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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


SERVICIO METEOROLÓGICO NACIONAL

Disposición 185/2023

DI-2023-185-APN-SMN#MD

Ciudad de Buenos Aires, 04/07/2023

VISTO el EX-2023-50327015-APN-DGAD#SMN y expedientes asociados, la Ley N° 25.164, los Decretos N° 1421 del 8 de agosto de 2002, N° 214 del 27 de febrero de 2006, N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, N° 415 del 30 de junio de 2021 modificado por su similar N° 103 del 2 de marzo de 2022, la Resolución de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 53 del 22 de marzo de 2022, y la Disposición del SERVICIO METEOROLÓGICO NACIONAL N° 106 del 13 de junio de 2022 (DI-2022-106-APN-SMN#MD), y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 415/21 y su modificatorio, se homologó el Acta Acuerdo y su Anexo IF-2021-47694609-APN-DALSP#MT de la Comisión Negociadora del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), suscriptos el día 26 de mayo de 2021 entre el Estado Empleador y las Entidades Gremiales signatarias del citado Convenio.

Que mediante la Cláusula Tercera del Acta Acuerdo precedentemente referenciada, se acordó la elaboración por parte del Estado Empleador, con la previa consulta a las Entidades Sindicales en el ámbito de la COMISIÓN PERMANENTE DE INTERPRETACIÓN Y CARRERA (Co.P.I.C.), de una propuesta de “RÉGIMEN DE VALORACIÓN POR EVALUACIÓN Y MÉRITO PARA LA PROMOCIÓN DE NIVEL PARA EL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP)” comprendido en el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL homologado por el Decreto N° 2098/08.

Que mediante tal propuesta el personal permanente del mencionado Convenio Colectivo que reuniera los requisitos para el acceso a un nivel escalafonario superior y hasta un máximo de dos niveles, podrá solicitar su reubicación manifestando por escrito su intención.

Que, elaborada la propuesta, la citada COMISIÓN PERMANENTE DE INTERPRETACIÓN Y CARRERA (Co.P.I.C.) se ha expedido favorablemente mediante el Acta Nº 172 del 11 de febrero de 2022 (IF-2022-16064393-APN#COPIC).

Que mediante el artículo 2° de la Resolución de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 53/22 se aprobó el “RÉGIMEN DE VALORACIÓN POR EVALUACIÓN Y MÉRITO PARA LA PROMOCIÓN DE NIVEL PARA EL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP)” comprendido en el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL homologado por el Decreto N° 2098/08, que reviste en la planta permanente, que cuente con estabilidad al momento de manifestar su voluntad de participar del citado proceso y que se encuentre en condiciones de promover a los Niveles A, B, C, D y E del citado convenio.

Que a través de la Disposición de este SERVICIO METEOROLÓGICO NACIONAL N° 106/22 (DI-2022-106-APN-SMN#MD) se dio por iniciado en el ámbito del Organismo el proceso de “Valoración por Evaluación y Mérito para la Promoción de Nivel”, se designó a los integrantes del COMITÉ DE VALORACIÓN y al SECRETARIO TÉCNICO ADMINISTRATIVO, y se aprobó el “Cronograma tentativo” propuesto por la DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN de este Entidad, todo ello conforme a las pautas establecidos en el “RÉGIMEN DE VALORACIÓN POR EVALUACIÓN Y MÉRITO PARA LA PROMOCIÓN DE NIVEL PARA EL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP)” aludido en el Considerando anterior.

Que en estas actuaciones y en los expedientes administrativos asociados, tramita la promoción en el Nivel escalafonario de los agentes de la Planta Permanente de este SERVICIO METEOROLÓGICO NACIONAL individualizados en el Anexo DI-2023-50437558-APN-DRRHH#SMN que forma parte integrante de este acto, conforme a los detalles allí especificados.

Que todos los agentes alcanzados con esta medida acompañaron el respectivo formulario y la documentación respaldatoria tendiente a acreditar el cumplimiento de los diversos extremos previstos en los artículos 14 y 15 del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL homologado por el Decreto N° 2098/08 y modificatorios.

