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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Resolución 868/2023

RESOL-2023-868-APN-MT

Ciudad de Buenos Aires, 05/07/2023

VISTO el Expediente N° EX-2023-63429467- -APN-DGD#MT y la Ley Nº 23.551 de Asociaciones Sindicales, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 23.551 y sus modificatorias regula el régimen aplicable a las asociaciones que tengan por objeto la defensa de los intereses de los trabajadores.

Que, de conformidad con el artículo 56 de la norma citada, cuando se produjere la acefalía de la comisión directiva de una asociación sindical de trabajadores o del órgano que tenga asignadas las funciones propias de un cuerpo de conducción, el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL podrá designar a quien corresponda, a los fines de regularizar la situación institucional y proceder a su reemplazo.

Que, la entidad SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS DE LA EDUCACIÓN Y LA MINORIDAD (S.O.E.M.E.) cuenta con Personería Gremial N° 314, no se encuentra adherida a una entidad de grado superior y carece de autoridades con mandato vigente.

Que, por otra parte, en las actuaciones caratuladas “SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS DE MINORIDAD Y EDUCACIÓN C/ EN –M TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Y OTRO S/ ACCIÓN DE AMPARO (Expediente 6132/2018) en trámite por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 31 mediante la sentencia definitiva de fecha 18 de noviembre de 2022 se dispone “…Ordenar al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, para que dentro del plazo de 40 días y en cumplimiento de la normativa invocada en el Considerando III.-, proceda a la normalización del Sindicato de Obreros y Empleados de la Educación y la Minoridad S.O.E.M.E., adoptando las medidas que considere necesarias para ello…”.

Que, asimismo, la sentencia citada dispone “…Mantener en los términos dispuestos por el Superior la designación del interventor Dr. Julio Cesar Simón, ello hasta tanto se formalice la normalización de la referida entidad sindical por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social…”.

Que la sentencia de fecha 18 de noviembre de 2022 ha sido confirmada por la SALA VII de la CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO mediante la resolución de fecha 17 de marzo de 2023.

Que la resolución adoptada por la SALA VII de la CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO se encuentra firme.

Que, en ese marco y en orden a lo dispuesto en el artículo 56 párrafo 4° de la Ley N° 23.551, corresponde la designación de un Delegado Normalizador a los fines de regularizar la situación institucional de la entidad citada, con las facultades ejecutivas de sus órganos de conducción, circunscritas a la realizacion de los actos necesarios y/o conducentes a la finalidad señalada.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE ASOCIACIONES SINDICALES de la SECRETARÍA DE TRABAJO del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA, también ha tomado intervención.

Que la presente medida se funda en lo dispuesto por el inciso 4° del artículo 56 de la Ley Nº 23.551 de Asociaciones Sindicales.

Por ello,

LA MINISTRA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Desígnase como Delegado Normalizador en la entidad SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS DE LA EDUCACION Y LA MINORIDAD (S.O.E.M.E.) al Señor Matías RULLI, DNI 26010103, con domicilio en San Vicente 535, Viedma, Río Negro y domicilio electrónico en matiasrulli@gmail.com.

ARTÍCULO 2°.- El Delegado Normalizador tendrá las facultades ejecutivas de los órganos de conducción de la entidad sindical, circunscriptas a la realizacion de aquellos actos necesarios y conducentes a su regularizacion institucional. En ejercicio de dichas facultades y en atención a la finalidad señalada, deberá convocar a elecciones en el plazo de CUARENTA (40) DÍAS desde su asunción en el cargo debiendo para ello presentar ante la DIRECCIÓN NACIONAL DE ASOCIACIONES SINDICALES, un cronograma electoral en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N° 23.551 y su Decreto Reglamentario N° 467/88.

ARTÍCULO 3°.- En orden a las facultades conferidas a esta Cartera de Estado por el artículo 56 de la Ley N° 23.551, el delegado que se designa en el presente acto podrá ser reemplazado en su cargo, aun cuando se encontraran vigentes los plazos establecidos para el cumplimiento de su función.

ARTÍCULO 4°.- Notifíquese de la presente medida al Señor Matías RULLI en el domicilio sito en San Vicente 535, Viedma, Río Negro y/o al domicilio electrónico matiasrulli@gmail.com y al Dr. Julio César SIMÓN interventor designado judicialmente en la entidad de autos.

ARTÍCULO 5°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Raquel Cecilia Kismer

e. 07/07/2023 N° 51734/23 v. 07/07/2023

Fecha de publicación 07/07/2023