MINISTERIO DE ECONOMÍA
Resolución 758/2023
RESOL-2023-758-APN-MEC
Ciudad de Buenos Aires, 07/06/2023
Visto el expediente EX-2023-64690445- -APN-DGDA#MEC, la ley 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2023, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el artículo 37 de la ley 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2023, se autoriza de conformidad con lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones, a los entes que se mencionan en la planilla anexa al citado artículo, a realizar operaciones de crédito público por los montos, especificaciones y destino del financiamiento indicados en la referida planilla, aclarando en el último párrafo que el Ministerio de Economía podrá efectuar modificaciones a las características detalladas en la mencionada planilla, siempre dentro del monto total y destino del financiamiento fijado en ella, a los efectos de adecuarlas a las posibilidades de obtención de financiamiento, lo que deberá informarse de la misma forma y modo establecidos en el segundo párrafo del mismo artículo.
Que en la planilla anexa citada en el considerando precedente, se autoriza a la Administración Central a realizar operaciones de crédito público para atender servicios de la deuda y gastos no operativos, con plazos mínimos de amortización desde noventa (90) días a cuatro (4) años.
Que en los plazos mayores a trescientos sesenta (360) días, hay saldos pendientes de utilizar que pueden asignarse al plazo mínimo de amortización de noventa (90) días, de forma de optimizar las posibilidades de obtención de financiamiento para las emisiones que deban realizarse hasta la finalización del corriente ejercicio fiscal.
Que la medida propuesta no altera el importe total autorizado en el artículo 37 de la ley 27.701.
Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.
Que esta medida se dicta en virtud de las facultades previstas en el artículo 37 de la ley 27.701.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dispónese la reasignación de los montos pendientes de afectación para realizar operaciones de crédito público con destino a atender servicios de la deuda y gastos no operativos en los plazos mínimos de amortización de dieciocho (18) meses, dos (2) años, tres (3) años y cuatro (4) años al plazo mínimo de amortización de noventa (90) días, de la planilla anexa al artículo 37 de la ley 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2023, sin alterar el monto total autorizado en ella, la que quedará conformada de acuerdo con el detalle obrante en la planilla anexa (IF-2023-64909565-APN-SF#MEC) a este artículo, que forma parte integrante de esta medida.
ARTÍCULO 2°.- Esta medida entrará en vigencia a partir del día de su dictado.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Sergio Tomás Massa
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 08/06/2023 N° 42762/23 v. 08/06/2023
Fecha de publicación 08/06/2023