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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO

Resolución 156/2023

RESOL-2023-156-APN-MRE

Ciudad de Buenos Aires, 23/06/2023

VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2022-76885389-APN-DGD#MRE del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957 y sus modificatorias, el Decreto N° 753 del 8 de noviembre de 2022, la Resolución N° 114 del 4 de junio de 2020 del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, y

CONSIDERANDO:

Que nuestro país es un Estado miembro de la Alianza Internacional para la Memoria del Holocausto (IHRA, por su sigla en inglés).

Que por la Resolución N° 114/20, el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO ha adoptado la definición sobre antisemitismo de dicha organización, la cual indica que “el antisemitismo es una cierta percepción de los judíos que puede expresarse como el odio a los judíos. Las manifestaciones físicas y retóricas del antisemitismo se dirigen a las personas judías o no judías y/o a sus bienes, a las instituciones de las comunidades judías y a sus lugares de culto”.

Que a la fecha, y como consecuencia de la Resolución N° 114/20 del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, y a su vez como reflejo del fuerte compromiso en la lucha contra el antisemitismo existente en nuestro país, más de CINCUENTA (50) instituciones y entidades públicas y privadas de toda la REPÚBLICA ARGENTINA han adoptado dicha definición de antisemitismo, entre éstas el PODER LEGISLATIVO NACIONAL, diversos Gobiernos Provinciales, el Gobierno de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENO AIRES, numerosos Poderes Legislativos y Judiciales de las Provincias y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y numerosas Universidades Nacionales, que adhirieron a la definición precitada, como guía de aplicación, contenida en la Resolución mencionada.

Que contar con UN/A (1) Representante Especial para la lucha contra el antisemitismo refuerza el rol central que tiene la lucha contra todo tipo de discriminación, racismo y xenofobia en el marco de la política exterior de derechos humanos de nuestro país.

Que en consecuencia se propone designar como Representante Especial para la lucha contra el antisemitismo a la señora Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria Da. María Fabiana LOGUZZO, funcionaria de carrera en actividad designada Representante Especial de la Argentina ante la Alianza Internacional para la Memoria del Holocausto mediante el Decreto N° 753/22.

Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y PLANIFICACIÓN EXTERIOR y la SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO han tomado intervención en el ámbito de sus respectivas competencias.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, dependiente de la SUBSECRETARÍA LEGAL de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y PLANIFICACION EXTERIOR del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, ha intervenido en el marco de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957 y sus modificatorias, el Decreto N° 1973 del 20 de octubre de 1986 y modificatorias, y el Artículo 4°, inciso b), apartado 9 de la Ley N° 22.520 (T.O. Decreto N° 438/92).

Por ello,

EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Asígnase las funciones de Representante Especial para la lucha contra el antisemitismo a la señora Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria Da. María Fabiana LOGUZZO (D.N.I. N° 16.415.567).

ARTÍCULO 2°.- La presente medida no erogará gastos extraordinarios a este Ministerio.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Santiago Andrés Cafiero

e. 24/07/2023 N° 56802/23 v. 24/07/2023

Fecha de publicación 24/07/2023