ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Resolución Sintetizada 1000/2023
RESOL-2023-1000-APN-ENACOM#JGM FECHA 05/07/2023 ACTA 89
EX-2022-89051193-APN-REYS#ENACOM
El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Otorgar a la COMUNIDAD ABORIGEN DE CASABINDO - PUEBLO COCHINOCA, Licencia para la prestación de Servicios TICs, sean fijos o móviles, alámbricos o inalámbricos, nacionales o internacionales, con o sin infraestructura propia. 2.- Inscribir a la COMUNIDAD ABORIGEN DE CASABINDO - PUEBLO COCHINOCA en el Registro de Servicios TIC el Servicio de Valor Agregado – Acceso a Internet para Redes Comunitarias. 3.- Prohibir a la licenciataria la venta, reventa y/o cualquier otro tipo de comercialización del Servicio de Acceso a Internet. En caso de constatarse la prestación del Servicio de Acceso a Internet a terceros, a título oneroso, la licencia otorgada caducará de pleno derecho, y deberá pagar la tasa regular correspondiente al Servicio de Valor Agregado de Acceso a Internet. 4.- La presente licencia no presupone la obligación del ESTADO NACIONAL, de garantizar la disponibilidad de frecuencias del espectro radioeléctrico, para la prestación del servicio registrado, debiendo la autorización, y/o el permiso de uso de frecuencias del espectro radioeléctrico, tramitarse ante este organismo. 5.- NOTIFÍQUESE a la interesada. 6.- Comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL.- Firmado: Claudio Julio Ambrosini, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.
NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas
Silvana Beatriz Rizzi, Jefa de Área, Área Despacho.
e. 07/07/2023 N° 51998/23 v. 07/07/2023
Fecha de publicación 07/07/2023