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31 de Julio de 2017

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT

Resolución 301/2023

RESOL-2023-301-APN-MDTYH

Ciudad de Buenos Aires, 20/07/2023

VISTO el expediente Nº EX-2021-117883568-APN-DGDYD#MDTYH, la Ley Nº 27.701, los Decretos Nros. 945 del 17 de noviembre de 2017, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, 873 del 29 de diciembre de 2022, 302 del 6 de junio de 2023, la Resolución Nº 90 del 1 de agosto de 2020 y su modificatoria Nº 323 del 28 de octubre del 2022 del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución Nº 90/20 del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT, se estableció que las funciones de coordinación y ejecución técnica de los programas y proyectos con financiamiento externo multilateral, bilateral o regional que se encuentran en el ámbito del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT serán ejercidas por las SECRETARÍAS de este Ministerio, de conformidad con lo previsto en el Anexo (IF-2020-33728267-APN-DGPSYE#MI) y con los alcances previstos en el artículo 2º del Decreto Nº 945/17.

Que por la Resolución Nº 323/22 del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT, se sustituyó el Anexo indicado en el artículo 2º de la Resolución Nº 90/20, por el IF-2022-112091878-APN-DGPYPSYE#MDTYH, estableciendo a la SECRETARÍA DE HÁBITAT de este Ministerio como área sustantiva de coordinación y ejecución técnica continuadora del Programa CAF 10099 - Programa Integral del Hábitat (PIH).

Que mediante Decreto Nº 873/22 se aprobó el Modelo de Contrato de Préstamo Nº 5557/OC-AR a celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO CINCUENTA MILLONES (USD 150.000.000), destinado a financiar parcialmente el “Programa de Mejoramiento de Barrios”, el cual fuera suscripto posteriormente el 5 de enero de 2023.

Que el objetivo del Programa antes referido consiste en mejorar de modo sustentable el hábitat de los hogares residentes en villas, asentamientos y áreas degradadas del país a través de acciones que contribuyan al aumento en la seguridad de la tenencia de la tierra, la provisión de infraestructura básica y el desarrollo comunitario.

Que mediante Decreto Nº 302/23 se aprobó el Modelo de Contrato de Préstamo CAF Nº 12033 - “Programa Federal de Pre-inversión’’ a celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y la CORPORACIÓN ANDINA DE FOMENTO (CAF), por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOCE MILLONES (USD 12.000.000), destinado a financiar el “Programa Federal de Pre-Inversión”, el cual fuera suscripto posteriormente el 13 de junio de 2023.

Que el objetivo del Programa antes mencionado consiste en contribuir a fortalecer las capacidades institucionales y de gestión de proyectos de pre-inversión de los gobiernos subnacionales en materia de políticas de vivienda y hábitat en consonancia con las estrategias y áreas prioritarias nacionales.

Que teniendo en cuenta los Préstamos mencionados, resulta necesario sustituir el Anexo del artículo 2º de la Resolución Nº 90/20, modificado por la Resolución Nº 323/22, a fin de establecer las Secretarías de este Ministerio que tendrán a su cargo las funciones de coordinación y ejecución técnica de los nuevos Programas, a saber: “Programa de Mejoramiento de Barrios”- Contrato de Préstamo Nº 5557/OC-AR y “Programa Federal de Pre-inversión’’- Contrato de Préstamo CFA Nº 12033.

Que asimismo resulta necesario sustituir el Anexo mencionado en el artículo 3º de la Resolución Nº 90/20, modificado por la Resolución Nº 323/22 a través del cual se delega en las Secretarías mencionadas la facultad para suscribir los convenios con las provincias, la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, los municipios y/u otras entidades y organismos, como así también los contratos y/o sus respectivas modificaciones, que sean necesarios para la ejecución de los programas y proyectos referidos en el citado Anexo.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT ha tomado la intervención de su competencia.

Que las facultades para el dictado del presente acto surgen de lo dispuesto por la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorios y el Decreto Nº 945/17.

Por ello,

EL MINISTRO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Sustituyese el artículo 2º de la Resolución Nº 90 del 1 de agosto de 2020, modificada por la Resolución Nº 323 del 28 de octubre del 2022 del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT, por el siguiente texto:

“ARTÍCULO 2º.- Establécese que las funciones de coordinación y ejecución técnica de los programas y proyectos con financiamiento externo multilateral, bilateral o regional que se encuentran en el ámbito del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT serán ejercidas por las Secretarías de este Ministerio, de conformidad con lo previsto en el Anexo (IF-2023-83562734-APN-DGPYPSYE#MDTYH) que forma parte integrante de la presente medida, con los alcances previstos en el artículo 2º del Decreto Nº 945/17.”

ARTÍCULO 2º.- Sustituyese el artículo 3º de la Resolución Nº 90 del 1 de agosto de 2020, modificada por la Resolución Nº 323 del 28 de octubre del 2022 del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT, por el siguiente texto:

“ARTÍCULO 3º.- Las Secretarías mencionadas en el Anexo del artículo 2º de la presente medida, podrán suscribir convenios con las provincias, la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, los municipios y/u otras entidades y organismos, como así también los contratos y/o sus respectivas modificaciones, que sean necesarios para la ejecución de los programas y proyectos referidos en el citado Anexo”.

ARTÍCULO 3º.- La presente medida entrará en vigencia en el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Santiago Alejandro Maggiotti

e. 24/07/2023 N° 56585/23 v. 24/07/2023

Fecha de publicación 24/07/2023