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MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS

Decisión Administrativa 548/2023

DECAD-2023-548-APN-JGM - Transfiérese agente.

Ciudad de Buenos Aires, 06/07/2023

VISTO el Expediente N° EX-2020-10468108-APN-SSOH#MOP, la Ley N° 25.164 y los Decretos Nros 1421 del 8 de agosto de 2002 y su modificatorio, 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto tramita la transferencia de la agente de la planta permanente de del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, señora Silvia Mónica AGUIRRE, quien revista en UN (1) cargo Nivel D - Grado 9, Agrupamiento General, Tramo Intermedio del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, a la planta permanente del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS.

Que dicha transferencia se fundamenta en que la citada agente posee un perfil que responde a las necesidades propias de los objetivos asignados al organismo de destino.

Que la presente medida no implica menoscabo moral ni económico para la mencionada agente, quien ha prestado su conformidad a la presente transferencia.

Que han tomado intervención de su competencia los servicios jurídicos permanentes de las jurisdicciones involucradas.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades emergentes de los artículos 100, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 15, inciso b) apartado IV del Anexo I al Decreto N° 1421/02.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1°.- Transfiérese, a partir de la fecha de la presente medida, de la planta permanente del MINISTERIO DE EDUCACIÓN a la agente Silvia Mónica AGUIRRE (D.N.I. N° 17.758.597) quien revista en UN (1) cargo de la planta permanente Nivel D - Grado 9, Agrupamiento General, Tramo Intermedio del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, a la planta permanente del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, con su respectivo cargo y nivel escalafonario.

ARTÍCULO 2°.- La agente transferida por el artículo 1° de la presente decisión administrativa mantendrá su actual Nivel, Grado, Agrupamiento y Tramo de revista alcanzados en su carrera administrativa.

ARTÍCULO 3°.- Establécese que hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes, la atención de la erogación emergente de la transferencia dispuesta por el artículo 1° de la presente medida se efectuará con cargo a los créditos presupuestarios de la Jurisdicción de origen.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Agustín Oscar Rossi - Gabriel Nicolás Katopodis - Jaime Perczyk

e. 07/07/2023 N° 52154/23 v. 07/07/2023

Fecha de publicación 07/07/2023