofrezca recompensa para aquellas personas que, sin haber intervenido en los hechos delictuales, brinden datos útiles que permitan dar con el paradero del prófugo Juan Carlos MONJE CONTRERAS, titular del D.N.I. N° 94.338.972, de nacionalidad chilena, nacido el 24 de noviembre de 1966, en Paillaco, Chile, de 56 años de edad, con último domicilio conocido en calle La Higuera 712 del Barrio Alto Campanario de Bariloche, provincia de Río Negro, cédula de identidad chilena N° 11.081.349-K, domicilio registrado en Chile en calle Manuel Rodríguez N° 384, comuna de Paillaco, hijo de Juan Bautista MONJE y María Delia CONTRERAS.

Que MONJE CONTRERAS fue declarado autor penalmente responsable por el delito de abuso sexual reiterado, agravado por acceso carnal, de conformidad con los arts. 45 y 119 tercer párrafo del Código Penal. El nombrado se encuentra prófugo desde el día 24 de febrero de 2023, conforme lo declaró el Tribunal de Juicio, dictando su rebeldía y orden de captura.

Que los hechos que se le atribuyen a Juan Carlos MONJE CONTRERAS fueron protagonizados en fecha no precisa, pero ubicable en el transcurso de los años 2009 a 2014, cuando abusó sexualmente de una menor entre los 8 y 13 años de edad.

Que el artículo 3º de la Ley N° 26.538 establece que la autoridad de aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL, hará el ofrecimiento de recompensa y tendrá a su cargo el pago.

Que, a través de la RESOL-2022-549-APN-MSG de fecha 19 de agosto de 2022, el “PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA” pasó a denominarse “PROGRAMA NACIONAL DE RECOMPENSAS”, el cual funciona dentro de la órbita de la DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN JUDICIAL Y MINISTERIOS PÚBLICOS, dependiente de esta cartera ministerial.

Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.

Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en el artículo 4°, inciso b), apartado 9, de la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y sus modificatorias, en los artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538, y de conformidad con lo dispuesto en la Resolución Conjunta M.J. y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16 y sus modificatorias, y la RESOL-2019-828-APN-MSG.

Por ello,

EL MINISTRO DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Ofrézcase como recompensa dentro del territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA la suma de PESOS TRES MILLONES QUINIENTOS MIL ($3.500.000), destinada a aquellas personas que brinden datos útiles que permitan lograr la detención de Juan Carlos MONJE CONTRERAS, titular del D.N.I. N° 94.338.972, sobre quien pesa orden de captura desde el 24 de febrero de 2023.

ARTÍCULO 2°.- Quienes cuenten con información podrán comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE RECOMPENSAS, dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN JUDICIAL Y MINISTERIOS PÚBLICOS de este Ministerio, llamando a la línea gratuita 134.

ARTÍCULO 3°.- El pago de la recompensa será realizado en este Ministerio o en el lugar que designe el representante de esta Cartera de Estado, previo informe del representante de la autoridad interviniente sobre el mérito de la información brindada, preservando la identidad del aportante.

ARTÍCULO 4º.- Encomiéndese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL de este Ministerio la difusión de la presente en medios gráficos de circulación nacional.

ARTÍCULO 5°.- Instrúyase a las Fuerzas Federales de Seguridad para que procedan a la difusión y publicación, en todas sus formas, del afiche que obra como (IF-2023-54947041-APN-DRPJ#MSG), correspondiente a la recompensa ofrecida, formando parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 6º.- La presente Resolución entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.

ARTÍCULO 7º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Aníbal Domingo Fernández

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 05/06/2023 N° 41220/23 v. 05/06/2023

Fecha de publicación 05/06/2023