DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES
Disposición 1476/2023
DI-2023-1476-APN-DNM#MI
Ciudad de Buenos Aires, 26/04/2023
VISTO el Expediente EX-2017-27232442- -APN-DGA#DNM del registro de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, las Disposiciones DI-2016-6746-E-APN-DNM#MI del 30 de diciembre del 2016, DI-2019-737-APN-DNM#MI del 7 de febrero de 2019, DI-2019-1907-APN-DNM#MI del 30 de abril de 2019, DI-2019-4277-APN-DNM#MI del 7 de octubre de 2019, DI-2020-2239-APN-DNM#MI del 22 de mayo del 2020, DI-2021-850-APN-DNM#MI del 9 de abril del 2021, DI-2021-2006-APN-DNM #MI del 23 de julio 2021, DI-2021-2549-APN-DNM #MI del 23 de septiembre 2021, DI-2022-2338-APN-DNM#MI del 5 de octubre 2022, DI-2023-1-APN-DNM#MI del 17 de enero del 2023, y
CONSIDERANDO:
Que conforme la Decisión Administrativa Nº 1254 del 3 de noviembre de 2016 y la Disposición DI-2016-6746-E-APN-DNM#MI se aprobaron la estructura organizativa de primer nivel operativo y la correspondiente a las aperturas inferiores de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, disponiéndose la existencia de la DIRECCIÓN DE CONTROL TERRESTRE, de la DIRECCIÓN DE CONTROL AÉREO y de la DIRECCIÓN DE CONTROL MARÍTIMO - FLUVIAL dependientes de la DIRECCIÓN GENERAL DE MOVIMIENTO MIGRATORIO de esta Dirección Nacional con la facultad de coordinar y planificar la operatoria de control de ingresos y egresos en todos los Pasos Internacionales del Territorio Nacional.
Que mediante, Disposición DI-2019-737-APN-DNM#MI se creó la función de Supervisor Regional de Frontera, en el ámbito de la DIRECCIÓN GENERAL DE MOVIMIENTO MIGRATORIO de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES.
Que la referida función de Supervisor Regional de Frontera tiene a su cargo la fiscalización de la operatividad de todos y cada uno de los Pasos Internacionales habilitados en el Territorio Nacional.
Que cada Supervisión Regional de Frontera resulta conformada por DOS (2) supervisores, UNO (1) Titular y UNO (1) Adjunto designados a propuesta y valoración de la DIRECCIÓN GENERAL DE MOVIMIENTO MIGRATORIO de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES.
Que mediante Nota NO-2023-27188960-APN-DGMM#DNM del 13 de marzo de 2023, se informó que el agente Gonzalo Raúl SÁNCHEZ (Legajo N° 62.342) ha efectivizado su renuncia a la función de Supervisor Regional de Frontera Titular correspondiente a la Región N° VII a partir del día 1° de abril del 2023.
Que, consecuentemente y por razones de índole operativa resulta necesaria la asignación de funciones y/o recambio en la nómina de funcionarios en su calidad de Supervisores Regionales de Frontera y Adjuntos partir de la fecha del dictado de la presente medida.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES acreditó que la medida propuesta no modifica ni la estructura organizativa ni las jerarquías existentes.
Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS LEGALES de la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA - JURÍDICA de esta Dirección Nacional ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 29 de la Ley N° 25.565, el Decreto N° 1410 del 3 de diciembre de 1996 y el Decreto N° 59 del 23 de diciembre de 2019.
Por ello,
LA DIRECTORA NACIONAL DE MIGRACIONES
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Dese por aceptada la renuncia a la función de Supervisor Regional de Frontera Titular correspondiente a la Región N° VII del agente Gonzalo Raúl SANCHEZ (Legajo N° 62.342) a partir del día 1° de abril de 2023.
ARTÍCULO 2°.-Modifíquese el Anexo III de la Disposición DI-2019-737-APN-DNM#MI del 7 de febrero de 2019, conforme la presente actualización incorporada mediante Anexo III (DI-2023-37292096-APN-DGMM#DNM), el cual forma parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 3°.- Dispóngase que las presentes asignaciones de funciones resultarán operativas a partir del dictado de la presente medida.
ARTÍCULO 4°.- Gírense las presentes actuaciones a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES para su notificación y respectivo diligenciamiento.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL.
Maria Florencia Carignano
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 05/07/2023 N° 50898/23 v. 05/07/2023
Fecha de publicación 05/07/2023