Edición del
19 de Julio de 1989

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - ADUANA DIAMANTE

EDICTO

Se hace saber que: por desconocerse el domicilio de la persona señalada dentro de la actuación que en planilla se detalla, se cita a la misma para que dentro de los diez (10) días hábiles comparezca ante la Aduana de Diamante (sita en calle Brown 370 de la localidad de Diamante - Entre Ríos), tome intervención en autos, presente su defensa y ofrezca todas las pruebas conducentes de que intentare valerse en un mismo escrito y acompañe con la documental que obre en su poder; bajo apercibimiento de ser declarada rebelde, según Art. 1105 del C.A.

Asimismo, se le hace saber que en caso de concurrir a estar a derecho por interpósita persona, el presentante deberá acreditar personería en los términos de los Arts.1030 y 1031 del C.A. bajo apercibimiento de no tenerlo por presentado según Art.1033 del C.A. En todos los asuntos en que se planteen o debatan cuestiones jurídicas será obligatorio el patrocinio letrado en atención al Art.1034 del C.A.

ENCARTADODNIACTA ADUANASUMARIOINFRACCION
PRES.
SIGEAMERCADERÍAMULTA EN PESOS
SEIDEL GRETEL34.852.239038/21
(AD
DIAM)
30/10/21
020-SC-4-2022/KArt. 986 y 98712485-73-2021NEUMATICOS$201.617,69

Jose Martin Nuñez, Administrador de Aduana.

e. 14/06/2023 N° 44584/23 v. 14/06/2023

Fecha de publicación 14/06/2023