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7 de Febrero de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - DIRECCIÓN NACIONAL DE ASOCIACIONES SINDICALES

SÍNTESIS DEL ESTATUTO SOCIAL DE LA AGREMIACION DE EMPLEADOS MUNICIPALES DE SALTA – APROBADO POR RES. 1491/2022 DE FECHA 03/10/2022

ARTICULO 1º - A los veintinueve días del mes de Octubre de 2009, se constituye la AGREMIACION DE EMPLEADOS MUNICIPALES DE SALTA “ADEMUS” como entidad gremial de primer grado, que agrupará a los trabajadores que presten servicios bajo relación de dependencia en los municipios de la Provincia de Salta en calidad de Planta Permanente, Contratados y/o cualquier otra designación para prestar servicios que pudiere haber. Podrán mantener la afiliación los trabajadores que alcancen la jubilación siempre que se hubieren encontrado afiliados a la entidad al momento de acceder a dicha prestación. Tendrá como zona de actuación todo el territorio que comprende la Provincia de Salta. Siendo esta Asociación Gremial de carácter permanente, para la defensa de los intereses legales, gremiales y sociales de los trabajadores representados de acuerdo con disposiciones legales vigentes, fijando domicilio legal en la Ciudad de Salta Capital. Avda. San Martin N° 244 — Salta- Capital C.P. 4.400. Inscripción Gremial N° 2826.-

ARTÍCILO 2º - La Agremiación de Empleados Municipales de Salta, tendrá los objetivos y fines que a continuación se detallan:

a. Fomentar la unión, armonía, solidaridad, participación y agrupamiento de todos los trabajadores de la actividad.

b. Representar a los trabajadores de la actividad, a la entidad y sus componentes en toda cuestión sea individual o colectiva; carácter gremial, laboral o social ante los organismos públicos o privados, cualquiera sea su naturaleza.

c. Peticionar a las autoridades nacionales, provinciales, municipales o cualquier organismo nacional o internacional en beneficio de la entidad sindical.

d. Vigilar las condiciones de trabajo, el cumplimiento de las normas de higiene y seguridad e impulsar su mejoramiento y la legislación en general.

e. Propiciar y concretar convenios colectivos, proponer proyectos de legislación que determinen la mejora del sector tanto en las condiciones de trabajo como en las relaciones laborales en general.

f) Fomentar la actividad gremial, el interés y la participación de los trabajadores.

a. Realizar actividades culturales, sociales, incentivar la educación, crear espacios de estudios y capacitación para todos los trabajadores del sector.

b. Crear colonias, campamentos, campos de deportes, sitos vacacionales y de esparcimiento, que promuevan y permitan el acceso de los afiliados al turismo, la recreación y las actividades sociales y deportivas.

ARTICULO 29º - La Agremiación de Empleados Municipales de Salta será dirigida y administrada por una Comisión Directiva compuesta por miembros titulares, que desempeñarán los siguientes cargos:

Secretario General

Secretario General Adjunto

Secretario Gremial

Pro Secretario Gremial

Secretario Administrativo

Pro Secretario Administrativo

Secretario de Actas

Pro Secretario de Actas

Secretario de Organización

Secretario de Finanzas

Pro Secretario de Finanzas

Secretario de Acción Social

Pro Secretario de Acción Social

Secretario de Formación

Secretario de Cultura

Secretario de Prensa y Difusión

Secretario de Deportes

Secretaria de Jubilados y Pensionados

Secretaría de La Mujer

Secretario de Turismo

6 (seis) vocales titulares.

Habrá además seís (6) vocales suplentes que sólo integrarán la Comisión Directiva en caso de licencia, renuncia, fallecimiento o separación del cargo de los titulares.

Et Mandato de los miembros de la Comisión Directiva durará cuatro (4) años, y sus integrantes podrán ser reelectos.

Número de afiliados al tiempo de la aprobación del Estatuto 730 socios

Jorge Antonio Farias Canteloro, Asistente Técnico.

e. 23/06/2023 N° 46967/23 v. 23/06/2023

Fecha de publicación 23/06/2023