Que del mismo modo se incorporó en estos actuados y en los expedientes administrativos asociados, las correspondientes certificaciones de servicios y funciones exigidas por el “RÉGIMEN DE VALORACIÓN POR EVALUACIÓN Y MÉRITO PARA LA PROMOCIÓN DE NIVEL PARA EL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP)” aprobado por la Resolución de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 53/22.

Que con fecha 23 de marzo de 2023 se reunió el COMITÉ DE VALORACIÓN procediendo al análisis, constatación y evaluación de los antecedentes curriculares, laborales y de formación de cada uno de los postulantes, en todo lo referente al cumplimiento de los requisitos mínimos de acceso de nivel escalafonario y de las funciones a ejercer en el nuevo nivel de acuerdo a los artículos 14 y 15 del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL homologado por el Decreto N° 2098/08 y modificatorios.

Que concluida la citada instancia, el COMITÉ DE VALORACIÓN emitió el Acta N° 1 de fecha 30 de marzo de 2023, mediante la cual especificó los postulantes que cumplen con los requisitos normativos para la promoción de nivel escalafonario superior en el marco de este proceso.

Que con carácter previo a proceder a la aprobación de la referenciada promoción en el nivel escalafonario superior de los agentes alcanzados por la medida en trámite, resulta necesario aprobar la conversión de sus respectivos cargos conforme se especifica en el Anexo I del Acta N° 1 emitida por el COMITÉ DE VALORACIÓN.

Que el COMITÉ DE VALORACIÓN y la DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE AMINISTRACIÓN del SERVICIO METEOROLOGICO NACIONAL han tomado las intervenciones de sus respectivas competencias.

Que la DIRECCIÓN DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN del SERVICIO METEOROLÓGICO NACIONAL informó la existencia de crédito presupuestario suficiente para afrontar el cumplimiento del presente acto durante el ejercicio presupuestario en curso.

Que hizo lo propio la DIRECCIÓN DE SERVICIOS JURIDICOS del SERVICIO METEOROLOGICO NACIONAL.

Que la suscripta se encuentra facultada para el dictado de esta medida en virtud de lo dispuesto por el artículo 6°, incisos a) y j) del Decreto N° 1432 del 10 de octubre de 2007, por el artículo 20 del “RÉGIMEN DE VALORACIÓN POR EVALUACIÓN Y MÉRITO PARA LA PROMOCIÓN DE NIVEL PARA EL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP)” aprobado por la Resolución de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 53/22, y por el Decreto N° 405 del 14 de julio de 2022.

Por ello,

LA DIRECTORA DEL SERVICIO METEOROLOGICO NACIONAL

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébese lo actuado por el COMITÉ DE VALORACIÓN constituido por Disposición de este SERVICIO METEOROLÓGICO NACIONAL N° 106/22 (DI-2022-106-APN-SMN#MD), plasmado mediante en el Acta N° 1 de fecha 30 de marzo de 2023 que se identifica mediante el documento electrónico IF-2023-34825931-APN-DRRHH#SMN.

ARTÍCULO 2°.- Conviértanse los cargos simples de este SERVICIO METEOROLÓGICO NACIONAL especificados en el Anexo DI-2023-50437558-APN-DRRHH#SMN que forma parte integrante de la presente, conforme a los datos allí detallados.

ARTÍCULO 3°.- Dense por designados para la cobertura de los cargos simples del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) por aplicación del “RÉGIMEN DE VALORACIÓN POR EVALUACIÓN Y MÉRITO PARA LA PROMOCIÓN DE NIVEL PARA EL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP)”, a los agentes de este SERVICIO METEOROLÓGICO NACIONAL individualizados en el Anexo DI-2023-50437558-APNDRRHH#SMN que forma parte integrante de este acto, según los Niveles, Grados, Tramos y Agrupamientos escalafonarios allí consignados, quienes deberán tomar posesión del nuevo cargo dentro de los TREINTA (30) días hábiles de su notificación.

ARTÍCULO 4°.– Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Celeste Saulo

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 07/07/2023 N° 51914/23 v. 07/07/2023

Fecha de publicación 07/07/2023