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3 de Julio de 1957

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MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO

Decreto 370/2023

DCTO-2023-370-APN-PTE - Trasládase funcionario.

Ciudad de Buenos Aires, 20/07/2023

VISTO el Expediente N° EX-2023-45657215-APN-DGD#MRE, la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957 y sus modificatorias y el Decreto N° 159 del 27 de febrero de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que por el citado Decreto N° 159/19 se trasladó desde el entonces MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO a la Embajada de la República en la REPÚBLICA ARGELINA DEMOCRÁTICA Y POPULAR al señor Ministro Plenipotenciario de Segunda Clase Mariano SIMÓN PADRÓS, se lo designó Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República ante dicho Estado y se lo acreditó con dicho rango mientras dure la misión encomendada, de conformidad con el artículo 8° de la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957.

Que el funcionario mencionado precedentemente con fecha 19 de abril de 2023 solicitó ser trasladado desde dicho destino al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y PLANIFICACIÓN EXTERIOR del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO ha intervenido en el ámbito de su competencia.

Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se encuentra facultado para disponer en la materia, de acuerdo con las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Trasládase desde la Embajada de la República en la REPÚBLICA ARGELINA DEMOCRÁTICA Y POPULAR al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO al señor Ministro Plenipotenciario de Primera Clase Mariano SIMÓN PADRÓS (D.N.I. N° 16.667.292).

ARTÍCULO 2°.- Los gastos que demande el cumplimiento del presente decreto se imputarán a las partidas específicas de la Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

FERNÁNDEZ - Agustín Oscar Rossi - Santiago Andrés Cafiero

e. 21/07/2023 N° 56615/23 v. 21/07/2023

Fecha de publicación 21/07/2023