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Legislación y Avisos Oficiales
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MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO

Resolución 434/2023

RESOL-2023-434-APN-SEC#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 20/07/2023

VISTO el Expediente N° EX-2023-04703295-APN-DCSE#MDP, el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, las Resoluciones Nros. 1.144 de fecha 23 de diciembre de 2021 de la entonces SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA del ex MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO y 599 de fecha 5 de mayo de 2023 del MINISTERIO DE ECONOMÍA, las Disposiciones Nros. 196 de fecha 12 de mayo de 2022 y 251 de fecha 4 de julio de 2022, ambas de la ex SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO de la entonces SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA del ex MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, y

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolución N° 1.144 de fecha 23 de diciembre de 2021 de la entonces SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA del ex MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, se creó el programa “TRACCIONAR ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO”, con el objetivo de “impulsar y traccionar la utilización de la Economía del Conocimiento a través de la resolución de Desafíos Tecnológicos de Personas Jurídicas de carácter Público o Mixto y promover la consolidación de Personas Jurídicas Privadas que generan Economía del Conocimiento a través del otorgamiento de Aportes No Reembolsables (ANR), a proyectos que den una respuesta a los mismos” y, por el Artículo 2° se aprobó su Reglamento Operativo.

Que, mediante el Artículo 3º de dicha medida, se aprobaron las Bases y Condiciones que rigieron la Convocatoria Específica “DESAFÍOS PARA TRACCIONAR ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO”, mientras que a través del Artículo 4° se convocó a Empresas Estatales, Sociedades del Estado y Sociedades Anónimas con Participación Estatal Mayoritaria constituidas legalmente en la REPÚBLICA ARGENTINA, interesadas en acceder al Programa Traccionar, a realizar las presentaciones exigidas en las mentadas Bases y Condiciones.

Que, habiendo concluido la convocatoria mencionada, las Áreas Técnicas pertinentes procedieron a evaluar los desafíos presentados, verificando el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad establecidos en el Reglamento Operativo del Programa y en las Bases y Condiciones de la Convocatoria Específica “DESAFÍOS PARA TRACCIONAR ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO”.

Que, en este sentido, mediante la Disposición N° 196 de fecha 12 de mayo de 2022 de la ex SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO de la entonces SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA del ex MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, se aprobó el listado de “DESAFÍOS PARA TRACCIONAR ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO”, conformado por un total de VEINTIDÓS (22) desafíos.

Que, mediante la Disposición N° 251 de fecha 4 de julio de 2022 de la ex SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO de la entonces SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA del ex MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, se abrió la Convocatoria Específica para la “RESOLUCIÓN DE DESAFÍOS. TRACCIONAR ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO”, de conformidad con lo establecido en el Artículo 9° del Reglamento Operativo del Programa aprobado por la Resolución N° 1.144/21 de la entonces SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA, con el objetivo de presentar ideas para dar solución a los desafíos presentados por las EMPRESAS TRACCIONANTES que fueran aprobados mediante la Disposición N° 196/22 de la ex SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO; y se aprobaron las bases y condiciones que regirán su ejecución.

Que, el Artículo 4° de la precitada disposición, estableció que el monto total a ser ejecutado en el marco de la Convocatoria Específica sería de PESOS DOSCIENTOS MILLONES ($ 200.000.000) en concepto de Aportes No Reintegrables (ANR) y, en el Artículo 5° de las Bases y Condiciones aprobadas por el Artículo 2° de la Disposición N° 251/22 de la ex SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO, la suma de PESOS VEINTE MILLONES ($ 20.000.000) como monto máximo al que podrían acceder los Proyectos que, oportunamente, se aprueben.

Que, concluida la Convocatoria Específica y recibidas la totalidad de ideas de solución por parte de las potenciales EMPRESAS TRACCIONADAS, la Dirección Nacional de la Innovación Abierta de la SECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO del MINISTERIO DE ECONOMÍA, procedió a constatar el cumplimiento de las pautas mínimas de admisibilidad, de conformidad con lo establecido en el Artículo 7° del Reglamento Operativo del mentado Programa, así como las pautas mínimas de admisibilidad establecidas en el Artículo 8°, inciso 1 de las Bases y Condiciones de la Convocatoria Específica de “RESOLUCIÓN DE DESAFÍOS. TRACCIONAR ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO”.

