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4 de Diciembre de 2023

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DECLARACIONES OFICIALES

Decreto 345/2023

DCTO-2023-345-APN-PTE - Declárase de Interés Nacional “El Cancionero Patrio”.

Ciudad de Buenos Aires, 06/07/2023

VISTO el Expediente Nº EX-2023-66052674-APN-UGA#ME, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto tramita la Declaración de Interés Nacional de “EL CANCIONERO PATRIO”, que contiene versiones inéditas de las canciones “SALVE ARGENTINA”, la “MARCHA DE SAN LORENZO”, el “HIMNO A SARMIENTO”, “AURORA”, el “HIMNO A LAS MALVINAS” y la “CHACARERA DE GÜEMES”.

Que el MINISTERIO DE CULTURA, a través de la Dirección Nacional de Elencos Estables de la SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL, al conmemorarse el “Día de la Bandera” se avocó a la realización en el Auditorio Nacional del CENTRO CULTURAL DEL BICENTENARIO “PRESIDENTE DR. NÉSTOR CARLOS KIRCHNER” de la recopilación “EL CANCIONERO PATRIO”.

Que “EL CANCIONERO PATRIO” reúne distintas canciones patrias y el “HIMNO NACIONAL ARGENTINO” bajo la dirección musical del maestro Gustavo FONTANA, con versiones inéditas de “SALVE ARGENTINA”, interpretada por el CORO NACIONAL DE NIÑOS; “LA MARCHA DE SAN LORENZO”, ejecutada por el CORO POLIFÓNICO NACIONAL DE CIEGOS; el “HIMNO A SARMIENTO”, interpretado por el CORO POLIFÓNICO NACIONAL; “AURORA” ejecutada por la ORQUESTA SINFÓNICA NACIONAL; el “HIMNO A LAS MALVINAS” y “LA CHACARERA DE GÜEMES”, ambas interpretadas por la ORQUESTA NACIONAL DE MÚSICA ARGENTINA JUAN DE DIOS FILIBERTO y el CORO NACIONAL DE MÚSICA ARGENTINA.

Que este proyecto reunió por primera vez a todos los elencos estables, por ser las orquestas más importantes del país y demandó un profundo trabajo de revisión de arreglos para respetar las consideraciones oficiales en cuanto a tonalidades y partituras de referencia, con la tecnología más avanzada, y adaptar cada una de ellas a las características de los elencos participantes.

Que la iniciativa constituye un aporte a la cultura y tiene por objetivo destacar la importancia de aquellas canciones e himnos que nos representan y son un punto de encuentro para todo el pueblo argentino.

Que las versiones de “EL CANCIONERO PATRIO” están disponibles en el sitio oficial www.argentina.gob.ar/cultura, desde donde podrán ser descargadas de manera gratuita, libre de cualquier derecho de autor y regalía, por toda la comunidad.

Que la trascendencia de los temas que componen esta versión de “EL CANCIONERO PATRIO” concuerda con las políticas públicas fijadas por el GOBIERNO NACIONAL por lo que, debido a su importancia, se estima oportuno propiciar su declaración de interés nacional.

Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE CULTURA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Declárase de Interés Nacional “EL CANCIONERO PATRIO” que contiene versiones inéditas de las canciones “SALVE ARGENTINA”, la “MARCHA DE SAN LORENZO”, el “HIMNO A SARMIENTO”, “AURORA”, el “HIMNO A LAS MALVINAS” y la “CHACARERA DE GÜEMES”, interpretado por los elencos estables de orquestas y coros dependientes de la Dirección Nacional de Elencos Estables de la SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL del MINISTERIO DE CULTURA.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

FERNÁNDEZ - Agustín Oscar Rossi - Tristán Bauer

e. 07/07/2023 N° 52264/23 v. 07/07/2023

Fecha de publicación 07/07/2023