CONTRATOS
Decreto 296/2023
DCTO-2023-296-APN-PTE - Aprobación.
Ciudad de Buenos Aires, 05/06/2023
VISTO el Expediente N° EX-2023-37543117-APN-DGDA#MEC y el Modelo de Contrato de Préstamo BID 5746/OC-AR propuesto para ser suscripto entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo BID 5746/OC-AR el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) se compromete a asistir financieramente a la REPÚBLICA ARGENTINA con el fin de cooperar en la ejecución del “Programa de Apoyo a la Inclusión Social de las Personas con Discapacidad (PcD)”, por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO MILLONES (USD 265.000.000).
Que el objetivo general del citado Programa consiste en reducir los niveles de exclusión social de las personas con discapacidad.
Que los objetivos específicos del mencionado Programa son: (i) Promover el acceso efectivo a derechos, servicios y prestaciones básicas para las personas con discapacidad (PcD) y (ii) Fortalecer la capacidad de la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD (ANDIS) como órgano rector en materia de discapacidad y responsable de la transversalización de la perspectiva de discapacidad en el ámbito público y privado.
Que el referido Programa se desarrollará a través de DOS (2) componentes: (1) Apoyo a la Mejora del Sistema Nacional de Certificación de la Discapacidad y de los Sistemas de Aseguramiento de las Prestaciones y (2) Fortalecimiento de Capacidad Institucional de la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD (ANDIS).
Que la ejecución del Programa y la utilización de los recursos del financiamiento serán llevadas a cabo por la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD (ANDIS), organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, quien tendrá la responsabilidad de la ejecución integral del Programa, coordinará la implementación con las Unidades Organizativas que la conforman y actuará como interlocutor directo ante el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) en el marco de la operación.
Que la formalización de esta operación requiere que la REPÚBLICA ARGENTINA, en su carácter de Prestataria y por intermedio del MINISTERIO DE ECONOMÍA, suscriba el Contrato de Préstamo BID 5746/OC-AR, así como toda otra documentación relacionada con la operatoria de dicho Préstamo.
Que, en virtud de ello, corresponde facultar al señor Ministro de Economía para que, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, suscriba el Contrato de Préstamo BID 5746/OC-AR y acuerde las modificaciones que sean convenientes para la ejecución del “Programa de Apoyo a la Inclusión Social de las Personas con Discapacidad (PcD)”, siempre y cuando no constituyan cambios sustanciales al objeto y destino de los fondos ni deriven en un incremento de su monto o una alteración en el procedimiento arbitral pactado.
Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de interés y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Contrato de Préstamo BID 5746/OC-AR propuesto para ser suscripto son los usuales que se pactan en este tipo de contratos y resultan adecuados a los propósitos y objetivos para los que será destinado el mencionado Préstamo.
Que han tomado intervención los servicios jurídicos competentes.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y por el artículo 53 de la Ley N° 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014).
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Modelo de Contrato de Préstamo BID 5746/OC-AR a celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO MILLONES (USD 265.000.000), destinado a financiar el “Programa de Apoyo a la Inclusión Social de las Personas con Discapacidad (PcD)”, que consta como ANEXO I (IF-2023-40675983-APN-SSRFID#MEC), y las “Políticas para la Selección y Contratación de Consultores Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo”, que obran como ANEXO II (IF-2023-37086287-APN-SSRFID#MEC), formando ambos parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 2°.- Facúltase al señor Ministro de Economía, o al funcionario o a la funcionaria o funcionarios o funcionarias que este designe, a suscribir, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, el Contrato de Préstamo BID 5746/OC-AR y su documentación adicional, conforme al Modelo que se aprueba en el artículo 1° del presente decreto.
ARTÍCULO 3°.- Facúltase al señor Ministro de Economía, o al funcionario o a la funcionaria o funcionarios o funcionarias que este designe, a convenir y suscribir, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, modificaciones al Contrato de Préstamo BID 5746/OC-AR cuyo Modelo se aprueba por el artículo 1° de la presente medida, siempre que no constituyan cambios sustanciales en el objeto o destino de los fondos ni deriven en un incremento de su monto o introduzcan modificaciones al procedimiento arbitral pactado.
ARTÍCULO 4°.- Desígnase como “Organismo Ejecutor” del “Programa de Apoyo a la Inclusión Social de las Personas con Discapacidad (PcD)” a la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD (ANDIS), organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, quien tendrá la responsabilidad de la ejecución integral del Programa, coordinará la implementación con las Unidades Organizativas que la conforman y actuará como interlocutor directo ante el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) en el marco de la operación.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
FERNÁNDEZ - Agustín Oscar Rossi - Sergio Tomás Massa
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 06/06/2023 N° 42106/23 v. 06/06/2023
Fecha de publicación 06/06/2023