MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - DIRECCIÓN NACIONAL DE ASOCIACIONES SINDICALES
SÍNTESIS DEL ESTATUTO SOCIAL DE LA AGREMIACION DE EMPLEADOS MUNICIPALES DE SALTA – APROBADO POR RES. 1491/2022 DE FECHA 03/10/2022
ARTICULO 1º - A los veintinueve días del mes de Octubre de 2009, se constituye la AGREMIACION DE EMPLEADOS MUNICIPALES DE SALTA “ADEMUS” como entidad gremial de primer grado, que agrupará a los trabajadores que presten servicios bajo relación de dependencia en los municipios de la Provincia de Salta en calidad de Planta Permanente, Contratados y/o cualquier otra designación para prestar servicios que pudiere haber. Podrán mantener la afiliación los trabajadores que alcancen la jubilación siempre que se hubieren encontrado afiliados a la entidad al momento de acceder a dicha prestación. Tendrá como zona de actuación todo el territorio que comprende la Provincia de Salta. Siendo esta Asociación Gremial de carácter permanente, para la defensa de los intereses legales, gremiales y sociales de los trabajadores representados de acuerdo con disposiciones legales vigentes, fijando domicilio legal en la Ciudad de Salta Capital. Avda. San Martin N° 244 — Salta- Capital C.P. 4.400. Inscripción Gremial N° 2826.-
ARTÍCILO 2º - La Agremiación de Empleados Municipales de Salta, tendrá los objetivos y fines que a continuación se detallan:
a. Fomentar la unión, armonía, solidaridad, participación y agrupamiento de todos los trabajadores de la actividad.
b. Representar a los trabajadores de la actividad, a la entidad y sus componentes en toda cuestión sea individual o colectiva; carácter gremial, laboral o social ante los organismos públicos o privados, cualquiera sea su naturaleza.
c. Peticionar a las autoridades nacionales, provinciales, municipales o cualquier organismo nacional o internacional en beneficio de la entidad sindical.
d. Vigilar las condiciones de trabajo, el cumplimiento de las normas de higiene y seguridad e impulsar su mejoramiento y la legislación en general.
e. Propiciar y concretar convenios colectivos, proponer proyectos de legislación que determinen la mejora del sector tanto en las condiciones de trabajo como en las relaciones laborales en general.
f) Fomentar la actividad gremial, el interés y la participación de los trabajadores.
a. Realizar actividades culturales, sociales, incentivar la educación, crear espacios de estudios y capacitación para todos los trabajadores del sector.
b. Crear colonias, campamentos, campos de deportes, sitos vacacionales y de esparcimiento, que promuevan y permitan el acceso de los afiliados al turismo, la recreación y las actividades sociales y deportivas.
ARTICULO 29º - La Agremiación de Empleados Municipales de Salta será dirigida y administrada por una Comisión Directiva compuesta por miembros titulares, que desempeñarán los siguientes cargos:
Secretario General
Secretario General Adjunto
Secretario Gremial
Pro Secretario Gremial
Secretario Administrativo
Pro Secretario Administrativo
Secretario de Actas
Pro Secretario de Actas
Secretario de Organización
Secretario de Finanzas
Pro Secretario de Finanzas
Secretario de Acción Social
Pro Secretario de Acción Social
Secretario de Formación
Secretario de Cultura
Secretario de Prensa y Difusión
Secretario de Deportes
Secretaria de Jubilados y Pensionados
Secretaría de La Mujer
Secretario de Turismo
6 (seis) vocales titulares.
Habrá además seís (6) vocales suplentes que sólo integrarán la Comisión Directiva en caso de licencia, renuncia, fallecimiento o separación del cargo de los titulares.
Et Mandato de los miembros de la Comisión Directiva durará cuatro (4) años, y sus integrantes podrán ser reelectos.
Número de afiliados al tiempo de la aprobación del Estatuto 730 socios
Jorge Antonio Farias Canteloro, Asistente Técnico.
e. 23/06/2023 N° 46967/23 v. 23/06/2023
Fecha de publicación 23/06/2023