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PERSONAL MILITAR

Decreto 322/2023

DCTO-2023-322-APN-PTE - Nómbranse en misión permanente Agregados castrenses.

Ciudad de Buenos Aires, 23/06/2023

VISTO el Expediente N° EX-2022-124785392-APN-DGA#EMCO, la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957 y sus modificatorias, la Resolución Conjunta del MINISTERIO DE DEFENSA N° 646 y del entonces MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO N° 651 del 23 de diciembre de 2013, lo informado por los señores Jefes del ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS y de los ESTADOS MAYORES GENERALES del EJÉRCITO, de la ARMADA y de la FUERZA AÉREA ARGENTINA, lo propuesto por el señor Ministro de Defensa, y

CONSIDERANDO:

Que es de interés para el ESTADO NACIONAL y las FUERZAS ARMADAS mantener las Agregadurías Militares en el Exterior a las Embajadas de la REPÚBLICA ARGENTINA a los fines de estrechar los lazos de cooperación y amistad con las autoridades de Defensa y de las FF.AA. de las regiones pertinentes.

Que conforme lo establecido por el artículo 10 de la Ley del Servicio Exterior de la Nación Nº 20.957, el PODER EJECUTIVO NACIONAL puede designar Agregados Especializados o Agregadas Especializadas en el área de Defensa, Cultura, Economía u otras, por iniciativa propia o a propuesta de los distintos Ministerios, con afectación a sus respectivos presupuestos.

Que, asimismo, la citada norma prescribe que este servicio de Agregados Especializados o Agregadas Especializadas dependerán del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, salvo en los asuntos específicos de su especialidad y función, en los que mantendrán dependencia directa con el Ministerio de origen, y además formarán parte de la misión diplomática en que actúen y estarán subordinados o subordinadas al Jefe o a la Jefa de la misma, a quien deberán enterar de las instrucciones que reciban y de los informes que remitan a sus respectivos Ministerios.

Que resulta necesario para el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO y las FUERZAS ARMADAS proceder a nombrar a los Oficiales Superiores que relevarán a aquellos Agregados de Defensa y/o de las FF.AA. que finalizan sus comisiones al exterior durante el año 2023.

Que el MINISTERIO DE DEFENSA ha realizado los procesos de selección del Personal Militar de acuerdo a los cargos a cubrir.

Que los presentes nombramientos para las comisiones permanentes responden a lo establecido por la Resolución Conjunta del MINISTERIO DE DEFENSA N° 646 y del entonces MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO N° 651/13.

Que la SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO ha tomado la intervención en el ámbito de su competencia.

Que los servicios de asesoramiento jurídico permanentes del ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS, del MINISTERIO DE DEFENSA y del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO han intervenido en el marco de sus competencias.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 99, inciso 12 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 10 de la Ley del Servicio Exterior de la Nación Nº 20.957 y sus modificatorias.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Nómbrase en “Misión Permanente” al Personal Militar de Oficiales Superiores que en cada caso se indica para desempeñarse como Agregados castrenses a las Embajadas de la REPÚBLICA ARGENTINA en el exterior, conforme se detalla en el ANEXO (IF-2023-50854855-APN-SAID#MD) que forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 2º.- El nombramiento de las “Misiones Permanentes” mencionadas es por el término de SETECIENTOS SESENTA (760) días contados a partir de la salida del personal al país de destino.

ARTÍCULO 3º.- Los gastos que demande el cumplimiento del presente decreto serán imputados a las partidas del Presupuesto General de la Administración Nacional del Ejercicio 2023 y a los créditos que a tal efecto se prevean para los años sucesivos - Subjurisdicción 4521 - ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO, Subjurisdicción 4522 - ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA y Subjurisdicción 4523- ESTADO MAYOR GENERAL de la FUERZA AÉREA ARGENTINA-, de acuerdo a la fuerza de pertenencia del Oficial nombrado y se procederá a liquidar y abonar los montos correspondientes, conforme a las normas y reglamentaciones en vigencia, a efectos de cumplir con las designaciones establecidas.

ARTÍCULO 4º.- Por la DIRECCIÓN NACIONAL DE CEREMONIAL del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO se otorgarán los pasaportes correspondientes.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

FERNÁNDEZ - Agustín Oscar Rossi - Jorge Enrique Taiana - Santiago Andrés Cafiero

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 26/06/2023 N° 47950/23 v. 26/06/2023

Fecha de publicación 26/06/2023