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Primera sección


AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN, EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN

Resolución 143/2023

RESOL-2023-143-APN-ANPIDTYI#MCT

Ciudad de Buenos Aires, 28/06/2023

VISTO el Expediente N° EX-2022-98228204- -APN-DGA#ANPIDTYI del registro de la AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN, EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN, los Decretos N° 2.098 del 5 de diciembre de 2008 y sus modificatorios y Nº 757 del 5 de noviembre de 2021, la Resolución de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO Nº 172 de fecha 9 de agosto de 2022 y;

CONSIDERANDO:

Que en el expediente mencionado en el VISTO tramita la asignación de compensación transitoria para personal contratado bajo la modalidad previstas por el artículo 9º del Anexo de la Ley N° 25.164 equiparado al SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) Decreto N° 2098/2008, a favor del agente Emilio Augusto JALO (DNI N° 24.674.391).

Que mediante el Decreto N° 757/2021 se homologó el Acta Acuerdo de fecha 19 de agosto de 2021 de la COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), que como ANEXO (IF-2021-77836577-APN-DALSP#MT) forma parte integrante de dicha medida.

Que en la referida Acta Acuerdo se establecieron compensaciones transitorias por tareas de Investigación, Asistencia a la Investigación y Desarrollo, Aplicación Científica o Asistencia a la Aplicación Científica y por tareas de Evaluación de Investigadores e Investigadoras, becarios y becarias y personal de apoyo, proyectos e instituciones científicas y tecnológicas, monitoreo y gestión de proyectos científicos y tecnológicos en ejecución, monitoreo, gestión y seguimiento de actividades y/o convenios de vinculación y transferencia tecnológica, importación de insumos y equipos asociados a proyectos de investigación científica y tecnológica, para el personal encuadrado en el precitado Convenio Colectivo, que se hallare contratado para abocarse a labores propias de su incumbencia bajo las modalidades previstas por el artículo 9° de la Ley N° 25.164, equiparado en las jurisdicciones y organismos comprendidos en el SINEP en los que se desempeña dicho personal.

Que por su parte, el artículo 1° de la Resolución de la SECRETARIA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO N° 172/2022, aprobó el Reglamento para la asignación de compensaciones transitorias para el personal contratado bajo las modalidades previstas por el artículo 9° del anexo de la ley N° 25.164 equiparado al SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), establecidas en razón de las funciones desempeñadas, conforme ANEXO I identificado como IF-2022-81339902-APN-SGYEP#JGM.

Que conforme el artículo 10 del ANEXO I del citado Reglamento, la asignación de la compensación se acordará por el ejercicio presupuestario en curso.

Que asimismo prevé que, en aquellos casos en los cuales, por razones excepcionales de servicio se renueve la contratación del trabajador/a, dicha asignación se podrá renovar mientras continúe desarrollando idénticas tareas en la misma unidad organizativa que originó la asignación de la compensación.

Que la COORDINACIÓN DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS ha verificado el cumplimiento de los requisitos exigidos para la asignación de la compensación transitoria, correspondiente a la tarea de : “… investigación, asistencia a la investigación y desarrollo, aplicación científica o asistencia a la aplicación científica, en las condiciones previstas en el acta homologada por Decreto N° 757/21” la cual se encuentra incorporada en el ANEXO II “COMPENSACIONES TRANSITORIAS ALCANZADAS”, de la Resolución de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO N° 172/2022.

Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO de la SUBSECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la SECRETARÍA DE ARTICULACIÓN CIENTÍFICO-TECNOLÓGICA del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN se ha expedido en el ámbito de su competencia.

Que atento a lo que surge de las actuaciones precedentemente mencionadas, corresponde asignar al citado trabajador la Compensación Transitoria, para cumplir funciones pertinentes con el adicional solicitado.

Que el artículo 12 del ANEXO I del citado Reglamento, aprobado por la Resolución de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO N° 172/2022, establece que la percepción de la compensación transitoria por mayor dedicación personal contratado homologada por Decreto N° 39/2012, cuando corresponda, concurre con la percepción de las compensaciones transitorias.

Que el mismo artículo prevé que en ese supuesto la suma de los porcentajes asignados por dichas compensaciones no podrá ser mayor al CIEN POR CIENTO (100%) de la Asignación Básica del Nivel Escalafonario al que estuviera equiparado el trabajador/a.

Que han tomado la intervención que les compete la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS.

Que la presente medida se dicta conforme a las facultades conferidas por el Decreto Nº 157 de fecha 14 de febrero de 2021 y el artículo 8° del Anexo I del Reglamento de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO N° 172/2022.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN, EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Asignar, a partir del primer día del mes siguiente al de la suscripción de la presente medida, a favor del agente Emilio Augusto JALO (DNI N° 24.674.391), equiparado remunerativamente en el Nivel A, Grado 05 del SINEP, la Compensación Transitoria del QUINCE POR CIENTO (15%), para desempeñar funciones incorporadas por el Decreto N° 757 del 5 de noviembre de 2021 y Reglamentada por la Resolución N° 172 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS del 9 de Agosto de 2022.

ARTICULO 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento de la presente medida a las partidas presupuestarias del ejercicio 2023.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, notifíquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y oportunamente archívese.

Fernando Ernesto Peirano

e. 03/07/2023 N° 49890/23 v. 03/07/2023

Fecha de publicación 03/07/2023