Que, en cumplimiento de lo dispuesto en el inciso 1 del Artículo 10 de las Bases y Condiciones de la Convocatoria Específica de “RESOLUCIÓN DE DESAFÍOS. TRACCIONAR ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO”, en cuanto dispone que “Una vez analizadas la totalidad de IDEAS presentadas para cada DESAFÍO, la DIRECCIÓN NACIONAL realizará una propuesta de orden mérito por DESAFÍO, en el cual el orden de prelación de las IDEAS estará dado por el puntaje que hayan obtenido en la evaluación…”, la Dirección de Consolidación de Sectores Estratégicos dependiente de la entonces Dirección Nacional de la Innovación Abierta de la SECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO del MINISTERIO DE ECONOMÍA, ha confeccionado una propuesta de orden de mérito con las IDEAS preseleccionadas por DESAFÍO, que obra embebido en el Informe IF-2023-21880386-APN DCSE#MDP.

Que a la mentada preselección de IDEAS se les ha asignado un orden de prelación determinado, en razón del grado de cumplimiento que han alcanzado respecto de los criterios de evaluación y ponderación establecidos en el citado Artículo 10 de las Bases y Condiciones de la mencionada Convocatoria Específica.

Que, asimismo, la mencionada Dirección constató que las respectivas presentaciones por parte de las potenciales EMPRESAS TRACCIONADAS han cumplido con la totalidad de los requisitos exigidos en el marco de la Convocatoria Específica, conforme la documentación que como IF-2023-03009698-APN DCSE#MDP; IF-2023-03744306-APN-DCSE#MDP; IF-2023- 03719134-APN-DCSE#MDP; IF-2023- 03764607-APN-DCSE#MDP; IF-2023-03713449-APN DCSE#MDP; IF-2023-03728287-APN DCSE#MDP; IF-2023-03723737-APN-DCSE#MDP; IF-2023- 52490027-APN-DCSE#MDP; IF-2023- 03731039-APN-DCSE#MDP; IF-2023-03716661-APN DCSE#MDP se encuentran vinculadas en el Expediente citado en el Visto.

Que, la citada Dirección, ha fundamentado dicha selección de conformidad con los Informes Técnicos de Evaluación que como IF-2023-03146069-APN-DCSE#MDP; IF-2023-05820360-APN DCSE#MDP; IF-2023-04043151-APN-DCSE#MDP; IF-2023-04092401-APN-DCSE#MDP; IF-2023- 53021822-APN-DCSE#MDP; IF-2023-04117967-APN-DCSE#MDP; IF-2023-04047010-APN DCSE#MDP; IF-2023-04050344-APN-DCSE#MDP; IF-2023-04111403-APN-DCSE#MDP; IF-2023- 04033026-APN-DCSE#MDP, se encuentran vinculados.

Que, en otro orden de ideas, cabe destacar que se han preseleccionado IDEAS de solución dirigidas a NUEVE (9) de los VEINTIDÓS (22) desafíos que fueran aprobados por la Disposición N° 196/22 de la ex SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO quedando vacantes, en particular, los DESAFÍOS ubicados en los órdenes de mérito Nros. 01, 05, 06, 08, 10, 13, 14, 15, 17, 19, 20,21 y 22.

Que, adicionalmente, atento al tiempo transcurrido se torna necesario ampliar el monto máximo de Aportes No Reembolsables (ANR) previsto en el Artículo 5° de las Bases y Condiciones de la Disposición N° 251/22 de la ex SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO, al que podrán acceder los proyectos que, oportunamente, se aprueben y, en consecuencia, ampliar el cupo presupuestario a ser ejecutado, previsto en el Artículo 4° de dicha norma.

Que mediante el Decreto N° 451 de fecha 3 de agosto de 2022 se modificó la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92), y se estableció que el MINISTERIO DE ECONOMÍA es continuador a todos sus efectos del ex MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, debiendo considerarse modificado por tal denominación cada vez que se hace referencia a la cartera ministerial citada en segundo término.

