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3 de Julio de 2023

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Legislación y Avisos Oficiales
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SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

Resolución 1161/2023

RESOL-2023-1161-APN-SSS#MS

Ciudad de Buenos Aires, 15/06/2023

VISTO el Expediente Nº EX-2023-00311092- -APN-SRHYO#SSS, la Ley Nº 27.701 de Presupuesto General de la Administración Pública, los Decretos Nros. 1615 del 23 de diciembre de 1996, 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, Nº 2710 del 28 de diciembre de 2012 y sus modificaciones, Nº 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, y N° 307 del 7 de mayo del 2021, las Resoluciones Nº 1826 del 5 de julio de 1983, N° 36 del 18 de mayo de 1998, Nº 2621 del 10 de septiembre de 2013, N° 2 del 17 de enero del 2020, N° 436 del 26 de febrero del 2021, N° 506 del 9 de marzo del 2021, la Resolución Conjunta N° 506 y N° 341 de la SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y SECRETARÍA DE HACIENDA DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y,

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 27.701 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023.

Que por el Decreto Nº 1615/96 se creó la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado actuante en la órbita del entonces MINISTERIO DE SALUD Y ACCIÓN SOCIAL, con personalidad jurídica y un régimen de autarquía administrativa, económica y financiera, en calidad de ente de supervisión, fiscalización y control de los agentes que integran el SISTEMA NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD.

Que por el Decreto Nº 2098/2008, sus modificatorios y complementarios, se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP).

Que por el Decreto Nº 2710/12 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD.

Que por la Resolución Conjunta N° 506/13 y N° 341/13, se incorporó al Nomenclador de Funciones Ejecutivas los cargos pertenecientes a la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD.

Que por la Resolución de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD N° 2621/13, se aprobaron entre otras, la Coordinación de Registros de Obras Sociales y Entidades de Medicina Prepaga, de la Secretaría General de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD.

Que mediante Resolución N° 2/20, se transfirió la COORDINACIÓN DE REGISTROS DE OBRAS SOCIALES Y ENTIDADES DE MEDICINA PREPAGA de la órbita de la GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS a la órbita de la SECRETARÍA GENERAL de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD.

Que por el Decreto N° 355/17 y su modificatorio establece en el artículo 3º que “la designación del personal ingresante a la planta permanente como asimismo la promoción del personal que revista en la planta permanente, luego de la sustanciación de los respectivos procesos de selección, en cargos vacantes y financiados presupuestariamente en el ámbito de la Administración Pública Nacional centralizada en cargos de las estructuras organizativas, serán efectuadas en sus respectivas Jurisdicciones por los Ministros, los Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y los Secretarios de Gobierno, como así también serán competentes para disponer asignaciones transitorias de funciones en sus respectivas Jurisdicciones …”

Que por el artículo 5º del decreto citado en el considerando precedente, indica que “en el caso de los organismos descentralizados con facultades relacionadas con la administración de su personal establecidas en sus normas de creación o en normas especiales, mantienen las mismas en los términos de los artículos 3”.

Que se considera necesario efectuar la asignación de funciones transitorias al cargo de la Coordinación de Registros de Obras Sociales y Entidades de Medicina Prepaga, de la Secretaría General de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, Nivel B, Grado 0, Función Ejecutiva III, situación que se encuentra comprendido en los extremos contemplados por el Título X del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios.

Que, por Resolución 1826/83, se designó a partir del 1° de agosto de 1983, en la planta permanente del INSTITUTO NACIONAL DE OBRAS SOCIALES a la Tec. Graciela Noemí BARCO, DNI Nº 12.345.861 en el Directorio de dicho Organismo.

Que mediante Resolución N° 36/98 se reubicó al personal detallado, entre ellos a la Tec. Graciela Noemí BARCO, DNI Nº 12.345.861, a la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD.

Que mediante Resolución N° 436/21 se promovió a la Tec. Graciela Noemí BARCO, DNI Nº 12.345.861 Nivel B, Agrupamiento General, Tramo Intermedio, al Grado 11.

Que mediante Resolución 506/21, se promovió al Tramo avanzado a la Tec. Graciela Noemí BARCO, DNI Nº 12.345.861, Nivel B, Agrupamiento General, Grado 11.

Que resulta necesario disponer, a partir del 21 de noviembre de 2022, la asignación transitoria de funciones correspondientes al cargo de Coordinadora de Registros de Obras Sociales y Entidades de Medicina Prepaga, de la SECRETARÍA GENERAL, a la Tec. Graciela Noemí BARCO, DNI Nº 12.345.861, autorizando el pago de la Función Ejecutiva III del mencionado Convenio Colectivo Sectorial nombrado en el considerando precedente.

Que la presente medida, se tramita con excepción a lo establecido en el artículo 112 último párrafo del Convenio Colectivo Sectorial homologado por del Decreto Nº 2098/08 sus modificatorios y complementarios, dadas las condiciones de idoneidad y del curriculum vitae de la agente nombrada precedentemente.

Que a fin de asegurar el cumplimento de los objetivos asignados a este Organismo, resulta necesario propiciar la asignación de funciones con carácter transitorio, de conformidad con lo dispuesto en el Título X del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado mediante el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios.

Que la cobertura del cargo aludido no implica asignación de recurso extraordinario.

Que la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la Superintendencia de Servicios de Salud ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del Artículo 5° del Decreto N° 355/17 y el Decreto 307/21.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS DE SALUD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Asígnese transitoriamente, a partir del 21 de noviembre del 2022, las funciones correspondientes al cargo de Coordinadora de Registros de Obras Sociales y Entidades de Medicina Prepaga, de la SECRETARÍA GENERAL de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, Nivel B, Función Ejecutiva III, a la Tec. Graciela Noemí BARCO, DNI Nº 12.345.861, quien reviste en la Planta Permanente de este Organismo, Nivel B, Grado 11, Tramo Avanzado, Agrupamiento General, del Convenio Colectivo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto Nº 2098/08 sus modificatorios y complementarios, de conformidad por lo dispuesto en el Título X, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente medida y por excepción de acuerdo a lo establecido por el artículo Nº 112 del referido ordenamiento.

ARTÍCULO 2°.- La asignación transitoria de funciones dispuesta en el artículo precedente en el cargo allí mencionado se extenderá hasta tanto se instrumente su cobertura definitiva con arreglo a los respectivos regímenes de selección, no pudiendo superar el plazo de TRES (3) años, conforme lo dispuesto en los Artículos 110 y 111 del Convenio Colectivo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP).

ARTÍCULO 3º.- La asignación de funciones que se autoriza por la presente medida, se ajustará a los términos establecidos en el artículo 109 del Convenio Colectivo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto 2098/08, sus modificatorios y complementarios

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución será atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 80 MINISTERIO DE SALUD, Entidad 914 - SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD.

ARTÍCULO 5°.- Regístrese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Daniel Alejandro Lopez

e. 22/06/2023 N° 46466/23 v. 22/06/2023

Fecha de publicación 22/06/2023