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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución Sintetizada 924/2023

RESOL-2023-924-APN-ENACOM#JGM FECHA 30/6/2023 ACTA 89

EX-2023-16499749-APN-DNSA#ENACOM

El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1 - Aprobar los actos del Concurso Público convocado a través de la Resolución RESOL-2022-2065-APN-ENACOM#JGM, para la adjudicación de 1 licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de 1 servicio de comunicación audiovisual de televisión digital terrestre abierta en la norma ISDB-T en el canal digital 35.2 categoría K, formato de servicio HD720, tasa de transmisión de hasta 6.5 Mbits/s, para la ciudad de RÍO CUARTO, provincia de CÓRDOBA. 2 - Adjudicar a la firma PENSADO PARA COMUNICAR S. R.L., integrada por el señor Tristán Oscar AMADO, con un 70% de participación en la formación de la voluntad social, y la señora Victoria Andrea CORMICK, con un 30% de participación en la formación de la voluntad social, 1 licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de 1 servicio de comunicación audiovisual de televisión digital terrestre abierta en la norma ISDB-T, en el canal digital 35.2 categoría K, formato de servicio HD720, tasa de transmisión de hasta 6.5 Mbits/s, para la ciudad de RÍO CUARTO, provincia de CÓRDOBA. 3 - El plazo de la licencia adjudicada abarcará un período de 10 años, contados a partir de la fecha del acto administrativo de autorización de inicio de emisiones regulares, a cuyo vencimiento podrá ser prorrogada a solicitud de la licenciataria. 4 - La licenciataria deberá acompañar dentro de los 180 días corridos de notificado el acto administrativo de adjudicación, prorrogables por igual término a solicitud fundada, la DOCUMENTACIÓN TÉCNICA DEFINITIVA, tendiente a la posterior habilitación del servicio. 5 - Dentro del plazo de 30 días corridos de notificada la presente, la licenciataria, deberá presentar la “DECLARACIÓN JURADA ANUAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL”. 6 - La licenciataria asumirá la responsabilidad de realizar los trámites pertinentes ante la ANAC. 7 - Dentro de los 90 días corridos de notificada la presente, la licenciataria, deberá regularizar su situación ante la AFIP. 8 El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones definidas por los artículos precedentes, importará la caducidad del presente acto de adjudicación. 9 - Notifíquese, comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Firmado: Claudio Julio Ambrosini, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.

NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas.

Silvana Beatriz Rizzi, Jefa de Área, Área Despacho.

e. 04/07/2023 N° 50190/23 v. 04/07/2023

Fecha de publicación 04/07/2023