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26 de Julio de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución Sintetizada 1021/2023

RESOL-2023-1021-APN-ENACOM#JGM 05/07/2023 ACTA 89

EX-2023-36472477-APN-SDYME#ENACOM

El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Aprobar los actos del Concurso Público convocado a través de la Resolución RESOL-2022-2065-APNENACOM#JGM, para la adjudicación de 1 licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de 1 servicio de comunicación audiovisual de televisión digital terrestre abierta en la norma ISDB-T, en el canal digital 35.1. categoría F, formato de servicio HD720, tasa de transmisión de hasta 7 Mbits/s, para la ciudad de POSADAS, provincia de MISIONES, en la modalidad licenciatario operador. 2.- Adjudicar a la firma LA VERDAD S.R.L, integrada por los señores Daniel Alfonso DUARTE, con un NOVENTA Y SIETE por ciento (97%) de participación en la formación de la voluntad social, y Juan Manuel DUARTE, con un TRES por ciento (3%) de participación en la formación de la voluntad social, 1 licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de 1 servicio de comunicación audiovisual de televisión digital terrestre abierta en la norma ISDB-T, en el canal digital 35.1. categoría F, formato de servicio HD720, tasa de transmisión de hasta 7 Mbits/s, para la ciudad de POSADAS, provincia de MISIONES, en la modalidad de licenciatario operador. 3.- Rechazar la oferta presentada por la firma COMUNICACIÓN LIBRE S.R.L., documentada bajo EX-2023-18555517-APNDNSA#ENACOM, por las razones expuestas en los considerandos de la presente. 4. - El plazo de la licencia adjudicada en el Artículo 2° de la presente Resolución, abarcará un período de 10 años, contados a partir de la fecha del acto administrativo de autorización de inicio de emisiones regulares, a cuyo vencimiento podrá ser prorrogada a solicitud de la licenciataria. 5.- La licenciataria deberá acompañar dentro de los 180 días corridos de notificado el acto administrativo de adjudicación, prorrogables por igual término a solicitud fundada, la DOCUMENTACIÓN TÉCNICA DEFINITIVA, tendiente a la posterior habilitación del servicio. La planta transmisora debe estar localizada en la localidad de GARUPÁ, coordenadas geográficas 27° 28’ 40” Latitud Sur y 55°51’ 42” Longitud Oeste. 6.- Dentro del plazo de 30 días corridos de notificada la presente, la licenciataria, deberá presentar la “DECLARACIÓN JURADA ANUAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL”. 7.- La licenciataria asumirá la responsabilidad de realizar los trámites pertinentes ante la ANAC. 8.- Dentro de los 90 días corridos de notificada la presente, la licenciataria, deberá regularizar su situación ante la A.F.I.P. 9- El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones definidas por los artículos precedentes, importará la caducidad del presente acto de adjudicación. 10.- Notifíquese, comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Firmado: Claudio Julio Ambrosini, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.

NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas

Silvana Beatriz Rizzi, Jefa de Área, Área Despacho.

e. 07/07/2023 N° 52038/23 v. 07/07/2023

Fecha de publicación 07/07/2023