Que por su parte, mediante el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, y en particular los Decretos Nros. 404 de fecha 14 de julio de 2022 y 480 de fecha 10 de agosto de 2022, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, estableciendo los objetivos de la SECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO del MINISTERIO DE ECONOMÍA entre los cuales se encuentra entender en la definición de programas de promoción de las actividades económicas que impliquen el uso del conocimiento y la digitalización de la información, apoyados en los avances de la ciencia y de las tecnologías y orientados a la obtención de bienes, prestación de servicios y/o mejoras de procesos.

Que, mediante la Resolución N° 976 de fecha 5 de diciembre de 2022 del MINISTERIO DE ECONOMÍA, se designó a la SECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO del MINISTERIO DE ECONOMÍA como Autoridad de Aplicación de la Ley N° 27.506 y sus modificaciones.

Que, en este contexto, y habiéndose completado el proceso de evaluación previsto en las Bases y Condiciones que rigen la Convocatoria Específica, corresponde a la SECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO aprobar la preselección definitiva de IDEAS por desafío y expedirse a través del acto administrativo correspondiente.

Que en atención a la vacancia del cargo de Secretario de Economía del Conocimiento, se dictó la Resolución N° 599 de fecha 5 de mayo de 2023 del MINISTERIO DE ECONOMÍA, por la cual se encomendó a partir del 10 de abril de 2023, la atención del despacho y la firma de la Secretaría citada, en el Titular de la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “Unidad de Articulación Estratégica de Áreas Económicas y Productivas”, siempre que no se haya previsto un reemplazo específico para la firma.

Que ha tomado la intervención el servicio jurídico competente.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 50/19 y sus modificatorios y las Resoluciones Nros. 1.144/21 de la entonces SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA y 599/23 del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

Por ello,

EL SECRETARIO DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébanse los órdenes de mérito con la preselección de IDEAS de solución para los desafíos que fueran aprobados por la Disposición N° 196 de fecha 12 de mayo de 2022 de la ex SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO de la entonces SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA del ex MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, que como Anexo (IF-2023-74626830-APN-DCSE#MEC) forma parte integrante de la presente Resolución, que fue realizada en el marco de la Convocatoria específica “RESOLUCIÓN DE DESAFÍOS. TRACCIONAR ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO” y sus Bases y Condiciones, aprobadas por la Disposición N° 251 de fecha 4 de julio de 2022 de la ex SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO de la entonces SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA del ex MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.

ARTÍCULO 2°.- Sustitúyase el párrafo primero del Artículo 5° de las Bases y Condiciones de la Disposición N° 251/22 de la ex SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO, el cual deberá quedar redactado de la siguiente forma:

“Los proyectos aprobados en el marco de la presente CONVOCATORIA, podrán acceder hasta un máximo de PESOS TREINTA Y CINCO MILLONES ($ 35.000.000) de Aportes No Reembolsables (ANR), en los términos que establece el Artículo 6° del RO”.

ARTÍCULO 3°.- Sustitúyase el párrafo primero del Artículo 6° del Reglamento Operativo del Programa, aprobado por la Resolución N° 1.144 de fecha 23 de diciembre de 2021 de la entonces SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA del ex MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, el cual deberá quedar redactado de la siguiente forma:

“Podrán otorgarse hasta el monto de PESOS TREINTA Y CINCO MILLONES ($ 35.000.000) por PROYECTO aprobado en concepto de ANR en las condiciones que cada Convocatoria Específica defina”;

ARTÍCULO 4°.- Amplíase el monto total a ser ejecutado en el marco de la presente Convocatoria Específica “RESOLUCIÓN DE DESAFÍOS. TRACCIONAR ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO” aprobada mediante la Disposición N° 251/22 de la ex SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO a la suma de PESOS TRESCIENTOS QUINCE MILLONES ($ 315.000.000) en concepto de Aportes No Reintegrables (ANR).

ARTÍCULO 5°.- La presente medida entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Juan Manuel Cheppi, a cargo.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 24/07/2023 N° 56555/23 v. 24/07/2023

Fecha de publicación 24/07/2023