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25 de Noviembre de 1969

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Legislación y Avisos Oficiales
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AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD

Resolución 1011/2023

RESOL-2023-1011-APN-DE#AND

Ciudad de Buenos Aires, 05/07/2023

VISTO el Expediente N° EX-2023-68707223- -APN-DE#AND, los Decretos Nros. 698 del 5 de septiembre de 2017 y sus modificatorios, y;

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 698/17 y sus normas modificatorias se creó la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD (ANDIS), como Organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, erigiéndose como la encargada del diseño, coordinación y ejecución general de las políticas públicas en materia de discapacidad, desde una perspectiva integral de promoción de derechos, y la elaboración y ejecución de acciones tendientes a promover el pleno ejercicio de los derechos de las personas en situación de discapacidad, facilitando el acceso de las personas con discapacidad al conjunto de las herramientas propuestas por el Estado Nacional en la materia.

Que el Decreto precitado fijó entre las atribuciones de la AGENCIA la de: “(...) 2. Ejecutar las acciones necesarias para garantizar que las personas en situación de discapacidad puedan ejercer de manera plena sus derechos”.

Que, en el marco de consenso internacional en materia de derechos humanos brindado por la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, aprobada por normativa nacional mediante Ley N° 26.378 y con jerarquía constitucional otorgada por Ley N° 27.044, resulta fundamental motorizar las herramientas y políticas pertinentes que garanticen el pleno ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad, y que honren los compromisos allí acordados.

Que, el Artículo 3 de la precitada Convención dispone que uno de los principios generales establecido a los fines de la Convención es el de la “participación e inclusión plenas y efectivas en la sociedad” de las personas con discapacidad.

Que, asimismo, el Artículo 8 estipula que “Los Estados Partes se comprometen a adoptar medidas inmediatas, efectivas y pertinentes para: a) Sensibilizar a la sociedad, incluso a nivel familiar, para que tome mayor conciencia respecto de las personas con discapacidad y fomentar el respeto de los derechos y la dignidad de estas personas; b) Luchar contra los estereotipos, los prejuicios y las prácticas nocivas respecto de las personas con discapacidad, incluidos los que se basan en el género o la edad, en todos los ámbitos de la vida; c) Promover la toma de conciencia respecto de las capacidades y aportaciones de las personas con discapacidad. (...)” fomentando para tales fines la promoción de programas de formacion sobre sensibilizacion que tengan en cuenta a las personas con discapacidad y los derechos de este colectivo.

Que, por otro lado, el Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, en el año 2023, realizó una serie de observaciones generales; entre las cuales recomendó fortalecer la Unidad de Capacitación de la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD y ofrecer programas de capacitación sistemáticos acerca de los derechos de las personas con discapacidad y las obligaciones del Estado parte en virtud de la Convención, dirigidos a las personas que ejercen función pública en los tres poderes y en todos los niveles.

Que, en consonancia con lo expresado en los Considerandos que preceden, esta ANDIS entiende prioritario promover un espacio en el que mediante conferencias de expositores nacionales e internacionales se intercambien logros, se planteen metas y nuevos desafíos que permitan continuar profundizando el camino hacia la inclusión plena de las personas con discapacidad.

Que, en este marco, se propuso la creación de un Foro Argentino de Discapacidad (FADis), dirigido a personas con discapacidad y sus familias; las organizaciones de y para personas con discapacidad; organismos públicos nacionales, provinciales y municipales que trabajan con el colectivo; profesionales, expertos y expertas en el tema; sindicatos; universidades; y todos los sectores clave que estén interesados en la materia. El mismo se realizará los días jueves 6 y viernes 7 de julio de 2023, en la Facultad de Ciencias Sociales - UBA, sita en calle Santiago del Estero 1029, C.A.B.A.

Que la jornada mencionada tiene por objeto plantear metas a trabajar, intercambiar logros y reflexionar sobre los desafíos que hay por delante; intercambiar conocimientos sobre la temática de la discapacidad desde una perspectiva impuesta por la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad; poner en común avances, metas y objetivos alcanzados y en desarrollo, así como plantear desafíos concretos para cada una de las temáticas que atraviesan la vida de las personas con discapacidad; y visibilizar a este colectivo que históricamente ha sido invisibilizado, y que en la actualidad está siendo reconocido.

Que, en el sentido de lo expresado en los Considerandos que preceden, y con el fin de reforzar la importancia de garantizar el derecho a la efectiva inclusión de las personas con discapacidad en la sociedad, esta Agencia considera propicio declarar de interés la jornada citada precedentemente “Foro Argentino de Discapacidad (FADis)”.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en uso de las facultades otorgadas por los Decretos Nº 698/17 y sus modificatorios, y Nº 935/20.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Declárase de interés el “Foro Argentino de Discapacidad (FADis)”, a realizarse los días jueves 6 y viernes 7 de julio de 2023, en la Facultad de Ciencias Sociales - UBA, sita en la calle Santiago del Estero 1029, C.A.B.A.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y oportunamente archívese

Fernando Gaston Galarraga

e. 06/07/2023 N° 51434/23 v. 06/07/2023

Fecha de publicación 06/07/2023