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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE ENERGÍA

Resolución 610/2023

RESOL-2023-610-APN-SE#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 18/07/2023

VISTO el Expediente Nº EX-2016-02601607-APN-DDYME#MEM y los Expedientes Nros. EX-2022-91702475-APN-SE#MEC, EX-2023-50336270-APN-SE#MEC y EX-2023-63448253-APN-SE#MEC, en tramitación conjunta, las Leyes Nros. 15.336 y 24.065, la Resolución Nº 61 de fecha 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que la firma COMPAÑÍA ELÉCTRICA LA FLORIDA S.A. solicitó su ingreso al MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) como Agente Autogenerador para su Central Térmica a biomasa La Florida con una potencia de VEINTE MEGAVATIOS (20 MW), ubicada en el Departamento Cruz Alta, Provincia de TUCUMÁN, conectándose al Sistema Argentino de Interconexión (SADI) en el nivel de TRECE COMA DOS KILOVATIOS (13,2 kV) de la Estación Transformadora La Florida, mediante la apertura de la Línea de Alta Tensión de 132 kV Cevil Pozo – Burruyacú, jurisdicción de la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DEL NOROESTE ARGENTINO SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSNOA S.A.)

Que mediante la Nota N° B-167017-1 de fecha 1° de junio de 2023 (IF-2023-363456792-APN-SE#MEC), obrante en el Expediente N° EX-20232-634482253-APN-SE#MEC, la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) informó que la firma COMPAÑÍA ELÉCTRICA LA FLORIDA S.A. cumple para su Central Térmica a biomasa La Florida los requisitos exigidos en los Puntos 5.1 y 5.2 del Anexo 17 de “Los Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y Cálculo de Precios en el Mercado Eléctrico Mayorista” (Los Procedimientos), aprobados por la Resolución N° 61 de fecha 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias y complementarias, para su ingreso y administración en el MEM.

Que mediante la Resolución N° 81 de fecha 29 de abril de 2011, la Dirección de Medio Ambiente de la Provincia de TUCUMÁN otorgó el certificado de Aptitud Ambiental al Proyecto Central Térmica a biomasa La Florida (IF-2016-02612540-APN-DDYME#MEM).

Que la firma COMPAÑÍA ELÉCTRICA LA FLORIDA S.A. ha cumplido con las exigencias de la normativa vigente en cuanto al aporte de documentación societaria y comercial.

Que la solicitud de ingreso al MEM de la Central Térmica a biomasa La Florida se publicó en el Boletín Oficial Nº 35.202 de fecha 3 de julio de 2023 sin haberse recibido objeciones que impidan el dictado de esta medida.

Que la Dirección Nacional de Regulación y Desarrollo del Sector Eléctrico de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA de esta Secretaría ha tomado la intervención de su competencia.

Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Artículos 35 y 36 de la Ley Nº 24.065 y el Apartado IX del Anexo II del Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios.

Por ello,

LA SECRETARIA DE ENERGÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Autorízase el ingreso como Agente Autogenerador del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) a la firma COMPAÑÍA ELÉCTRICA LA FLORIDA S.A. para su Central Térmica a biomasa La Florida con una potencia de VEINTE MEGAVATIOS (20 MW), ubicada en el Departamento Cruz Alta, Provincia de TUCUMÁN, conectándose al Sistema Argentino de Interconexión (SADI) en el nivel de TRECE COMA DOS KILOVATIOS (13,2 kV) de la Estación Transformadora La Florida, mediante la apertura de la Línea de Alta Tensión de 132 kV Cevil Pozo – Burruyacú, jurisdicción de la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DEL NOROESTE ARGENTINO SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSNOA S.A.).

ARTÍCULO 2°.- Instrúyese a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) a efectos de que los sobrecostos que se ocasionen a los demás agentes del MEM y las penalidades que deban abonar los prestadores de la Función Técnica del Transporte (FTT) derivados de eventuales indisponibilidades con motivo del ingreso que este acto autoriza, sean cargadas a la firma COMPAÑÍA ELÉCTRICA LA FLORIDA S.A., titular de la Central Térmica a biomasa La Florida en su vínculo con el SADI. A este efecto, se faculta a CAMMESA a efectuar los correspondientes cargos dentro del período estacional en que dichos sobrecostos o penalidades se produzcan.

ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a la firma COMPAÑÍA ELÉCTRICA LA FLORIDA S.A., a CAMMESA, a TRANSNOA S.A. y al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), organismo descentralizado actuante en la órbita de esta Secretaría.

ARTÍCULO 4°.- La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Flavia Gabriela Royón

e. 20/07/2023 N° 55977/23 v. 20/07/2023

Fecha de publicación 20/07/2023