MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO
Decreto 370/2023
DCTO-2023-370-APN-PTE - Trasládase funcionario.
Ciudad de Buenos Aires, 20/07/2023
VISTO el Expediente N° EX-2023-45657215-APN-DGD#MRE, la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957 y sus modificatorias y el Decreto N° 159 del 27 de febrero de 2019, y
CONSIDERANDO:
Que por el citado Decreto N° 159/19 se trasladó desde el entonces MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO a la Embajada de la República en la REPÚBLICA ARGELINA DEMOCRÁTICA Y POPULAR al señor Ministro Plenipotenciario de Segunda Clase Mariano SIMÓN PADRÓS, se lo designó Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República ante dicho Estado y se lo acreditó con dicho rango mientras dure la misión encomendada, de conformidad con el artículo 8° de la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957.
Que el funcionario mencionado precedentemente con fecha 19 de abril de 2023 solicitó ser trasladado desde dicho destino al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.
Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y PLANIFICACIÓN EXTERIOR del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO ha intervenido en el ámbito de su competencia.
Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.
Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se encuentra facultado para disponer en la materia, de acuerdo con las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Trasládase desde la Embajada de la República en la REPÚBLICA ARGELINA DEMOCRÁTICA Y POPULAR al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO al señor Ministro Plenipotenciario de Primera Clase Mariano SIMÓN PADRÓS (D.N.I. N° 16.667.292).
ARTÍCULO 2°.- Los gastos que demande el cumplimiento del presente decreto se imputarán a las partidas específicas de la Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
FERNÁNDEZ - Agustín Oscar Rossi - Santiago Andrés Cafiero
e. 21/07/2023 N° 56615/23 v. 21/07/2023
Fecha de publicación 21/07/2023