Edición del
7 de Septiembre de 2023

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRÁN”

Disposición 545/2023

DI-2023-545-APN-ANLIS#MS

Ciudad de Buenos Aires, 10/05/2023

VISTO el expediente EX-2018-58879210-APN-DACMYSG#ANLIS del registro del registro de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRÁN” (ANLIS), los Decretos N° 1628/96, N° 1133/09, Nº 64/14 y Nº 426/22, la Decisión Administrativa Nº 592/16 y las Disposiciones ANLIS Nº 392/17, Nº 179/18, Nº 477/19, Nº 431/20, Nº 170/21, Nº 1318/21 y Nº 946/22, y;

CONSIDERANDO

Que por Decreto Nº 64/14 se designó transitoriamente por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 20 de enero del 2014, en la Función de Jefatura Profesional de Jefe del SERVICIO VACUNA ANTIRRÁBICA al Lic. Oscar Ramón PEREZ (DNI Nº 13.852.329), con la Categoría AD, Grado 5 y en la Función de Jefatura Profesional de Jefe del SERVICIO ACTIVIDADES AGROPECUARIAS al Ing. Pablo Hernán COLLADO (DNI Nº 21.924.365), con la Categoría AD, ambos del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 1133/09, en el INSTITUTO NACIONAL DE PRODUCCIÓN DE BIOLÓGICOS de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRÁN” (ANLIS), organismo que actúa en la órbita del MINISTERIO DE SALUD, autorizándose el pago del Suplemento por Función de Jefatura Profesional de Nivel I del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción dependientes del MINISTERIO DE SALUD, homologado por el Decreto Nº 1133/09.

Que las actividades emprendidas se encuentran en pleno y constante desarrollo, advirtiéndose los avances que en tal sentido se han verificado también, durante la prórroga decidida por conducto de los últimos actos administrativos citados en el Visto.

Que dichas designaciones transitorias al igual que sus prórrogas, preveían asimismo que los cargos involucrados debían ser cubiertos conforme con los requisitos y sistemas de selección vigentes previstos respectivamente en el Título III, Capítulo II, artículos 38 y 39 y Título IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción dependientes del Ministerio de Salud homologado por el Decreto Nº 1133/09, en el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha indicada en los actos administrativos recordados.

Que el procedimiento de selección correspondiente no se ha instrumentado hasta el presente y no resulta factible concretarlo en lo inmediato, motivo por el cual, teniendo en cuenta la naturaleza de los cargos involucrados y a efectos de contribuir al normal cumplimiento de las acciones que tienen asignadas los servicios mencionados precedentemente, resulta oportuno y conveniente disponer una nueva prórroga de las designaciones transitorias de los funcionarios mencionados.

Que los profesionales citados se encuentran actualmente desempeñando los cargos referidos y se encuentra acreditada en autos la certificación de servicios correspondientes.

Que el Decreto 328/20, faculta a los Ministros y a las Ministras, a los Secretarios y a las Secretarias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las autoridades máximas de organismos descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por los Decretos N° 260/20, Nº 167/21, Nº 867/21 y Nº 863/22, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas, en las mismas condiciones de las designaciones o de sus últimas prórrogas.

Que dicha medida es procedente por encuadrarse en el inciso d ), artículo 2º del Decreto 426/22, el cual expresa que las prórrogas de las designaciones transitorias quedan exceptuadas de lo previsto en el Artículo 1º de dicho acto administrativo.

Que el servicio de Asesoramiento Jurídico Permanente ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los Decretos Nº 1628 de fecha 23 de diciembre de 1996 y Nº 336 de fecha 4 de abril de 2020.

Por ello:

EL TITULAR DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRAN”

DISPONE

ARTÍCULO 1º - Prorróganse desde el 4 de junio de 2023 y por el termino de 180 (CIENTO OCHENTA) días hábiles, las designaciones transitorias dispuestas por Decreto Nº 64/14 y prorrogadas por la Decisión Administrativa Nº 592/16 y las Disposiciones ANLIS Nº 392/17, Nº 179/18, Nº 477/19, Nº 431/20, Nº 170/21, Nº 1318/21 y Nº 946/22, en la Función de Jefatura Profesional de Jefe del SERVICIO VACUNA ANTIRRÁBICA al Lic. Oscar Ramón PEREZ (DNI Nº 13.852.329), con la Categoría PRINCIPAL, Grado 7 y, en la Función de Jefatura Profesional de Jefe del SERVICIO ACTIVIDADES AGROPECUARIAS al Ing. Pablo Hernán COLLADO (DNI Nº 21.924.365), con la Categoría Adjunto grado 5, ambos del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 1133/09, en el INSTITUTO NACIONAL DE PRODUCCIÓN DE BIOLÓGICOS de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL, autorizándose el pago del Suplemento por Función de Jefatura Profesional de Nivel I del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción dependientes del MINISTERIO DE SALUD, homologado por el Decreto Nº 1133/09.

ARTÍCULO 2°.- Las funciones involucradas deberán ser cubiertas conforme con los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido en el Título III, Capítulo II, artículos 38 y 39 y Título IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción dependientes del Ministerio de Salud homologado por el Decreto Nº 1133/09, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 4 de junio de 2023.

ARTÍCULO 3°- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 80, MINISTERIO DE SALUD, Entidad 906 – ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRAN” (ANLIS).

ARTÍCULO 4º- Notifíquese a los interesados, comuníquese a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS dentro de los CINCO (5) días de dictado del presente; publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-

Pascual Fidelio

e. 22/06/2023 N° 46820/23 v. 22/06/2023

Fecha de publicación 22/06/2023